En el seguro marítimo, es la cláusula que le permite al asegurado ceder al asegurador, los bienes que en caso de ocurrir un siniestro y bajo determinadas circunstancias. El asegurador puede rechazar la pretensión del asegurado, no obstante, de aceptarla deberá satisfacer el total de la indemnización y no la proporción, porque entonces se trataría de salvamento.
Acción y efecto de chocar un buque contra otro o contra un muelle. En el seguro marítimo, colisión entre dos o más buques, que puede producirse tanto fortuita como intencionalmente.
Persona que resultare lesionada o fallecida como consecuencia de un accidente de tránsito o de un evento amparable por el seguro obligatorio, independientemente del nexo por consanguinidad o afinidad que tuvieran con el propietario o conductor del vehículo automotor.
Es el hecho súbito y violento de carácter fortuito, originado por una fuerza externa, producido de modo inesperado, totalmente ajeno a la voluntad del asegurado y que resulta en una pérdida o daño. Es sinónimo de evento o siniestro. En el seguro de automóviles, además implica la participación del vehículo asegurado de forma física violenta, cuyos daños o lesiones, resulten de y en un solo evento. Para el seguro de fidelidad, es la causa de un acto de infidelidad cometido por un empleado o grupo de empleados del asegurado que resulte en una pérdida económica del asegurado, o en perjuicio de éste, que suceda durante la vigencia de la póliza. En el caso de los seguros de accidentes y salud toda lesión corporal traumática debe ser determinada por los médicos de una manera cierta. Para todos los seguros siempre guardando su carácter súbito, violento, fortuito, inesperado y ajeno a la voluntad del asegurado .
Es todo daño que le suceda a un trabajador como causa de la labor que ejecuta o como consecuencia de ésta, durante el tiempo que permanece bajo la dirección y dependencia del empleador o sus representantes y que puede producirle la muerte, pérdida, reducción, temporal o permanente de la capacidad para el trabajo.
Acción culposa cometida por los conductores de los vehículos, sus pasajeros o los peatones, al transitar por las vías terrestres de la nación que estén al servicio y uso del público en general, (incluyendo en las gasolineras, en todo lugar destinado al estacionamiento público o comercial, regulado por el Estado; en las vías privadas y en las playas del país.) En el accidente de tránsito, debe estar involucrado, al menos, un vehículo y producirse daño en los bienes, lesiones o muerte de personas, como consecuencia de la infracción a la Ley de Tránsito.
El que sufre un trabajador al ir o regresar del trabajo, cuando el recorrido que efectúa no haya sido interrumpido o variado, por motivo de su interés personal, siempre que el patrono proporcione directamente o pague el transporte, igualmente cuando en el acceso al centro de trabajo deban afrentarse peligros de naturaleza especial, que se consideren inherentes al trabajo mismo.
Demanda interpuesta ante la autoridad judicial para ejercitar o reclamar un derecho, siendo esta pretensión constitutiva, declarativa o extintiva del mismo.
Pretensión interpuesta ante la autoridad judicial con objeto de comenzar un proceso de carácter penal, iniciándose el mismo, por denuncia, o querella.
Facultad del perjudicado por un siniestro para reclamar una indemnización por la vía judicial, directamente en contra de la compañía de seguros, quién es responsable del contrato durante la vigencia contratada.
Proceso de revisión del riesgo para admitirlo y asegurarlo según las condiciones que ofrece un seguro.
En el Seguro de Accidentes y Salud es la persona que viaja con el asegurado y que no está considerado en el contrato de seguros como asegurado.
Se refiere a la acción del asegurado al regresar a su país de residencia por una circunstancia o por necesidad de hospitalizarse en su país de residencia, acortando su viaje o estadía en el extranjero.
Que tiene acción o derecho a pedir el cumplimiento de alguna obligación, puede ser hipotecaria o prendaria. El que da prestado sobre prenda. // En seguros el acreedor es un asegurado contingente. .
Escrito que contiene lo sucedido, tratado o acordado en una reunión
Conjunto de acciones realizadas por la compañía de seguros, tendientes a la captación de nuevos contratos y a la conservación de la cartera de los que ya se tienen. // En el seguro de incendio es una clasificación para los riesgos, que incluye aquellos riesgos cuya actividad no es la producción de bienes, sino la comercialización.
Son las actividades establecidas en el Código Internacional Industrial Uniforme (C.I.I.U.), que clasifica las actividades de 0 al 9 como dígito inicial que la identifica, esto para el seguro de riesgos del trabajo.
En el Seguro de Incendio es una clasificación para los riesgos, que incluye aquellos cuya actividad primaria es la producción de bienes.
Es aquella que independientemente de la probabilidad de ocurrencia, podría generar una alta severidad en caso de siniestro.
Conjunto de fondos, propiedades, bienes, seguridades, derechos de acción o recursos, que integran el patrimonio de una empresa (menos las partidas excluidas por la ley).
Procedimiento previo al proceso principal en el que la parte demandante insta a la contraria a llegar a un acuerdo sobre la pretensión formulada evitando la prosecución del pleito.
Evento causado por las fuerzas de la naturaleza, más allá de la influencia, voluntad y control humano, sobre el cual no pueden tomarse medidas de prevención. Tales actos de la naturaleza incluyen: huracanes, terremotos e inundaciones. Es sinónimo de fuerza mayor.
Acción voluntaria, premeditada, sin fin de beneficio económico, cuyo objetivo es causar pérdida, destrucción, daño o perjuicio a una persona o propiedad. El acto malicioso puede ser llevado a cabo por personas relacionadas o no con el perjudicado.
Sinónimo de acto malicioso.
Profesional cuya función es la de resolver las cuestiones de índole financiera, técnica, matemática y estadística de las empresas de seguro.
Documento en que se reflejan las condiciones que han de regular las relaciones establecidas entre dos o más personas, y en que se fijan sus derechos y obligaciones recíprocas. // En el documento póliza es la primera hoja que se denomina acuerdo de aseguramiento, la cual encabeza el contrato.
Documento escrito o magnético que se adiciona a una póliza de seguros para agregar, aclarar, eliminar o modificar, las condiciones particulares, especiales o generales de la póliza. Forma parte integrante del contrato de seguro. Plural: addenda. Sinónimo de endoso.
Acto por el cual una persona acepta las condiciones impuestas por otra. El asegurado, en el contrato de seguro, se somete a las normas impuestas por la aseguradora, al momento de aceptar el seguro.
Expresión latina que indica “a voluntad”.
Es el proceso de tomar e implementar decisiones orientadas tanto a evitar y controlar los peligros o riegos latentes o que pueden ser detectados, y además minimizar los efectos adversos de las pérdidas accidentales sobre una organización.
Expresión latina que indica “según su valor”. // Denominación dada a un arancel o tributo definido por ley y que se calcula sobre las mercancías que se nacionalizan en Costa Rica
Ciencia que estudia los fenómenos relativos al movimiento del aire y de un cuerpo.
Área definida en agua destinada total o parcialmente a las operaciones de llegada, salida o estacionamiento de aeronaves
Vehículo aéreo más pesado que el aire, capaz de desplazarse en la atmósfera a través de la tracción de una o varias hélices propulsoras o mediante la expulsión de gases. Además, comprende de instrumentos de mando y navegación y equipos de radio, usualmente instalados en el fuselaje del vehículo y que forman parte de él.
Es aplicable a anfibios e hidroaviones cuando la aeronave se encuentra a flote (posada sobre el agua de río, lago, laguna o mar) y fuertemente sujeta, botándose o izándose.
Cuando la aeronave está siendo movida en tierra por su propio motor o la inercia generada por éste, siempre que no se halle “en vuelo”. En el caso de anfibios e hidroaviones, siempre que la nave está a flote, moviéndose por su propio motor o inercia y amarrada.
Aplica para las aeronaves que no efectúan movimientos de “en vuelo”, o en “taxeo”. No se aplica a anfibios o hidroaviones. Sinónimo de Aeronave sin encender y parqueada.
Desde el momento en que la aeronave comienza su carrera de despegue o intento de despegue y mientras esté en el aire y hasta el momento en que se detiene después del aterrizaje (cuando los rotores se encuentren en movimiento, en el caso de helicópteros o autogiros).
Condición inherente de una aeronave que denota la mejor condición técnica para interactuar en el medio aéreo de forma segura.
Área en tierra destinada total o parcialmente a las operaciones de llegada, salida o estacionamiento de aeronaves. Dentro de las instalaciones también existe un aparte para el registro de pasajeros y salas de espera para abordaje.
Es un seguro no renovable que ofrece cobertura, contra las pérdidas económicas, por lesiones corporales que pueda sufrir el asegurado a causa de un accidente, cuando se haga uso de un transporte aéreo regular, especial o por contrato en líneas aéreas comerciales sujetas a itinerarios fijos y que estén autorizadas para tales efectos.
Garantizar, dar garantía. Dar fianza para seguridad, resguardo de intereses o caudales o para el cumplimiento de alguna obligación.
Relación jurídica que se establece entre una persona física y la Operadora, que se materializa con la suscripción del Contrato de Afiliación.
Persona física que se incorpora a un Plan de Pensión Complementaria, con el propósito de recibir los beneficios previstos en los planes ofrecidos por la Operadora. Cuando se incorpora el contrato a la base de datos, el cliente obtiene un código o número de afiliado que lo identifica.
Parentesco entre un cónyuge y los parientes del otro, que se origina al contraer matrimonio.
Canal autorizado por el Instituto Nacional de Seguros para la comercialización de seguros, según las condiciones de suscripción estipuladas por él.
Es el producto utilizado para contrarrestar el fuego; por tanto, al ser proyectado sobre un fuego, provoca la extinción del mismo.
Persona física que trabaja vendiendo seguros con relación directa al Instituto Nacional de Seguros.
Situación jurídica – procesal con sede en la Administración Pública, que consiste en el cumplimiento por parte del reclamante de todas las etapas y recursos establecidos en el ente u órgano estatal, para lograr su pretención, la cual ha sido denegada. Puede ser expresa o falta de pronunciamiento (silencio administrativo). Es un requisito indispensable para que el reclamante recurra a los Tribunales de Justicia. En seguros también debe cumplir antes con el arbitraje.
Variación de factores que inciden en un aumento de la probabilidad de que ocurra un riesgo, dada una situación de incertidumbre diferente a la inicial. Esta circunstancia puede o no obedecer a la voluntad del asegurado. La agravación implica obligación de informar a la aseguradora, para que esta decida las medidas que deben tomarse: recargo de prima, rescisión del contrato, etcétera. Sinónimo de alteración del riesgo.
Funcionario de la compañía de seguros o designado por ella, que tiene a su cargo la investigación del evento ocurrido, el análisis del caso y el ajuste de los reclamos. Su opinión es técnica.
Proceso que realiza un ajustador, para determinar las causas que producen la pérdida material o financiera sufrida por una persona u organización. Conlleva la descripción de los daños, las actividades que se realizaron, revisión y análisis de la póliza de seguro y comparación con lo investigado para llegar a las conclusiones del caso, y por último, el cálculo del monto de la pérdida.
Análisis químico para determinar la presencia de alcohol en la sangre y su cantidad.
Un evento se considera aleatorio cuando su ocurrencia no es predecible. El Seguro en general es un contrato basado en este fenómeno porque el pago de los beneficios está en función de que ocurra o no el suceso pactado.
Condición que debe tener un riesgo asegurable. Se refiere a que sea incierto o, en el caso de cierto, que se desconozca el momento en que pueda manifestarse.
Conjunto de objetos preciosos usados para el adorno de las personas, pueden estar hechas a base de metales preciosos, piedras preciosas y perlas u otras sustancias de origen orgánico, incluyendo relojes de brazalete.
Acción de dar a otra persona un bien para su utilización durante el tiempo que se pacte, mediante el pago del importe que se acuerde. Es sinónimo de arrendamiento.
Es una variante o modificación de la naturaleza del riesgo, por causas accidentales o voluntarias. Véase la definición de agravación del riesgo
Expresión contable de la reducción del valor de balance de los elementos del activo que se van depreciando con el tiempo o el uso. // Recuperación total o parcial del capital invertido en un negocio o empresa.
Redimir en pagos periódicos un préstamo.
Procedimiento técnico para lograr el adecuado equilibrio. Contempla la selección, clasificación y prevención de los riesgos, así como el control de los resultados. Comprende, además, la revisión periódica de los seguros existentes y la recomendación de alguna política sobre ellos.
Instrumento de hierro con ganchos utilizado para asegurar las embarcaciones aferrándolas al fondo del mar.
Voluntad de obtener beneficio, provecho, ventaja o utilidad.
Poner una fecha como emisión del contrato de seguros anterior a la que realmente es la verdadera.
Situación que induce al asegurador a aceptar un conjunto de pólizas de riesgos con mayor propensión a pérdidas, de modo que técnicamente superan lo estipulado como normal e incidan desfavorablemente en el aumento del índice de siniestralidad y en la reducción de los beneficios.
Importe anual de una renta, la cual se define a partir de una fecha establecida o eventual, de carácter periódico fijo, o mientras el rentista viva.
Anualidad periódica pagada al rentista mientras viva.
Acción y efecto de acudir a un tribunal superior a fin de que revise la resolución judicial dictada por otro inferior.
Siglas que significan Asociación de Profesionales del Instituto Nacional de Seguros. Agrupación del Instituto cuyos miembros requieren el grado académico de bachiller universitario, licenciatura, maestría o cualquiera de las ingenierías y doctorados.
Persona que acepta la representación de otra para una o varias gestiones, vinculando con su actuación al poderdante. Normalmente sólo se denomina con este término al mandatario cuya representación le viene otorgada a través de un instrumento notarial, quedando reservada el término de mandatario para el resto de representantes.
Es el monto periódico que el afiliado decide aportar al plan de pensiones en el contrato de afiliación, el cual debe ser el mismo o superior a la cuota mínima mensual estipulada. También se le conoce como aporte personal.
Abuso de confianza de quien teniendo bajo su poder o custodia el vehículo asegurado por un título que produzca la obligación de devolverlo, se apropie y no lo entregue en el tiempo establecido.
Abreviatura inglesa de la expresión “all risk”, que significa todo riesgo. Véase esta definición.
Proceso previsto en los contratos de seguros para atender y solucionar las diferencias entre el asegurador y el asegurado en relación con la interpretación de las condiciones de la póliza. Participan terceras personas de quienes se presume una intervención imparcial y justa. Esas terceras personas pueden ser árbitros juris o de derecho, de acuerdo con las previsiones del Código de Procedimientos Civiles, tal es el caso de la intervención en los seguros de responsabilidad.
Conjunto formado por todos los mástiles, plumas, abridores, etc. de una embarcación.
Sinónimo de arco voltaico. Descarga luminosa que se produce por el paso de la carga eléctrica entre dos electrodos o conductores (de electricidad), los cuales no están en contacto directo entre sí. Exclusión de algunos contratos de incendio.
Sinónimo de arco eléctrico.
Volumen o capacidad de todos los espacios cerrados de un barco y se mide en la tonelada de arqueo de 2.83 metros cúbicos (100 pies cúbicos ingleses).
Sinónimo de arrendante. Persona que da un bien en arrendamiento. Dueño del bien arrendado.
Es la acción de arrendar un bien; también es el precio o importe por el cual se arrienda. Arrendar, ceder o adquirir por precio el goce o aprovechamiento temporal de cosas, obras o servicios. Contratos comerciales de alquiler a mediano y largo plazo por medio de los cuales se puede adquirir la posesión del bien una vez pagadas las cuotas correspondientes ( leasing ).
Es la persona que toma -o a quien se da- en arrendamiento un bien. Inquilino.
Cada una de las condiciones divididas en apartes que aparecen contenidas en el contrato de seguros. // Se refiere también a cada uno de los bienes detallados como objeto de seguro.
Acción repentina, violenta y sorpresiva cometida contra una o varias personas para desposeerlas del bien asegurado. La sustracción o apoderamiento ilegítimo de los bienes consignados en la póliza contra la voluntad del asegurado, mediante violencia sobre las personas que los custodian o vigilan, o bien sobre las instalaciones que los resguardan.
Aparato mecánico o electromecánico para subir y bajar personas, materiales, transportar alimentos de un nivel a otro y plataformas de cualquier otra instalación mecánica, que se utilice para su transporte entre pisos o niveles.
Calidad de asegurable. Conjunto de circunstancias que establece la compañía de seguros y debe cumplir un riesgo para que éste sea asegurable.
Aquella persona, organización o empresa a cuyo nombre se emite la póliza de seguro. Persona cuyo interés asegurable está protegido por el seguro, por lo que puede comprender también a los empleados, dependientes no familiares o familiares del asegurado o representantes del asegurado (dependiendo el tipo de seguro contratado). Sobre ella recae la acción de la cobertura.
Persona física o jurídica con interés asegurable sobre un bien, en virtud de una operación mercantil, tal es el caso del acreedor. En el seguro de automóviles, es también la persona autorizada por el asegurado nombrado a conducir el vehículo.
En el Seguro Colectivo de Incendio, es toda persona física o jurídica que reúna la condición de ser deudora del asegurado nombrado y conste así en los registros contables de éste. Por ejemplo: asegurado nombrado Banco Nacional de Costa Rica, asegurado directo Juan Pérez deudor del banco según operación crediticia Nº 02-6021.
Persona física o jurídica designada de manera específica en una póliza de seguro, que se distingue de otras que, en algunas circunstancias, reciben protección aunque no aparezcan nombradas. En el seguro de automóviles la definición incluye el cónyuge, si los esposos habitan en la misma casa.
Sinónimo de asegurado nombrado, véase la definición para este término.
El que asegura. Empresa o entidad que se dedica con exclusividad a asegurar. Es la persona jurídica que asume los riesgos.
Prevenir las consecuencias económicas negativas ante la ocurrencia de un evento futuro o incierto mediante la contratación de un seguro.
Prestación de ayuda. En el ámbito asegurador, la ayuda técnica que, prestada por especialistas en la materia, actúa como complementaria de un riesgo o actividad principal y tiende a solventar contingencias que pueden sobrevenir en dicha actividad.
Beneficio adicional que se otorga en los contratos de incendio para casas de habitación que cumplan el perfil establecido. Ampara eventos accidentales en caso de fontanería, electricidad, cerrajería y rotura de cristales de acuerdo a los requisitos establecidos.
Cobertura adicional en el Seguro de Automóviles que presta ayuda en caso de accidente con el vehículo.
Siglas en inglés para la American Society of Testing Materials, que significa, Asociación Americana de Ensayo de Materiales. Esta asociación radicada en Estados Unidos se encarga de probar la resistencia de los materiales para la construcción de bienes.
Sinónimo de robo, asalto.
Evaluación de la organización preventiva existente, con base a parámetros definidos por la compañía de seguros, la cual valora la operación y funcionalidad de la planificación preventiva que realiza la empresa, programas, métodos de investigación e inspección en salud ocupacional, procedimientos seguros de trabajo y control que se hace en el ambiente de trabajo.
Incremento en la prima originado por una agravación del riesgo o la modificación de la tarifa inicial.
Vehículo automotor destinado al transporte de personas, remunerado o no, cuya capacidad para pasajeros sentados sea mayor de cuarenta y cuatro pasajeros.
Propiedad de algunos cuerpos de originar combustión espontánea. Se presenta en algunas sustancias almacenadas (yute, algodón). Cuando la acción oxidante de ciertos microorganismos produce mermas en las sustancias, situación que eleva la temperatura al grado de ignición hasta provocar la combustión. Normalmente se excluye en los contratos de seguros.
Vehículo terrestre impulsado por su propio motor, provisto o no de remolque y destinado al transporte de personas - remunerado o no-, materiales o equipos, a labores agrícolas o de construcción de cualquier tipo.
Es aquel vehículo legalmente autorizado para su permanencia y circulación dentro del país y que reúna las condiciones de asegurabilidad que establezca la compañía de seguros (físicas y mecánicas), para gozar de la protección del seguro.
Son los vehículos automotores tipo motocicletas, sedán, coupé, station wagon, rural, microbuses, de uso no comercial destinados al servicio privado de pasajeros con un peso máximo de 3.500 Kg de peso neto y con capacidad de doce o menos pasajeros.
Método que permite, mediante la constitución de un fondo económico, soportar las consecuencias económicas que se derivan de los riesgos propios de una persona(física o jurídica), sin la intervención de un asegurador(empresa de seguros). Para él se conjugan los principios técnicos de los seguros: ley de los grandes números, dispersión, distribución y graduación del riesgo. Por lo general se utiliza para cubrir pérdidas de alta frecuencia y baja severidad. También es el proceso de transferencia de riesgo entre empresas de una misma corporación, donde la compañía de seguros es propiedad de la misma corporación.
Valuación. Acción y efecto de valuar. Determinar el valor de la propiedad destruida o dañada en un siniestro. Es también el documento en el que consta la valuación.
Travesía que inicia cuando el buque deja el puerto y termina 24 horas después de que tocó su punto de destino.
Sinónimo de daño, perjuicio, desmejora, deterioro o gasto extraordinario. En el seguro de automóviles es la falla, desperfecto o deterioro el cual suscita que el vehículo no pueda circular por sus propios medios.
Sinónimo de avería gruesa.
Es una cobertura del seguro de transportes, con el objeto de preservar de un peligro de pérdida las mercancías transportadas, que se incurra intencionalmente con el fin de evitar daños mayores. Consiste en el sacrificio (inclusive de mercadería), o gasto extraordinario y debe darse imprescindiblemente tres condiciones: que el hecho sea voluntario, que sea necesario, que se lleve a cabo con éxito. De realizarse, todos los bienes que resultaron beneficiados con el sacrificio (incluso la embarcación) deben participar en forma proporcional a su valor en el pago de los gastos y pérdidas incurridas.
Cuando se suscita una pérdida parcial de un cargamento asegurado, buque o gastos extraordinarios que se produzcan con ocasión del transporte de la carga o mercancía.
Sinónimo de avería particular.
Formulario que permite comunicar al asegurado la ocurrencia de un evento, con el fin de que se tramite la indemnización. Sinónimo de Denuncia, aviso de siniestro, solicitud de indemnización.
Comunicación de una de las partes del contrato de seguro, mediante la cual indica su decisión de dejar sin efecto el seguro.
Sinónimo de aviso de accidente.
Casualidad, caso fortuito.
Que conlleva el carácter de azar o peligro.
Costado izquierdo del buque.
Situación de quiebra del negocio. En caso de que un asegurado se declare en estado de bancarrota, esta circunstancia no libera a la compañía de seguros de cumplir con la obligación bajo el contrato de seguros.
Violación de una obligación en el seguro marítimo. Delito cometido con fraude. Tal como los actos cometidos por el capitán o tripulación de una nave que resulta en el daño de la embarcación incluyendo el encallamiento a propósito de la nave, la desviación del curso de la nave, el robo de la mercancía a cargo y el abandono de la embarcación.
Construcción hueca, de paredes estancas que flota en virtud del principio de Arquímedes y que, provista de algún medio de propulsión sirve para transportar por el agua personas y mercancías.
Tabla de factores debidamente clasificada para establecer diversas escalas. Ejemplos: factores de incapacidad por invalidez.
Método a partir del cual se establece la suma por la que será asegurado un bien dentro de los contratos de seguros patrimoniales tales como valor real efectivo, valor de reposición, valor convenido y valor de mercado.
Cálculos actuariales que determinan la fijación de las primas, descuentos, depreciaciones y recargos en los seguros. Incluye la justificación de los gastos administrativos y de ventas.
Persona física o moral designada por el asegurado para recibir los beneficios derivados de la póliza de seguros en caso de que se presente la pérdida o daño. Puede ser en determinado momento el mismo contratante de la póliza, como es el caso de los seguros de daños.
Bien, provecho o utilidad que sobre el contrato de seguros tienen derecho los beneficiarios estipulados en el contrato. Por lo general se presenta como un aporte económico.
Beneficio en el seguro de vida que adelanta el 50 % de la suma asegurada en caso de que el asegurado inicie una enfermedad terminal.
Beneficio que releva al asegurado del seguro de vida, de pagar las futuras primas de su póliza si queda incapacitado total y permanentemente, por enfermedad o accidente, para seguir realizando labores remunerativas.
En el seguro de vida es el beneficio mediante el cual la compañía aseguradora asume el pago de las primas futuras del contrato de seguros, si el pagador de primas queda incapacitado total y permanentemente ó fallece siendo el asegurado menor de edad ó estudiante dependiente económicamente antes de cumplir determinada edad.
Beneficio que le permite al asegurado, incluir en su misma póliza del seguro de vida, como asegurados a todos los hijos menores de edad y por un mismo monto para cada uno. Estos hijos son los biológicos y/o legalmente aceptados por el asegurado principal.
Beneficio del seguro de vida que cubre una suma específica contratada por el asegurado si la muerte ocurre por medios accidentales y fortuitos
Beneficio que ampara al asegurado del seguro de vida, si por medios accidentales y fortuitos, fallece, pierde la vista en forma total y definitiva, sufre desmembración de manos, pies o; dedos pulgar e índice simultáneamente en una misma mano, cubriendo un pago adicional basado en una tabla porcentual de indemnizaciones.
Beneficio en el seguro de vida que le permite al asegurado, incluir en su misma póliza a otro asegurado. Bien puede ser un socio ó su cónyuge y por cierto monto de seguro, sin sobrepasar la de él
En el seguro de vida es el beneficio que le garantiza una renta mensual al asegurado, por un período determinado, mientras esté con vida o cumpla cierto número de años, al quedar incapacitado total y permanentemente para realizar labores remunerativas.
Beneficio en el seguro de vida que adiciona un pago que representa cierto porcentaje de la base asegurada por muerte del asegurado o supervivencia de éste al período temporal de cobertura del seguro vigente.
Los comprendidos como objeto del seguro.
Aquellos que no pueden movilizarse o trasladarse sin sufrir deterioro o destrucción.
Todos aquellos bienes para los que se diseñó el seguro y que por tanto pueden ser incluidos dentro de la cobertura del seguro, previa solicitud.
Aquellos objetos que pueden movilizarse de un lugar a otro sin alterarse ni destruirse.
Término inglés sinónimo de “binding authority”, el cual es un contrato de seguro transitorio que brinda cobertura hasta que se concreta el seguro permanente. Este tipo de contrato se emite cuando se tiene la certeza de que el documento póliza va ha ser formalizado, aunque la prima no se pague de inmediato.
Siglas utilizadas para referirse al beneficio de exoneración de pago de primas por incapacidad total y permanente. Ver definición sobre este beneficio.
Abreviatura inglesa de la expresión “bill of landing”, que significa conocimiento de embarque. Véase definición para este concepto.
Siglas utilizas para referirse al beneficio de muerte accidental. Véase definición para este beneficio.
Siglas para beneficio de otro asegurado. Véase definición para este beneficio.
Expresión para indicar cobertura (transporte) que ampara desde que sale de la bodega del vendedor hasta que llega a la bodega del comprador.
En el seguro marítimo, es el espacio interior de un buque, inferior a la última cubierta.// Para el seguro de incendio es el local destinado exclusivamente a guardar mercadería.
Equipo de impulsión de agua para abastecer de agua a los sistemas contra incendios, tales como tubería y mangueras, instaladas en gabinetes distribuidos dentro de la empresa.
Profesional en la lucha contra incendios. Puede ser de pago remunerado o de forma voluntaria.
Sinónimo de descuento. Reducción en la prima – prevista en la tarifa – que se concede al asegurado, en carácter de recompensa, por su actividad conducente a disminuir la intensidad o frecuencia de los siniestros.
Véase bono de garantía.
Sinónimo de seguro de fidelidad de posiciones abierto.
Garantía sobre la capacidad de un contratista para la participación, el cumplimiento o ejecución de una entrega u obra y el mantenimiento de la misma. Sinónimo de fianza.
Garantiza el cumplimiento de una licitación, obra o contrato.
Garantiza que el afianzado cubrirá el monto total de la mano de obra y los materiales usados en la obra hasta su terminación y por los cuales puede estar obligado bajo el contrato.
Llamado también fianza de participación o de participación en licitación. Garantiza el mantenimiento de una oferta.
Garantiza, por un período previamente definido, la calidad, durabilidad y buen funcionamiento de materiales en una obra, así como la ausencia de efectos.
Garantía para los bancos contra la pérdida por actos deshonestos, fraudulentos o criminales de sus empleados, así como pérdida por robo, hurto, atraco, falsificación, extravío por robo y desaparición misteriosa e inexplicable.
Término francés que significa factura, minuta, memoria, extracto de cuenta, relación detallada, lista. En seguros se usa para detallar los riesgos cedidos de la cartera de un seguro de la compañía de seguros al reasegurador que soporta los contratos de respaldo automático. Plural: borderós, bordereaux.
Incluye un detalle de todas las primas que le corresponden al reasegurador sobre las primas de la compañía cedente
Además de la información que requiere el borderó de primas cedidas, debe agregarse los datos de número de caso, fecha y monto del siniestro; así como el monto que le corresponde pagar.
Sinónimo de caja fuerte.
Grupo de trabajadores constituido en la empresa, entrenado para tomar las acciones necesarias para el ataque inicial del incendio que se provoque en la misma.
Término inglés, sinónimo de corredor de seguro – o de reaseguro-. Actúa como intermediario entre el cliente y la compañía con el fin de buscarle las mejores condiciones. En materia de reaseguro, el broker interviene entre la compañía cedente y la reaseguradora y busca colocación de riesgos determinados. En el Instituto Nacional de Seguros, en virtud de ostentar el monopolio de los seguros, esta figura existe sólo en materia de reaseguros.
Principio básico y característico de los contratos de seguros, que obliga a las partes a actuar con honradez. Se opone al de mala fe, sea con intención de cometer el hecho. Se refiere a una actitud sincera de una parte en relación con la otra, tanto al formalizar el seguro como en la vigencia o culminación, por siniestro. La “buena fe” obliga al asegurado a escribir claramente la naturaleza del riesgo que asegura, con el fin de que el asegurador tenga una descripción completa, que le permite aceptarlo o no. en el primer caso, para el cálculo de la prima y prevención de pérdidas. Obliga al asegurador a facilitar al asegurado una información exacta de los términos del contrato, redactar con claridad las cláusulas del seguro, etcétera. Si se incumple este principio puede anularse el contrato.
Abreviatura inglesa de cost on freight, que significa “costo y flete”. Este término del comercio internacional se utiliza en el seguro de transportes. Véase la definición.
Acción y efecto de la pérdida de vigencia de una ley o ejercicio de un derecho. Pérdida de un derecho como consecuencia de haber transcurrido cierto lapso (fijado por la ley o a las partes contratantes)sin que haya sido ejercido por el titular.// Caída de los negocios en el seguro de vida individual o disminución de la cartera por caída de negocios en conjunto.
Es una caja, recinto o instalación diseñada específica y exclusivamente por el fabricante especializado, para guardar valores del asegurado.
Son aquellas empresas cuyo sistema mecanizado de cobro del seguro obligatorio automotor se comunica y actualiza directamente con el sistema centralizado de recaudación de ese seguro en el Instituto Nacional de Seguros.
Son aquellas cuyo sistema mecanizado de cobro del seguro obligatorio automotor no interactúa con el sistema centralizado de recaudación y la actualización se realiza al momento de recibirse las remesas en la Unidad Central de Cobros del Instituto Nacional de Seguros.
Es la altura máxima que alcanza la línea de agua o flotación en el costado del buque medido desde la quilla.
Conjunto de estudios matemáticos y estadísticos que se efectúan para determinar la prima a aplicar a un tipo de riesgo en concreto. Son premisas ineludibles de este cálculo el índice de siniestralidad (proporción entre el coste de los siniestros y las primas adquiridas), los gastos de administración y adquisición (gastos internos y externos) y otros factores correctores tales como incidencias de reservas, recargos de seguridad, beneficios, etc.
Técnica que por medio de estudios estadísticos y la ley de los grandes números, permite prever, con relativa exactitud, el grado de probabilidad de que se produzca determinado evento (siniestro) de entre un gran número de riesgos posibles.
Vehículo automotor de más de 3.500 kilogramos hasta 9.999 kilogramos de peso bruto, de uso y servicio particular, privado, comercial o público, incluyéndose camiones de volteo, camiones de carga, autobuses y tractocamiones.
Son los vehículos automotores de más de 10.000 kilogramos de peso bruto.
Es el canal de distribución del Instituto Nacional de Seguros para comercializar pólizas de seguros comprendido por la figura jurídica de Agencia Comercializadora de Seguros.
Es el canal de distribución del Instituto Nacional de Seguros para comercializar pólizas de seguros constituido por algunos bancos y otras figuras jurídicas.
Finalización de un contrato antes de la fecha de su vencimiento, por deseo manifiesto del asegurado, asegurador o ambos.
Al cancelarse el contrato el costo de la prima se calcula de conformidad con los porcentajes sobre lo pagado que establece la tabla de corto plazo. Ejemplo: un contrato que pagó por una vigencia anual de ¢10.000,00, faltando 60 días el asegurado decide cancelar el contrato, entonces se le devolvería la suma de ¢1.300,00, según el siguiente cálculo: Prima anual * % devengado (días devengados) = suma a devolver Entonces: ¢10.000,00 * 87% (305 días devengados) = ¢1.300,00
Una vez que se cancela un contrato de seguro por decisión de la compañía de seguros, el costo de la prima se ajusta en proporción al tiempo exacto en que la póliza ha estado vigente. (No es lo mismo que cancelación a tarifa de corto plazo). Ejemplo: un contrato que pagó por una vigencia anual de ¢10.000,00, faltando 60 días el Instituto Nacional de Seguros decide cancelar el contrato por agravación del riesgo, entonces le devolvería ¢1.643,84, según el siguiente cálculo: Prima anual * Nº de días para cumplir la vigencia = suma a devolver 365 Entonces: ¢10.000,00 * 60 = ¢1.643,84
Se trata de los niveles en que se negocia la cobertura del reasegurador, normalmente se encuentra en los contratos de exceso de pérdida, y depende de los cúmulos de riesgos o siniestros de la compañía cedente.
Peso en toneladas que puede transportar el buque. Es conocido también como peso muerto.
Límite máximo de suscripción para una empresa de seguros por zona y producto. A través del reaseguro se incrementa esa capacidad. // En reaseguros se refiere al límite máximo de un contrato de reaseguros.
Es la aptitud legal para obligarse.
Conjunto de dinero y otros activos que necesita una sociedad para operar y llevar a cabo sus actividades de producción y distribución de sus productos y/o servicios. Comprende el capital suscrito y pagado, utilidades no distribuidas y fondos de organización.
Siglas en inglés que para “contractor all risk”, que significan seguro de todo riesgo para contratista. Véase este término.
Elementos intrínsecos de un bien asegurado o con intención de asegurar, que lo describen, definen, establecen las posibilidades del riesgo y permiten considerar la tarifa.
Es la portada de un contrato o póliza de seguro donde se registran las condiciones particulares del contrato.
Póliza del seguro de transportes anual y renovable diseñada para aquellas empresas que movilizan en forma continua mercancías para el giro normal de su negocio. La prima es provisional y se liquida de forma anual con los reportes mensuales de embarques realizados.
Cantidad de calor por unidad de superficie que se emite en la combustión completa de todos los materiales y productos que se encuentran en un recinto. Esta magnitud depende de la cantidad, naturaleza y poder calorífico de dichos materiales y productos.
Bajo los contratos de seguros de riesgo nombrado el asegurado debe probar su pérdida a la compañía de seguros. En los contratos de todo riesgo le corresponde al asegurador la carga de la prueba.
En el seguro de automóviles este término se refiere al tipo de material que es transportado (madera en troza o rolliza, metales, ganado, inflamables, gases, líquidos químicos o agroquímicos tóxicos).
Factores de recargo aplicados a la clase de riesgo ofrecido en aseguramiento, gravando la prima del seguro.
En el campo del reaseguro es sinónimo de cobertura o respaldo definitivo que brinda la compañía de reaseguros para un riesgo o cartera de seguros.
Documento utilizado en el transporte por la vía terrestre. Sinónimo de conocimiento de embarque.
Se utiliza en reaseguro y se refiere al volumen de las operaciones (excedentes) a cargo de un reasegurador.
Sinónimo de cartera aceptada. Es también la parte de una cartera que se traspasa.
Conjunto de pólizas cuyos riesgos cubre un asegurador. Número de pólizas vigentes o suma total de las primas correspondientes al conjunto.// Conjunto de pólizas de un agente de seguros.// Se conoce también con este nombre a la suma de las operaciones vigentes al término de un ejercicio económico.
Sinónimo de cartera de seguros o cartera total. Véase la definición cartera de seguros.
Conjunto de pólizas concertadas por períodos no prorrogables, generalmente inferiores a un año.
Toda solicitud de indemnización planteada a la compañía de seguros.
Hecho que no ha podido prevenirse por los métodos tradicionales (imprevisto), no ha podido evitarse (involuntario), en que no participa la voluntad del hombre.// Acontecimiento que no ha podido ser previsto, pero que, aunque lo hubiera sido, no habría podido evitarse.
Se refiere a las denuncias, por el seguro de riesgos del trabajo, reportadas a la compañía de seguros correspondientes a trabajadores (as), que por la naturaleza, causas o condiciones del infortunio, no están cubiertos dentro de los alcances del Título IV del Código de Trabajo, o están relacionados con accidentes o enfermedades no laborales.
Son accidentes o enfermedades de trabajo indicados a la compañía de seguros correspondientes a trabajadores (as) que no se encuentran reportados en la planilla de la empresa, o bien que el patrono no se encuentre al día con el pago de la prima o fracción de la misma, o que proviene de un patrono que no ha suscrito el seguro de riesgos del trabajo.
Evento imprevisto y de gravedad que causa pérdidas de gran magnitud. Pueden afectar todas la unidades aseguradas.
Depósito para garantizar el cumplimiento de una obligación.
El motivo legítimo que según la naturaleza del acto puede presumirse ha determinado a las partes a celebrar un contrato. // Razón o motivo que produce un daño.
Cuando en un evento se presenta la componente de una serie de causas, y es difícil establecer cual de ellas ha originado el accidente.
Persona que sucede, o se subroga por cualquier título, en el derecho o en la obligación de otra.
Causa primera que origina un siniestro o una serie de siniestros que produce una pérdida no obstante el tiempo transcurrido entre la ocurrencia de aquella y la realización del riesgo.
Causa efectiva o más directa del daño o pérdida, o bien, el peligro que origina la cadena ininterrumpida de eventos que resultan en la pérdida económica, aunque no sea la inmediata. Ejemplo: el fuego es la causa próxima del daño producido por el agua utilizada para extinguir las llamas en una casa siniestrada.
Situación que propicia un accidente cuando no medía una exclusión particular, no obstante que la ocurrencia sea el resultado de una cadena de causas.
Hechos o actos concretos, establecidos de forma expresa en las condiciones generales o particulares de una póliza de seguro, o en la legislación general sobre contratos, los cuales determinan la finalización de la vigencia de un contrato de seguro. Por ejemplo: la desaparición del riesgo, su modificación sustancial, el impago de primas, la no prestación de las indemnizaciones debidas, entre otros.
Es el término que se da la compañía de seguros que asume un riesgo pero que transfiere todo o parte del mismo a una compañía de reaseguros, pero siempre es la compañía primaria en hacerle frente a una indemnización.
Dar, transferir o traspasar a otro una cosa o derecho.
Documento que acredita la capacidad jurídica para realizar transacciones comerciales y legales. Puede extenderse a personas físicas o jurídicas.
Documento que cumplimenta el comisario de averías en el que se describen las diversas circunstancias que produjeron la pérdida ocurrida en determinado accidente en un seguro de transportes o marítimo. Describe y deja constancia de la naturaleza del evento y sus causas, además, detalla la cuantía de los daños o gastos, así como el valor de rescate de la carga asegurada.
Requisito que la compañía de seguros tiene la potestad de solicitar, cuando lo estime necesario, extendida por laboratorios oficiales o privados, nacionales o extranjeros, acreditados para tal fin por la autoridad competente, cuyas pruebas serán las que la Asociación Norteamericana de Ensayo de Materiales – A.S.T.M. (American Society of Testing Materials) tenga publicadas en su última edición, tal como lo regula el reglamento de construcciones vigente.
Documento por el que el asegurador da fe de la existencia de determinadas coberturas sobre un objeto o persona. Este documento sólo recoge las condiciones particulares del contrato.
Documento que recoge los resultados del examen médico practicado a una persona, para fines de aseguramiento o pago de reclamos. Lo extiende el profesional (doctor) en medicina
Acción y efecto de renunciar a una cosa, derecho o acción por una persona en favor de otra. // Renuncia que hace el asegurado a favor de un tercero, del derecho legal o intereses que tiene a una póliza de seguro. // En reaseguro, es la cuantía del total de la responsabilidad asumida que se transfiere por reaseguro al reasegurador.
Acuerdo en virtud del cual una entidad de seguros cede a otra la totalidad de sus contratos de seguros vigentes, o bien, sólo los referidos a varios ramos o partes de los mismos.
Estipulación que puede insertarse en una póliza de seguro de daños, mediante la cual el asegurado cede a un tercero los derechos que le corresponderían en caso de siniestro que afectase al objeto asegurado. La cesión se basa en que el objeto asegurado constituye la garantía real de un crédito concedido por un tercero a favor del tomador del seguro.
Extorsión o amenaza que se ejerce sobre el Asegurado o sus empleados para obtener de éste o éstos una conducta que concluya en la entrega de los valores asegurados, a cambio de no revelar algún aspecto de su vida que les difame o deshonre.
Huracán que se traslada mediante giros extremadamente veloces.
Abreviatura inglesa de cost, insurance and freigth, que significa “costo, seguro y flete. Este término del comercio internacional que se utiliza en el seguro de transportes. Véase la definición.
Elementos de un edificio cuya finalidad es transmitir al suelo las cargas propias y a las que se ve sometido en razón de su ocupación y existencia. Generalmente son aquellas partes que se encuentran completamente bajo el nivel de la parte más baja de la estructura. Estos elementos pueden estar construidos de mampostería, concreto armado, pilas o pilotes de madera, acero o concreto.
Abreviatura inglesa para carriage and insurance paid to, que significa porte y seguro pagado hasta. Término del comercio internacional utilizado en el seguro de transportes.
Término en inglés que significa reclamación presentada. Es una cláusula del seguro de responsabilidad que no es muy empleado en el mundo. Se asegura la responsabilidad civil legal del asegurado, por reclamaciones de terceros que se presenten, por primera vez y por escrito, al asegurado o a su asegurador, dentro del período póliza.
Grupo de riesgos agrupados por características semejantes, para definir los factores que influyen en la tarifa.
En el seguro de incendio es una clasificación del riesgo por tipo de construcción, considerado como uno de los factores que inciden en la tarifación de un riesgo. Influye el material que se utiliza y su resistencia al fuego, existen tres clases: clase construcción “A”, clase construcción “B” y clase de construcción “C”. Véase estas definiciones.
Son aquellos edificios u obras cuya estructura, pisos, entrepisos y cerramientos exteriores e interiores, están constituidos completamente por elementos con una resistencia al fuego de al menos dos (2) horas, de tal forma que sus elementos y su sistema estructural mantienen las funciones para las que fueron diseñados, así como la confinación del fuego. Se considera de esta clase de construcción aquellos cuyos cerramientos internos tienen una resistencia al fuego menor a las dos horas, pero nunca inferior a lo que especifica el reglamento de construcciones vigente.
Se consideran dentro de esta clasificación los edificios u obras cuya estructura, pisos, entrepisos y cerramientos exteriores, están constituidos completamente por elementos con una resistencia al fuego de al menos dos (2) horas, de tal forma que sus elementos y su sistema estructural mantienen las funciones para las que fueron diseñados, y los cerramientos internos son combustibles o con una resistencia al fuego menor a las dos horas, pero nunca inferior a lo especificado por el reglamento de construcciones vigente, en una relación superior al veinte por ciento (20%), calculado con respecto al área total de cerramientos internos.
Edificios u obras cuya estructura, pisos, entrepisos o parte de los cerramientos externos, indistintamente del porcentaje que representen del área total de cerramientos exteriores, están constituidos por elementos combustibles o con una resistencia al fuego menor de dos (2) horas, pero nunca inferior a lo especificado por el reglamento de construcciones vigente.
Ordenamiento de los distintos tipos de riesgos, separándolos en grupos homogéneos en razón de su peligrosidad y probabilidad, con el fin de facilitar su análisis tanto para efectos de tarificación como exclusión, en una póliza de seguros o en un trabajo de reaseguro.
Acuerdos establecidos en el contrato de seguros que modifican, aclaran o dejan sin efecto parte del contenido de sus condiciones generales o particulares.
En caso de colisión entre dos buques y cuando no se puede determinar el culpable, cada transportista, bajo la Ley Marítima Internacional, puede asumir su riesgo; sin embargo los gastos pueden ser recobrados proporcionalmente de cada participante en la aventura marítima.
Es una cláusula utilizada en el reaseguro facultativo, donde le reasegurado define qué y cuánto se paga. Además obliga a la compañía de seguros a dar aviso inmediato al reasegurador al momento de la ocurrencia del evento.
Es la cláusula que se utiliza en el Seguro Marítimo para obligar al asegurado en caso de pérdida a promover e intentar toda gestión para defender, salvar o recuperar la nave o cualquiera de sus partes, sin perjuicio del seguro. // En reaseguros es la cláusula en donde la compañía cedente acepta que el reasegurador coopere en el reclamo, que brinde asesoría, pero es la cedente quién define qué y cuánto se paga.
Protege al asegurado de posibles errores y omisiones, aplicando el principio de buena fe a todo su actuar. Se otorga en las líneas del seguro de incendio, reaseguros y contratos colectivos.
Se utiliza en el seguro de transportes y reconoce los costos de reponer los daños que afecte etiquetas, cápsulas o envolturas y el costo de reacondicionar la mercancía averiada.
Cláusula del seguro marítimo que garantiza el reembolso de aquellos gastos incurridos de común acuerdo asegurado y asegurador con el único objeto de salvar la embarcación asegurada de una pérdida total. // Para los restantes seguros de daños son los llevados a cabo para reducir las consecuencias de un siniestro; salvo que sean desproporcionados o improcedentes.
Es la facultad que un contrato de seguros otorga a un asegurado y en fuerza de la cual este último, acreedor a una prestación establecida en le contrato, tiene derecho a elegir entre otras prestaciones que se mencionan en le contrato.
En reaseguros se refiere a la obligación que adquiere la cedente de pagar las primas al reasegurador que está cediendo los riesgos. De no realizarse este pago el reasegurador tiene el derecho de cancelar el contrato y el respaldo.
En reaseguros se otorga con el propósito de que un tercero pueda la retribución del pago por gastos incurridos en caso de siniestro directamente del reasegurador, sin que tenga que mediar la compañía cedente. El término en inglés es cut throught.
Se incluye en los contratos de incendio con el fin de considerar una cadena de mismos eventos, como uno sólo. Esos eventos deben ser originados por vientos huracanados, inundación, deslizamiento o temblor, terremoto, maremoto, fuegos subterráneos y erupción volcánica y ocurrir en el transcurso de las siguientes 72 horas después de ocurrido el primer evento.
En reaseguros se refiere a la posibilidad de la compañía cedente de recuperar el monto de un siniestro que supere la suma pactada del contrato, de forma inmediata con la entrega posterior de los comprobantes de pago.
Valoración realizada por uno, dos o tres tasadores nombrados por el Instituto y por el asegurado en forma conjunta y/o independiente, mediante la cual se determina, en caso de desacuerdo, el valor real de la propiedad asegurada al ocurrir un siniestro o el monto de la pérdida misma.
Aquella que se incorpora al contrato de seguros con el fin de defender los derechos del asegurador ante situaciones especiales que pueden presentarse al acaecer un riesgo.
En el seguro de incendio es la participación pactada entre el asegurador y el asegurado sobre el monto asegurado. Igualmente para el seguro de accidentes y salud es una participación, pero sobre los gastos cubiertos por el seguro. // Para el seguro de transportes y en un mercado abierto, es el acuerdo entre diferentes entidades aseguradoras y el asegurado, por el cual las entidades se reparten la cobertura de un contrato de seguros, relativo al mismo interés, riesgo y tiempo. // Algunas veces suele confundirse este término con el significado de infraseguro.
Compromiso aceptado por un asegurador en virtud del cual se hace cargo, hasta el límite de la suma asegurada, de las consecuencias económicas que se deriven de un siniestro. También se utiliza para nombrar el tipo de seguro aplicable a determinado riesgo. Por ejemplo: cobertura de temblor y terremoto en el seguro de incendio.
Es un tipo de contrato de reaseguro automático proporcional, cuya cobertura no tiene restricciones específicas y por lo tanto es amplia, en donde la cedente tiene la potestad de ceder, y el reasegurador la obligación de aceptar todos los negocios que le sean cedidos hasta el límite máximo del contrato, sin que ese límite sea expresado en un número de plenos. Por lo general se otorga por encima de otros tipos de contrataciones de reaseguro.
Amparos que pueden suscribirse en adición a la cobertura básica del contrato de seguro y mediante el pago de extraprima.
Condición del contrato por la que se brinda cobertura bajo la póliza a propiedad adicional u otros riesgos, sin que tenga que efectuarse solicitud específica por parte del asegurado.
Cobertura principal del contrato y que no puede omitirse al momento de la suscripción del seguro.
Coberturas de reaseguro que tienen como fin dar protección, a la compañía cedente, por las pérdidas catastróficas que pueden originar las acumulaciones o segregaciones de sus riesgos, como consecuencia de un suceso o una serie de sucesos. Permite a la cedente proteger su retención cuando ese suceso afecta a más de uno de los riesgos asegurados.
Se otorga en el Seguro de Transportes y sólo hay un efecto cubierto, la pérdida total de los bienes asegurados, sea por la pérdida total del barco, o vehículo transportador o por los daños completos de un embarque y no a parte de él.
Cualquier póliza de seguro que establece el pago de todas las pérdidas sin deducciones.
Es el trámite inicial que se aplica para comunicarle al patrono de la deuda por concepto de casos no asegurados y del plazo que dispone para el pago de la misma para el seguro de riesgos del trabajo.
Proceso que se sigue para exigir por la vía ejecutiva el depósito del capital adecuado, por concepto de casos no asegurados, al término del plazo del cobro administrativo, o por cobro de deudas de algún tipo.
Terreno, edificio u otro que se halla contiguo al riesgo asegurado. Ejemplo el edificio del Instituto Nacional de Seguros, oficinas centrales colinda al sur con la avenida 7.
Choque entre dos cuerpos. Se refiere al choque súbito, violento y accidental de un vehículo en movimiento asegurado o no, con otro vehículo, con un objeto mueble o inmueble, con cualquier animal, o los provocados por atropello a personas.
Acción y efecto de coludir. Pactar un daño hacia un tercero.
Cualquier materia que pueda arder.
Aquella que no se origina por la intervención de un foco calorífico externo que la inicie, sino por procesos de oxidación de orden químico o bioquímico que provocan residuos sólidos carbonosos. Puede ocasionar fuego cuando hay suficiente provisión de oxígeno.
Es la relación comercial entre personas o empresas con domicilios en diferentes países.
Se presenta en el seguro de transportes (carga) como el ajustador autorizado para evaluar y determinar pérdidas conforme a condiciones normalizadas del seguro. Usualmente es validado por una empresa de reconocida solvencia técnica y moral, como el Lloyd’s de Londres.
Es el sistema utilizado para retribuir económicamente las funciones de mediación o producción de seguros de los agentes. Equivale a una parte proporcional de las primas conseguidas por éstos en su labor comercial directa a través de su intervención o colaboración.// Conjunto de personas encargadas por una autoridad para atender algún asunto.
Es un porcentaje de la prima que se reconoce al asegurado nombrado o patrono por la recaudación de las primas de seguro. Se utiliza más comúnmente en los contratos de seguros colectivos de incendio y los planes de deducción mensual.
En reaseguros es el porcentaje de reconocimiento calculado sobre la prima cedida, que el reasegurador le devuelve a la cedente para cubrir los gastos administrativos en que debió incurrir para obtener el negocio que cedió al reasegurador.
Porcentaje de reconocimiento por parte del reasegurador a la compañía cedente, el cual es calculado sobre las utilidades netas del contrato de reaseguro, por el buen manejo del contrato. De no haber utilidad en el contrato la cedente no recibe esta comisión.
Identifica al asegurador o compañía de seguros que realiza el proceso de aseguramiento y transfiere o cede parte de los riesgos asumidos a un reasegurador al amparo de un contrato de reaseguro.
Nombre con el que se designa, en general, a la empresa o sociedad dedicada al negocio del seguro.
Técnica que permite al asegurador, desde un profundo conocimiento de los riesgos en cartera, realizar un conjunto de operaciones encaminadas a compensar los efectos que origina la permanencia en la misma de riesgos malos con la contratación y continuidad de otros que conlleven una menor siniestralidad.
Cobertura del Seguro de Transporte que además de la avería particular cubre la pérdida total. Cubre pérdida total, pérdida parcial, avería particular (en exceso de un deducible), avería gruesa, y los gastos de salvamento, siempre por un riesgo amparado en la póliza.
Circunstancia o cosa que, conjuntamente con otra, es causa de algún efecto.
Situación que se plantea cuando sobre el mismo objeto existen varios seguros, de modo que, teóricamente, si se produjera un siniestro, las indemnizaciones conjuntas sobrepasarían el valor real del objeto y serían causa de lucro para el tomador del seguro. En este caso y en el seguro de daños por ejemplo, cada aseguradora o contrato de seguro sólo pagaría la parte proporcional del capital asegurado, sin que el conjunto de todas las indemnizaciones sobrepasara el valor real de los daños producidos por el siniestro.Unicamente en los seguros sobre la vida humana, esta situación sería permisible por la propia indeterminación del valor del objeto asegurado, que no puede limitarse económicamente.
Delito atribuido al servidor público que con el carácter de tal exija, a pesar de ser debidamente remunerado por el Patrono, por sí o por medio de otro, dinero, valores, servicios o cualquiera otra cosa que sepa no es debida, para cumplir con su servicio. // Conmoción violenta o sacudimiento provocado por ondas expansivas.
Todas aquellas condiciones o propiedades físicas que incrementan las posibilidades de pérdida, por medio de los riesgos que pueden causar daños.
Sinónimo de Riesgo Moral.
Aquellas que provocan o han provocado accidentes cuya frecuencia y severidad superan los estándares definidos para la subactividad donde se ubica la empresa, que provocan o pueden provocar enfermedades del trabajo, merced a los niveles de concentración del contaminante valorados por los técnicos de riesgos del trabajo y salud ocupacional; o a los efectos por el personal médico de la institución.
Recogen aspectos de carácter especial que, en ocasiones, se incluyen en la póliza para modificar alguna circunstancia contenida en las condiciones generales. Por ejemplo: Dentro del seguro de incendio, las condiciones especiales para viveros.
Son las condiciones comunes del contrato, se aplica a todos los contratos de un mismo tipo, expresa disposiciones de la ley de seguros y cláusulas específicas sobre riesgo cubierto, riesgos excluidos, entre otros.
Recogen aspectos relativos al riesgo individualizado que se asegura, como: contratante, asegurado y beneficiarios, efecto y vencimiento del contrato, periodicidad del pago de primas e importe de las mismas, riesgos cubiertos y situación de los mismos, límites de garantías, etc. Prevalecen sobre las generales y específicas.
Es la persona que tiene el control mecánico de un vehículo automotor.
Incendio abrasador que se extiende más allá de un único riesgo sobre una área amplia.
Motín prolongado, con desafío a la autoridad, pero que no constituya revuelta armada contra el Gobierno.
Conversión de una renta a plazo de un pago único actual, al que se le deduce el interés que el pagador obtendría con la inversión de esos fondos.
Es el contrato de fletamento o documento emitido por el porteador marítimo al recibir las mercancías por transportar y representa el contrato de transporte por el cual se obliga al mismo bajo determinadas condiciones. Si el transporte se realiza por vía marítima es conocido como bill and landig, y si es vía aérea se denomina guía aérea, en el caso de la vía terrestre se denomina carta de porte. El documento cumple tres funciones esenciales: 1. recibo de mercancías, 2. contrato de fletamento y 3. título de propiedad de las mercancías.
Gestión comercial y administrativa que se precisa para la atención de los contratos de seguro que integran la compañía de seguros y su mantenimiento en vigor.
Toda aquella edificación construida por materiales de combustión retardada en sus diferentes elementos, tales como muros, paredes, pisos, entrepisos y techos. También se consideran de construcción maciza los edificios estructurados a base de vigas y columnas de concreto reforzado o de acero, fachadas de cristal, entrepisos y techos de concreto reforzado. En el caso de estructuras de acero, este material deberá tener una protección mínima al fuego de dos horas.
Es la valoración física que efectúa el médico que trata al paciente. Comprende historia clínica, examen físico y valoración para referencia a: especialista, hospital, procedimientos médico quirúrgicos, terapias especiales, servicios de rehabilitación, cuidados de enfermería en el hogar y aparatos de apoyo.
Alteración de la pureza de alguna cosa, como los alimentos, aguas, aire, etc.
Sinónimo de menaje.
Acceso que se le otorga a los usuarios de un sistema de cómputo para que realice las operaciones autorizadas a su perfil.
Entidad legalmente constituida que contrata la póliza en representación de un grupo asegurado y que es responsable ante el mismo de todo lo relacionado con el contrato. También puede referirse a una persona física que acepta las condiciones del contrato de seguros.
Persona que por un contrato ejecuta una obra material o está encargada de un servicio por otra.
Pacto o convenio entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada y a cuyo cumplimiento pueden ser cumplidas.
Contrato en el que una de las partes determina las cláusulas del mismo para que sean aceptadas, sin posible discusión sobre su contenido, por la otra.
Es un tipo de contrato automático no proporcional, en donde el reasegurador se compromete a reembolsar a la compañía cedente por cualquier pérdida o parte ésta que sobrepase el límite previamente establecido (prioridad) en un determinado ramo de seguro.
Es el acuerdo entre el aegurador y el Reasegurador en dónde se estipulan los términos y las condiciones en virtud del cual una de las partes acepta en reaseguro las cantidades cedidas por la aseguradora para que en caso de siniestro se paguen los beneficios a la aseguradora.
Contrato en virtud del cual el Instituto se obliga, por el pago de una suma de dinero llamada prima, a indemnizar a otra persona, que recibe el nombre de asegurado, las pérdidas o daños que éste pueda sufrir como resultado del acaecimiento de ciertos riesgos que son objeto del seguro. Lo integran la solicitud del seguro, los cuestionarios anexos a ésta, las condiciones generales, especiales y particulares, y las posteriores addenda que se incluyan en ella, así como cualquier declaración aceptada por el Instituto relativa a la propiedad o responsabilidad cubierta. Cuando se mencione la expresión “esta póliza” en un contrato de seguros, se entenderá que incluye todos los apartes mencionados. En este documento se establecen las normas que han de regular la relación contractual de aseguramiento entre ambas partes (asegurador y asegurado), especificándose sus derechos y obligaciones respectivos. Este contrato se caracteriza por ser, fundamentalmente, consensual, bilateral, aleatorio, oneroso, de adhesión y por estar basado en la buena fe.
En el seguro de riesgos del trabajo son aquellos de duración indefinida, y cuyas primas se calculan por períodos anuales.
Suma pagadera por un asegurador bajo un contrato de seguro que, de modo conjunto con otros, cubre la misma pérdida. Ejemplo: contribución a avería gruesa.
Participación económica de los interesados en un buque o en su cargamento, calculada en forma proporcional a los intereses de éstos en el caso de una avería común.
Sistema de aplicación de soluciones excepcionales para conseguir, después del análisis de los resultados, el equilibrio técnico. Dentro de las fórmulas se usan: franquicias discriminadas, anulación de pólizas deficitarias, imposición de exclusiones, etcétera.
Es una cláusula particular para ser agregada al contrato de seguros de Incendio cuyo propósito sirve para determinar la pérdida por el rubro de mercadería al momento de un siniestro, el asegurado deberá cumplir una serie de controles contables (tales como anotaciones en cuentas específicas e inventarios) y de seguridad (resguardo de esa documentación en lugar seguro) que se deben de tener con los libros contables, cuando se asegura mercadería según registro en libros de contabilidad. Se otorga en todas las líneas comerciales que administra el Departamento de Seguros de Incendio, excepto en rotura de cristales.
Convenio conciliatorio suscrito entre la administración superior del Instituto Nacional de Seguros (INS) y la Unión de Personal de Instituto Nacional de Serguros (UPINS) desde el 5 de setiembre de 1975. Regula las relaciones jurídico laborales y las estipulaciones socioeconómicas entre ambas partes (INS y UPINS) con el fin de promover el mejoramiento de las relaciones de trabajo en la institución.
Es la persona física o jurídica intermediaria entre los aseguradores y los reaseguradores que ayuda en la colocación de riesgos.
Persona física o jurídica que realiza la actividad mercantil de mediación en los seguros privados, sin mantener contrato de agencia o vínculos que supongan afección con entidades aseguradoras o pérdida de independencia respecto a éstas, y ofreciendo asesoramiento profesional imparcial. Dada la condición de monopolio del Instituto Nacional de Seguros, esta es una figura que no exista en el mercado costarricense de seguros.
Es un medio de comunicación vía red de computadoras y programas, puede ser interno (dentro de la compañía) o externo (de la compañía hacia otras compañías o de afuera hacia dentro, esto es de las otras empresas para la empresa)
Retribución que percibe un corredor por el ejercicio de sus funciones de mediación. Sinónimo de comisión.
Gastos de un proceso judicial.
Es el costo de adquisición del bien en el momento de compra.
C.i.F. Implica que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque; bajo esta regla, el vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, procurar un seguro marítimo para los riesgos del comprador por pérdida o daño de la mercancía durante el transporte (es decir, el vendedor contrata el seguro y paga la prima respectiva), pero el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional posterior a la entrega son asumidos por el comprador.
C. & F. Implica que el vendedor realiza la entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque; bajo esta regla, el vendedor debe pagar los costes y el flete necesarios para llevar la mercancía al puerto de destino convenido, pero el riesgo de pérdida o daño de la mercancía, así como cualquier coste adicional posterior a la entrega son asumidos por el comprador.
Estimación del costo de seguro de un riesgo.// Aporte al régimen del Seguro Obligatorio Automotor, como pago de primas correspondientes por todos los propietarios de vehículos automotores terrestres con matrícula nacional o extranjera que circulen dentro del territorio nacional.
Abreviatura inglesa para carriage paid to, que significa porte pagado hasta. Término del comercio internacional utilizado en el seguro de transportes.
Se utilizan en el seguro de vida y representan aquellos factores que en el riesgo subnormal aumentan la longevidad del individuo.
Siglas en inglés para “commissioners standard ordinary table”, que significa Tablas ordinarias estándares de comisionarios. Esta es un de las tablas de mortalidad que se utiliza en el seguro de vida.
Superficies horizontales que dividen el interior del buque en el sentido de su altura.
Servicio para la extinción de incendios. En Costa Rica está soportado por las primas de seguros y bajo la administración del Instituto Nacional de Seguros.
Responsabilidad voluntaria o involuntaria de un suceso o acción imputable a una persona.
Situación que se produce cuando el daño ha sido causado por responsabilidad del autor y de la víctima.
Culpa con intención asimilable al dolo. El asegurador queda liberado de la obligación de indemnizar si el siniestro se produce por culpa grave del asegurado.
Acumulación de riesgos.
Es el abono, fracción o división de la prima completa del seguro que se menciona en el S.I.A.S. Por ejemplo una póliza de vigencia anual, con un pago fraccionado trimestral, el sistema considera 4 cuotas, para completar el monto de la prima anual.
Guarda o cuidado de una cosa ajena.
Término en inglés que se refiere a una cláusula de reaseguro que excluye la responsabilidad del reasegurador en aquellas pérdidas ocurridas después de concluida la fecha estipulada en los contratos de reaseguro.
Siglas en inglés para “delivered at frontier”, que significan puesta en la frontera. Se utiliza en el seguro de transportes al indicar que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha depositado la mercancía, en el punto y lugar convenidos de la frontera de destino, pero antes de la aduana fronteriza del país colindante, sin descargar del elemento de transporte y sin realizar el despacho de importación. Con este término es muy importante tener claro que la frontera debe estar definida con precisión, haciendo mención del punto y del lugar.
Persona o cosa que ha sufrido daños a consecuencia de un siniestro o accidente.
Es la pérdida personal o material producida a consecuencia directa de un siniestro.
Sinónimo de daño consecuente.
Conocido también con el anglicismo daño consecuencial. Es el daño o pérdida que se deriva como consecuencia mediata o indirecta de un evento o siniestro.
Aquel daño que afecta a la integridad física de una persona. Se denomina también lesión corporal, y su manifestación extrema es la muert
Pérdida que resulta de manera directa e inmediata por la ocurrencia de un riesgo.
Se origina como consecuencia de un acto humano voluntario, tendiente a su producción. Por lo general se excluye de la protección, salvo cuando se produce para evitar pérdidas mayores, por parte del asegurado. Cuando son terceros los que ocasionan el daño intencionado, se produce el derecho de subrogación del asegurador, que permite la acción contra los gestores para recuperar el pago.
Es el daño malicioso causado con el ánimo de provocar detrimento o perjuicio económico en el bien asegurado.
Daños o pérdidas, tanto de carácter corporal como material, sufridos por una persona física o jurídica distinta del asegurado a quién éste se los haya causado bajo el supuesto de responsabilidad civil.
Siglas en inglés para “delivered duty paid”, que significan puesta con pago de derechos aduanales. Este término se utiliza en el seguro de transportes para indicar el máximo de obligaciones para el vendedor y no debe utilizarse si el vendedor no puede obtener la licencia de importación. Este término puede utilizarse, sea cual sea el medio de transporte, pero si la entrega tiene lugar en un punto de destino a bordo del buque o en el muelle debe usuarse D.E.S. o D.E.Q, véase esta definición.
Siglas en inglés para “delivered duty unpaid” que significan puesta sin pago de derechos aduanales. Este término se utiliza en el seguro de transportes para indicar que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía cuando ha sido puesta a disposición del comprador en el lugar convenido del país de importación. El vendedor ha de asumir todos los gastos y riesgos relacionados con llevar la mercancía hasta aquel lugar, así como los gastos y riesgos de llevar a cabo las formalidades aduaneras. El comprador ha de pagar cualesquiera gastos adicionales y soportar los riesgos en caso de no poder despachar la mercancía en aduana para su importación a su debido tiempo. Si las partes desean que el vendedor lleve a cabo los trámites aduaneros y soporte los gastos y riesgos resultantes, esto ha de ser claramente expresado, añadiendo las palabras pertinentes. Este término puede utilizarse sea cual sea el medio de transporte, pero cuando la entrega tenga lugar en el puerto de destino, a bordo del buque o en el muelle deben usarse los términos D.E.S. o D.E.Q.; véase estas definiciones.
Característica legal del contrato de seguro. El asegurado se adhiere a una forma preestablecida.
Característica legal de todo tipo de contrato pero que, en el de seguro adquiere mayor relevancia. Se opone a la situación de mala fe.
Son todos los factores en el seguro de vida que elevan la probabilidad de muerte prematura.
Sinónimo de aviso de accidente, denuncia.
Manifestación del asegurado en la proposición o solicitud de seguro que, en cuanto describen las circunstancias y valor del objeto asegurado, son la base del contrato, ya que permiten al asegurado decidirse sobre la aceptación y tarifa del riesgo.
Exposición incorrecta, imprecisa o inexacta del asegurado sobre el bien objeto del seguro, o sus características; sobre las circunstancias de un riesgo realizado, o las consecuencias que se derivan.
Base del contrato de seguro. Manifestación en la solicitud del seguro hecha por el asegurado sobre las condiciones y el valor del bien que se asegura. Sobre ella se establece el contrato y sirven para que el asegurador decida la aceptación, tarifa y pacte condiciones. La falta de declaración es un elemento de rechazo de un reclamo y permite rescindir el contrato por parte del asegurador.
Suma fija o porcentual previamente establecida en cada seguro, que debe ser deducida en cada evento cubierto, según se indique, es también una participación del asegurado, que ayuda a la compañía de seguros a evitar un volumen alto de reclamos con gastos inferiores a ésa suma.
Escrito que da inicio a un procedimiento judicial penal o administrativo.
Sinónimo de aviso de accidente.
Persona que tiene la posesión legal de bienes pertenecientes a otro; puede ser depositario gratuito o remunerado, por ejemplo un prestamista o un encargado de almacén. El depositario puede tender interés asegurable.
Acción y efecto de la entrega de una cosa por una persona a otra, con la obligación para ésta de guardarla y restituirla cuando se le reclame.
Formulario que entrega el agente de seguros cuando cobra la prima de un seguro al Asegurado y que dentro del plazo establecido debe realizar la aplicación al pago del seguro en la compañía de seguros.
Distribución equitativa del costo de un activo entre su vida útil estimado.// Desgaste que sufren los activos en razón de su uso y del tiempo transcurrido desde su adquisición.
Siglas en inglés para “delivered ex quay”, que significan puesta en el muelle (derechos pagados). Este término se utiliza en el seguro de transportes para indicar que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía a disposición del comprador sobre el muelle, en el puerto de destino convenido. Este término no debe usarse si el vendedor no puede obtener la licencia de importación. Si las partes desean que el comprador despache en aduana la mercancía para la importación y pague los derechos, deberían utilizarse las palabras D.D.U. (derechos no pagados) en vez de D.D.P. (derechos pagados); véase estas definiciones.
Totalidad de las normas destinadas a regular la actividad del Estado. // Régimen de derecho que regula al Instituto en lo que se refiere a su organización, estructura, actividad administrativa interna y régimen de puestos.
Conjunto de normas jurídicas referentes a las relaciones entre las personas en el campo estrictamente particular y en las relaciones de comercio.// Régimen de derecho que regula al Instituto Nacional de Seguros en lo referente a la actividad empresarial de la venta de los seguros.
Heredero de una persona y, en consecuencia, beneficiario de los derechos de indemnización establecidos en una póliza.
Comprobante de pago de derechos, impuestos, seguro obligatorio, multas y tasas impositivas para la circulación de vehículos.
Cantidad de líquido que se sale o desborda de un recipiente.
Salida de un líquido u otra sustancia del depósito que lo contiene por rotura o desbordamiento.
Retroceder poco a poco la orilla de un río por efecto de la erosión de las aguas corrientes al arrastrar y llevarse la tierra.
Acción y efecto de derrubiar. Desmoronamiento de tierra al ser socavada la orilla por el agua.
Acción y efecto de derrumbar, precipitar, despeñar.
Siglas en inglés para “delivered ex ship”, que significan puesta sobre vapor. Este término se utiliza en el seguro de transportes para indicar que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía a disposición del comprador o en un transporte multimodal o a bordo de un buque, en el puerto de destino convenido, sin despacharla en aduana para la importación. Se utiliza cuando las partes deciden que es el vendedor quien asume los costes y riesgos de descargar la mercancía. Este término sólo puede usarse para el transporte por mar o por vías navegables interiores.
Declaración y enumeración de todas las circunstancias y particularidades de un riesgo, al objeto de su admisión y tarificación por la compañía de seguros.
Falta de cuidado, inadvertencia, omisión, negligencia.
Desplazamiento de la tierra de su sitio natural, producida por fenómenos de la naturaleza, sea causada por escurrimiento, falla o quiebra del terreno por manifestaciones geológicas, lenguas de tierra o resbaladero.
Acción de desmoronar. Deshacerse lentamente de una cosa formada por partes agregadas entre sí. Desagregarse: deshacerse lentamente el terreno o los materiales de una obra.
Es el peso máximo del buque cuando éste ha sido cargado totalmente cubriendo las toneladas del peso muerto.
El peso en toneladas del buque cuando se encuentra totalmente vacío. Se incluye dentro del peso toda la maquinaria, anclas, equipos, el agua o aceite dentro de las máquinas.
Agregar el peso de la tripulación, pertrechos, combustible y aceite al desplazamiento en rosca.
Situación que se presenta a favor del asegurado en algunos casos de rescisión, rebaja de suma asegurada o disminución de la tasa de prima fijada.
Aquel en que pueden practicarse válidamente diligencias judiciales o administrativas.
Siglas que significan beneficio de muerte, desmembración y pérdida de la vista por causa accidental en el seguro de vida. Véase esta definición.
Situación que se produce cuando, por determinados acontecimientos, ajenos o no a la voluntad del asegurado, el riesgo cubierto por una póliza adquiere una peligrosidad inferior a la inicialmente prevista. Esta disminución del riesgo necesariamente implica un reajuste en las primas, la cual puede realizarse con carácter inmediato o a partir de la próxima renovación.
Sistema de colocación y distribución de riesgos mediante el cual la compañía aseguradora compensa, estadísticamente, su cartera a través de la figura del reaseguro.
Cláusula defensiva, que permite a la compañía de seguros investigar para determinar la evolución de un padecimiento que cause la incapacidad o muerte de un asegurado antes de cumplir los diferentes plazos establecidos en las condiciones generales o particulares de los beneficios ofrecidos en el seguro de vida. Si se determina que la enfermedad que causa el siniestro es preexistente a la inclusión y el siniestro ocurre antes de los plazos indicados, permite liberar su responsabilidad de pago.
Alteración de la paz y orden establecido, por un individuo o grupo de personas que ponga en peligro los valores asegurados.
Situación en la que sobre un mismo riesgo y en virtud de un mismo interés asegurable, se han concertado dos o más pólizas o contratos de seguro de forma que el total asegurado excede del valor real del objeto de seguro.
Sinónimo de contrato de seguros.
Artificio o simulación de que se sirve una persona para la ejecución intencionada de un acto en perjuicio de otro, también es llamado mala fe.
Copia de la póliza que, sellada y firmada por el asegurador, tiene idéntico valor al original.
Siglas para “erection all risk”, que significan seguro de todo riesgo de montaje. Véase esta definición.
Acción de arrojar por la borda parte de la carga de un buque, normalmente para aligerar su peso y capear el temporal para evitar un daño.
Tiempo transcurrido desde el nacimiento de una persona hasta un momento determinado de su vida.// La que el asegurado indica como correcta.
En el seguro de vida es la edad que sirve para el cálculo de la prima. Es la que resulta al tomar en cuenta el cumpleaños más próximo a la fecha del contrato de seguro.
En seguro de vida, es la edad mínima o máxima preestablecida, por debajo o por encima de la cual, la compañía de seguros no acepta nuevas pólizas ni la renovación de las ya existentes.
Construcción o conjunto de construcciones, principales y accesorias, con sus instalaciones fijas (agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración y otras propias del edificio), excluyéndose los cimientos y aditamentos que se encuentren bajo el nivel del piso más bajo. Se consideran parte del edificio los techos falsos, las alfombras fijas, tapices y maderas adheridas al suelo, paredes o techos; así como las bardas y muros independientes del edificio y construcciones adicionales en el mismo predio.
Edificio estructurado con base de vigas y columnas de concreto reforzado, acero o combinación de ambos, en el cual existen muros que trabajan como elementos de cargas y de control de derivas, de acuerdo con el reglamento respectivo.
Aquel que se encuentra en proceso de construcción.
Construcción o conjunto de construcciones, principales y accesorias, con sus instalaciones fijas (agua, gas, electricidad, calefacción, refrigeración y otras propias del edificio), excluyéndose los cimientos y aditamentos que se encuentren bajo el nivel del piso más bajo. Se consideran parte del edificio los techos falsos, las alfombras fijas, tapices y maderas adheridas al suelo, paredes o techos; así como las bardas y muros independientes del edificio y construcciones adicionales en el mismo predio.
Edificio estructurado con base de vigas y columnas de concreto reforzado, acero o combinación de ambos, en el cual existen muros que trabajan como elementos de cargas y de control de derivas, de acuerdo con el reglamento respectivo.
Aquel que se encuentra en proceso de construcción.
Aquel que está completamente listo para su ocupación, es decir, cuenta con todas sus ventanas y vidrios instalados, pisos terminados, puertas colocadas, muros repellados, aunque no necesariamente pintados, pues en muchas ocasiones, los inquilinos hacen la terminación de los mismos.
Se utiliza en el seguro de vida como la fijación de la vigencia del seguro en una fecha anterior a la de la solicitud, con el fin de obtener la ventaja de una edad menor y una prima menor.
Seguro de vida de cobertura vitalicia en el cual el pago de primas queda saldado a los 90 años de edad del asegurado.
Período que se establece como referencia temporal para determinar los resultados económicos de una gestión.
Barco, buque, bote, etc.
Medida cautelar dictada por una autoridad judicial para asegurar el resultado de un proceso. El embargo suele recaer sobre bienes de valor patrimonial cuya disponibilidad se impide con esta medida. Los contratos de seguro son inembargables, no así las indemnizaciones que de ellos emanen.
Aparición inesperada de una condición médica, ya sea una enfermedad aguda, o cualquier otra condición, que amenaza la vida del asegurado y que requiere atención médica inmediata para salvar su vida o para evitar un daño permanente a los órganos o sistemas de organismo.
Sinónimo de primas emitidas. Volumen global de primas o conjunto de recibos ”emitidos” en un ejercicio económico por una compañía de seguros.// Acto de confeccionar un contrato de seguro o de un recibo de primas (emisión de una póliza o emisión de un recibo).
Una o más de las personas naturales que, a la fecha de emisión del seguro o en cualquier otro momento durante su vigencia, se encuentren al servicio regular del asegurado en el curso ordinario de sus negocios, mediante remuneración por medio de salario, jornal o comisiones, bajo la dirección y control directo del asegurado. Para todos los efectos, no son empleados del asegurado los miembros de juntas directivas, de consejos de administración, accionistas, socios, propietarios y otros representantes de similar naturaleza aún con relación de dependencia laboral directa o indirecta con el asegurado; lo mismo que los corredores, comerciantes a comisión, consignatarios, contratistas, intermediarios y otros semejantes que no mantengan relación laboral con el asegurado.
Acción y efecto de encallar una embarcación. Caer en arena o piedra, quedando sin movimiento y sin la posibilidad de zafarse por sus propios medios.
Acción de encubrir o de ocultar hechos importantes y necesarios para los propósitos del asegurador, al negociar un contrato de seguros o, existiendo uno de ellos, al hacer una reclamación.
Acción de endosar. Lo que se anota en el respaldo de un documento. En los seguros, la anotación al dorso de la póliza, para incorporar en ella variantes. // Movimiento que se registra en el sistema que administra los seguros S.I.A.S.
Cualquier alteración o desviación del estado fisiológico de una o varias partes del cuerpo, de origen interno o externo en relación con el organismo, determinado por un médico.
Es cualquier enfermedad, defecto físico o desorden orgánico que se haya adquirido en forma hereditaria o que estaba presente en el momento del nacimiento.
Todo estado patológico, que resulte de la acción continuada de una causa, que tiene su origen o motivo en el propio trabajo o en el medio y condiciones en que el trabajador labora, y debe establecerse que éstos han sido la causa de la enfermedad.
Toda aquella enfermedad o lesión congénita o no, que el asegurado haya adquirido previo a la fecha de su inclusión en el contrato, o en otro al que se de continuidad.
Se entenderá por enfermedad terminal, cualquier alteración o desviación del estado fisiológico de una o varias partes del cuerpo, de origen interno o externo en relación con el organismo, determinada por un médico, la cual llevará a la muerte, inevitablemente en un determinado lapso de tiempo no mayor a dos años.
Sinónimo de compañía de seguros.
Es el conjunto de objetos que se llevan de viaje o que tiene cada asegurado para su uso personal.
Es cualquier parte, accesorio, o componente adicional de cualquier especie, que se adapte al vehículo o adicione al modelo original de fábrica que se presenta al mercado. Cualquier accesorio a asegurar que sobrepase los montos asegurados deberán pagar una prima adicional.
Aquellos bienes que ya no se fabrican o para los cuales ya no se suministran piezas de repuesto.
Véase cláusula de errores y omisiones.
Escape de material sólido, líquido o gaseoso arrojado por un volcán, así como incendio y explosión a consecuencia de dichas materias.
Desecho que queda de un edificio o su contenido al ser dañado o destruido.
Aberturas en las cubiertas del barco para comunicar o permitir el paso de la luz o aire.
Es el largo del buque medido entre los puntos más extremos del mismo.
Consumación probable de un hecho fortuito con la característica positiva de beneficiosa y conveniente.
Pieza o conjunto de piezas que unidas a los costados y al codaste cierran el casco en el extremo de la popa.
Es el precio a cobrar por un evento aleatorio y se obtiene como el producto de la probabilidad de dicho evento por la cantidad de dinero se espera recibir si dicho evento se realiza.
Probabilidad media de vida de un grupo de personas de edades iguales. Se establece de acuerdo con las tablas de mortalidad.
Sinónimo de gasolinera.
Lugar, público o privado, destinado al estacionamiento temporal de los vehículos.
Situar un vehículo en un lugar determinado y mantenerlo sin adelanto ni retroceso.
Proceso técnico, con carácter experimental, de una serie de datos, hechos o circunstancias, que permiten conocer, de manera general, las causas que originan un fenómeno.
Pieza o conjunto de piezas que unidas a los costados y al codaste cierran el casco en el extremo de la popa.
Es el precio a cobrar por un evento aleatorio y se obtiene como el producto de la probabilidad de dicho evento por la cantidad de dinero se espera recibir si dicho evento se realiza.
Probabilidad media de vida de un grupo de personas de edades iguales. Se establece de acuerdo con las tablas de mortalidad.
Sinónimo de gasolinera.
Lugar, público o privado, destinado al estacionamiento temporal de los vehículos.
Situar un vehículo en un lugar determinado y mantenerlo sin adelanto ni retroceso.
Proceso técnico, con carácter experimental, de una serie de datos, hechos o circunstancias, que permiten conocer, de manera general, las causas que originan un fenómeno.
Es el elemento de cohesión social cuyas prácticas y acciones están orientadas a la consecución de la articulación de la sociedad, a la organización del consenso y a la construcción y preservación de su legitimidad y la del sistema político.
Normas de operación establecidas para regular el funcionamiento de una entidad.
Costado derecho del buque.
Sección que le da solidez a un barco.
Conjunto de actuaciones para determinar el valor económico de las pérdidas sufridas por un asegurado cuando ocurre un siniestro.
Conjunto de actividades dirigidas a determinar el valor del riesgo.
Sinónimo de accidente o siniestro.
Hecho que se realiza progresivamente.
Eventos que no tienen ninguna influencia sobre la ocurrencia o no ocurrencia de otro evento.
Sujeto a cualquier evento o contingencia.
Reconocimiento de la persona asegurable, por parte de un médico, para la suscripción de un seguro de vida. Mediante el examen, el facultativo informa a la compañía de seguros sobre la salud del candidato, con el fin de que ella decida la aceptación de la solicitud y la tarifación de la prima.
En el seguro de vida se refiere al sobrante del activo después de deducir las obligaciones técnicas o de cualquier tipo, constatado por el inventario de las reservas matemáticas y sobre el cual se pueden acordar beneficios a los asegurados (dividendos).
Condición de un seguro de no proporcionar protección en algunos puntos concretos de un riesgo asegurado
Cláusulas de una póliza donde se indica aquellas situaciones que no serán indemnizadas por diversas razones, no son fácilmente cuantificables, o bien por su naturaleza representan un alto riesgo para el asegurador como aspectos de responsabilidades del asegurado. Por ejemplo: guerra, actos premeditados que se salen completamente del concepto de eventualidad, dolo, mala fe, fraude etc.
Expresión latina que se utiliza para significar cualquier tipo de acuerdo, decisión o conducta que se adoptan sin estar legal o estrictamente obligado a ello.
Conjunto de materias primas, productos en proceso de fabricación y terminados, empaques, repuestos, accesorios y materiales auxiliares que sean propios y necesarios por razón de la actividad.
Expresión latina que se utiliza para significar cualquier tipo de acuerdo, decisión o conducta que se adoptan sin estar legal o estrictamente obligado a ello.
Conjunto de materias primas, productos en proceso de fabricación y terminados, empaques, repuestos, accesorios y materiales auxiliares que sean propios y necesarios por razón de la actividad.
Prueba lograda con las primas y con los reclamos en un período determinado (usualmente un año o doce meses calendario). El comportamiento de ambos renglones indica la experiencia - positiva o negativa – del negocio.
Fin del contrato de seguro cuando transcurre el período por el cual se aseguró.
Separación o rompimiento repentino y violento de la estructura del bien asegurado por cualquier causa no expresamente excluida de la póliza de seguro, durante el curso corriente del trabajo, que provoque la dislocación fuera de su sitio de la estructura o de cualquier sector de la misma y siempre que vaya acompañada del lanzamiento forzado de sus partes componentes.
Cuando es propiciada por las características propias del cuerpo en donde ocurre.
Grado de posibilidad de ocurrencia de un riesgo.
Sinónimo de expiración, vencimiento.
Restitución a alguien de algo que se le debe. Reembolso o devolución, total o parcial, de la prima percibida anteriormente por el asegurador (extorno o retorno de prima) y/o de la comisión ya percibida por el agente (extorno o retorno de comisión) en caso de rescisión, modificación, reemplazo o anulación de la póliza o contrato de seguro.
Porción que se adiciona a la prima establecida, por variantes en el riesgo no contempladas en la escala de tarifas. También ese adicional obedece a la acceso de coberturas más amplias.
Fuera del territorio nacional.
Siglas en inglés para “ex – works”, que significan puesto en fábrica. Este término se utiliza en el seguro de transportes para indicar que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando pone la mercancía, en su establecimiento (fábrica, almacén, etc.), a disposición del comprador. Según las últimas modificaciones se podrá establecer en el contrato la obligación del vendedor de cargar la mercancía en el medio de transporte utilizado. Esta obligación se deberá establecer formalmente en el contrato.
Muros que dan al exterior de un edificio, ya sean que dan a la calle, patio, un patio de luz o una terraza. Los muros linderos que no tienen ventanas ni claros no se consideran como fachadas.
Son todos aquellos antecedentes patológicos y/o quirúrgicos personales y familiares, que presenta el solicitante de un seguro de vida y que examinados a la luz de otros factores de riesgo como peso, estatura, fumado, ingesta de bebidas alcohólicas, etc., influyen en la ocurrencia de un riesgo de muerte prematura, enfermedad, accidente y/o invalidez.
Son aquellos que tienen que ver directamente con el ámbito moral, laboral, financiero y pasatiempos del solicitante de un seguro de vida, que influyen directa o indirectamente en la ocurrencia de un riesgo.
Documento emitido por un fabricante o vendedor de un determinado bien, en el cual se estipula no solo los términos de la venta de un bien sino que se define el mismo en cuanto a cantidad, características y precio. Su posesión le garantiza al comprador el derecho de propiedad del bien.
Sinónimo de reaseguro facultativo.
Exposición incorrecta, imprecisa o inexacta efectuada por el asegurado o contratante respecto al objeto asegurado o a su características. También puede ocurrir falsa declaración con respecto a las circunstancias que han ocasionado un accidente.
Falta de verdad o autenticidad en la afirmación de un hecho o en la ejecución de un acto.
Ausencia de entrega de los bultos enteros de mercancías, por parte de la compañía porteadora o del intermediario en la cadena de comercio internacional. Riesgo que se cubre en el seguro marítimo y seguro de transporte de mercancías.
Situación que se produce cuando el importe de un recibo de primas no ha sido satisfecho a su vencimiento; su consecuencia normal es la suspensión de las garantías de la póliza.
Comprende al cónyuge del asegurado y sus hijos.
Todo establecimiento comercial autorizado legalmente para el expendio de medicamentos.
Siglas en inglés para “free alongside ship”, que significan libre al costado del buque. Este término se utiliza en el seguro de transportes para indicar que el vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía ha sido colocada al costado del buque, sobre el muelle o en barcazas, en el puerto de embarque convenido. Exige que el comprador despache la mercancía en aduana para la exportación. Este término puede usarse únicamente para el transporte por mar o por vías acuáticas interiores.
Siglas en inglés para “free carrier”, que significan libre transportista. Este término se utiliza en el seguro de transportes para indicar que el vendedor cumple su obligación de entregar la mercancía cuando la pone, despachada de aduana para la exportación, a cargo del transportista nombrado por el comprador o persona por el designada en el lugar o punto fijado, si no es así el vendedor podrá escoger dentro de la zona estipulada el lugar o punto de entrega. Si la mercancía se recoge en las instalaciones del vendedor este debe asumir los costes y gastos de la carga en el medio de transporte, si es recogida en cualquier otro lugar el vendedor no será responsable de la descarga.
Fecha de inicio de la vigencia de un contrato de seguros.
Fecha en que una póliza comienza a regir.
Acción y efecto de fermentar. Proceso químico por la acción de un fermento, que aparece íntegramente al final de reacciones químicas.
Persona a cuyo nombre se expide una póliza de fidelidad individual y que a la fecha de su emisión o en cualquier otro momento durante su vigencia se encuentre al servicio del patrono reportado en el puesto que se determina en ese documento y mientras ello ocurra dentro de los límites de la República de Costa Rica.
Obligación accesoria que se hace para dar certeza de que otro pagará lo que debe o cumplirá a lo que se obligó.
Propiedad inmueble, que puede ser urbana o campestre.
Documento en el que se expresa constancia de acuerdo con el ajuste de una pérdida cubierta por un seguro.
Ruptura de dos o más fragmentos del núcleo de un átomo acompañada de liberación de energía, provocado por una partícula incidente, especialmente un neutrón.
Retribución económica por el servicio de transporte de mercancías. Precio estipulado por el alquiler de un buque, o parte de él. Carga que se transporta.
Diferencia entre el valor instantáneo de una cantidad oscilante y su valor normal.
Siglas en inglés para “free on board”, que significan libre o puesto a bordo. Este término se utiliza en el seguro de transportes para indicar que el vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía ha sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. El vendedor tiene que despachar la mercancía de exportación. Si las partes no desean entregar las mercancías a través de la borda del buque, debe usarse el término F.C.A.
Entidad jurídica cuyo fin es la adquisición de bienes mobiliarios o inmobiliarios, y que está participado por personas físicas o jurídicas, a los que se les entregan participaciones, que es su acreditación de tener un fragmento del mismo.
Patrimonio compuesto por las participaciones adquiridas por los fondistas de un plan de pensiones, más los intereses y rentas que adquiera dicho capital.
Característica legal del contrato de seguro. La forma debe ser exclusivamente la escrita. El contrato de seguro sólo puede probarse por escrito, sin embargo todos los demás medios de prueba serán admitidos si existe principio de prueba por escrito.
Opción que la compañía de seguros ofrece al asegurado para pagar la prima total de la póliza, de algunos contratos. Dependiendo del seguro, éstas pueden ser: semestral, trimestral, bimestral, mensual y deducción mensual.
Son las clasificaciones del reaseguro en contratos proporcionales y no proporcionales.
Siglas en inglés para “free from particular average”, que significa libre de avería particular. Este término se utiliza en el seguro de transportes. Véase esta definición.
Sinónimo de prima fraccionada.
Modalidad de deducible donde el asegurador paga la totalidad de las pérdidas si éstas son superiores al monto de la franquicia definida en la póliza. En caso contrario, el reclamo no se paga en su totalidad, lo cual constituye su diferencia con el deducible
Acto mediante el cual una persona engaña para obtener ilícitamente indemnización sobre el Contrato de Seguros.
Situación que se produce cuando el propio asegurado ha procurado intencionadamente la ocurrencia del siniestro o exagerado sus consecuencias con ánimo de conseguir un enriquecimiento injusto a través de la indemnización que espera lograr del asegurador. En sentido amplio, una actuación fraudulenta es aquella que se realiza en contra del principio de buena fe. El descubrimiento del fraude, aparte de las consecuencias penales que puede implicar para el autor del mismo, puede suponer la rescisión de la póliza y la pérdida de todo derecho indemnizatorio.
Cantidad de eventos o siniestros que ocurren durante un período determinado, generalmente un año. Este dato estadístico es usado en prevención de pérdidas, factor que influye el establecimiento de la prima. Razón que mide la ocurrencia de accidentes.
Sistema de aseguramiento por el que la entidad aseguradora a quien se contrata una póliza, le transfiere el riesgo íntegramente, a otras aseguradoras o reaseguradoras, y en donde los términos y condiciones son establecidas por la que recibe esa transferencia.
Fuego que rebasa el sitio en que se intentó mantenerlo.
Fuentes de calor (calor radiante, llama, chispa, etc.) capaz de originar una combustión.
Sistemas dispuestos para el cobro y recaudación de las primas del seguro obligatorio automotor, son tres: 1. cajas recaudadoras en línea, 2. cajas recaudadoras en modo local y 3. pago electrónico.
Acontecimiento ajeno a la conducta del asegurado, producido al margen de la misma con fuerza incontrastable, liberando al asegurado de la responsabilidad del incumplimiento de una obligación.
Se entiende que la hay cuando se verifique el robo con la rotura de muros, paredes, techos o suelos, con empleo de la fuerza mediante fractura de puertas o ventanas.
Reacción producida por la unión de dos núcleos ligeros que da lugar a un núcleo más pesado, con gran desprendimiento de energía.
Lugar o local dedicado a la guarda de automóviles.
Es el límite estipulado en el contrato de seguros por el que el asegurador se hace cargo de las consecuencias económicas de un siniestro.
Compromiso del asegurador de concederle a un asegurado la cobertura de un riesgo aún cuando no se haya formalizado el contrato definitivo de seguro.
Surtidor público de combustible gasolina, diesel. También puede ofrecer otros servicios para los vehículos, como venta de artículos, líquidos, revisión de aceite, aire, agua o reparación.
Promedio de costo que se observe en el mercado para la atención de la lesión cubierta por la póliza de los seguros de accidentes y salud, al momento de incurrir en el gasto.
Aquellos dineros necesarios para satisfacer gastos de comisión, impuestos y gastos administrativos.
Gastos incurridos durante el ajuste de un reclamo, como por ejemplo, por investigaciones, por inspecciones, honorarios de abogados, etc.
Entendiendo como tales, aquellos que permitan disminuir el costo de una pérdida. Es una pérdida consecuencial al daño directo.
Aquellos en los que el asegurado necesaria y efectivamente incurra, para continuar con las operaciones normales de la empresa asegurada, en caso de suceder un siniestro que dañe o destruya la propiedad asegurada, como consecuencia de la realización de los riesgos que ampara el contrato de daño directo.
Los ocasionados por fallecimiento de una persona.
Desembolsos que pesan sobre las partes con ocasión de un proceso judicial. Es independiente al cargo como costas por ser condenadas.
Cargos razonables por servicios médicos, quirúrgicos, exámenes de laboratorio, rayos x y similares, dentales, ambulancia, hospital, enfermería profesional, dispositivos protésicos y funerarios.
Es un proceso que se dedica a estudiar, analizar, y predecir con el mayor grado de exactitud posible, la ocurrencia de hechos que puedan provocar un perjuicio y afectar económicamente a una persona, institución o empresa, con el objeto de medir y canalizar tales hechos, para que no ocurran, y si finalmente ocurren, causen el menor daño posible.
Aumento instantáneo de la presión del agua de una tubería, provocado al cortar la corriente por el cierre brusco de dicha tubería.
Actuación violenta mediante la que se pretende arrebatar los poderes del gobierno del Estado a quien los estuviere desempeñando.
Grado de la incapacidad permanente resultante de un accidente cubierto por la póliza. El grado define el porcentaje de indemnización, de acuerdo a la pérdida de la capacidad general y las condiciones del contrato de seguro.
Ocurre cuando el trabajador ha quedado con incapacidad total permanente y además requiere de la asistencia de otra persona, para realizar los actos esenciales de la vida: caminar, vestirse y comer.
Agua congelada que desciende con violencia de las nubes, en granos más o menos duros y gruesos pero no en copos como la nieve.
Conjunto de personas unidas por un vínculo, nexo legal demostrable o interés común, constituido previa e independientemente a la contratación de la póliza.
Lucha o enfrentamiento con utilización de armas bélicas y actuación de tropas regulares, que se produce entre dos o más grupos de personas, a causa de antagonismo y disidencias graves y recíprocas y que da lugar a una ruptura de las relaciones normales entre ellos. También incluye invasión, guerra civil, terrorismo, insurrección o cualquier acto atribuible a tales sucesos.
Enfrentamiento armado que tiene lugar entre los habitantes de un mismo país.
Enfrentamiento armado en el que intervienen dos o más países.
Documento o conocimiento de embarque que emite el transportista aéreo, aceptando de conformidad las mercaderías que transportará y estableciendo las condiciones bajo las cuáles se efectuará ese transporte.
Comportamiento o característica de un individuo en una comunidad, considerados en la solicitud de emisión de diferentes seguros.
Pieza o superficie compuesta de varias secciones helicoidales que forman varias palas, dispuestas sobre un núcleo firme a un eje, con inclinación adecuada sirve para imprimir movimiento o una embarcación.
Conexión para mangueras contra incendio que suele situarse en el exterior de los edificios.
Derecho real que grava bienes inmuebles. El asegurador, de constar en el contrato, pagará la indemnización al acreedor.
Siglas utilizadas para designar el virus de inmunodeficiencia humana.
Se utiliza en el seguro de riesgos del trabajo con el fin de equilibrar la tarifa que corresponde al asegurado en virtud de la experiencia siniestral existente, con el fin de establecer la tarifa que debe pagar para el período siguiente.
Evaluación, de la organización preventiva, y en general a las condiciones de trabajo presentes en la empresa, mediante procedimientos directos o indirectos, a través de la evaluación de los indicadores que muestren el comportamiento siniestral de la empresa y que permitan al ente asegurador, valorar los logros que en materia preventiva tiene la empresa, el sector o la actividad económica. Sobretodo, cuando las condiciones imperantes hacen prever que en el mediano y largo plazo, tendrán un efecto significativo sobre la salud de los trabajadores y sobre la demanda de servicios.
Comparación del monto asegurado en el seguro de riesgos del trabajo, según lo proyectado contra el monto real reportado en las planillas mensuales y ajustando a un nuevo monto asegurado.
Cláusula que reconoce el importe de los servicios prestados por un profesional mediante un contrato de arrendamiento de servicios, en caso de siniestro bajo lo estipulado en el contrato.
Todo establecimiento médico asistencial con capacidad y autorización legal para el internamiento de pacientes de: medicina, procedimientos médico quirúrgicos, gineco-obstetricia o pediatría.
Cesación colectiva y concentrada del trabajo por parte de los trabajadores, con el objeto de obtener determinadas condiciones de su patrono o ejercer presión sobre los mismos.
Producto que en forma gaseosa se desprende de una combustión incompleta. Se compone principalmente de vapor de agua y ácido carbónico, que lleva consigo carbón en polvo muy tenue.
Fenómeno de la naturaleza. Viento de fuerza extraordinaria, que se alcanza cuando la velocidad de sus vientos es de ciento veinte (120) kilómetros o más por hora, según la escala Boufoux. A partir de allí, se forman cinco categorías de huracanes según la velocidad de los vientos. Se conoce como Ciclón o Tifón en Asia (Mar de la China y Oceánico Indico).
Tomar o retener bienes ajenos contra la voluntad de su dueño, sin intimidación en las personas ni fuerza en las cosas.
Apoderamiento de la propiedad asegurada por parte de persona o personas de forma furtiva y sin que medie fuerza sobre las cosas, ni violencia o intimidación sobre las personas o los bienes.
Es la utilización temporal del vehículo asegurado, por una o más personas, sin consentimiento del asegurado o de quien pueda concederlo legalmente, con restitución posterior con daños.
Siglas en inglés para “International Air Transport Association”, que significa Asociación Internacional de Transporte Aéreo. Esta organización se encarga de representar y servir en la industria aérea. Su principal tarea es la de controlar la eficiencia en el servicio aéreo de las aerolíneas.
Siglas para índice de desarrollo preventivo. Este índice se utiliza en el seguro de riesgos del trabajo para calificar los esfuerzos de la empresa en la prevención de accidentes.
Actos que se ejercen con ignorancia de las reglas respectivas. Falta o insuficiencia de aptitudes para el ejercicio de la profesión o arte. Desconocimiento de los procedimientos más elementales.
Irrupción brusca del aire acompañada del ruido y con efectos destructivos, en un recinto que se halla a presión inferior a la de la atmósfera.
Actuación con culpa por no haber actuado con previsión y debida diligencia. Realización de actos inusitados, fuera de lo corriente que por ello pueden causar dañosos.
Conjunto de gravámenes fiscales que recargan la prima neta.
Imposibilidad, por la pérdida de la capacidad general, de las personas para el desarrollo de sus actividades normales. Puede ser total, parcial o temporal.
Es la que causa una disminución de facultades o aptitudes para el trabajo, consistente en una pérdida de capacidad general, orgánica o funcional, que va del 0.5% a menos del 50%.
Es la que causa una disminución de facultades o aptitudes para el trabajo, consistentes en una pérdida de capacidad general, orgánica o funcional, igual o mayor al 50% pero inferior al 67%.
La constituida por la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita al trabajador para desempeñar el trabajo por algún tiempo no mayor a 365 días.
Es la que causa una disminución de facultades o aptitudes para el trabajo, consistente en una pérdida de capacidad general, orgánica o funcional, igual o superior al 66%.
La constituida por la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita al trabajador para desempeñar el trabajo por algún tiempo no mayor a 365 días.
Es la que causa una disminución de facultades o aptitudes para el trabajo, consistente en una pérdida de capacidad general, orgánica o funcional, igual o superior al 66%.
Fuego que abrasa lo que no está destinado a arder. Fuego que se sale de los cauces normales y deja de ser útil para convertirse en hostil.
Incendio accidental o fortuito causado por fuentes bajo el control del asegurado, en el que no hay intención de provocarlo por parte de éste.
Incendio originado intencionalmente por el asegurado.
Falta de certidumbre, duda. Estado en que existe riesgo.
Trámite establecido para incorporar a los trabajadores (as) que ingresan a la empresa posterior a la última planilla presentada del mes inmediatamente anterior y previo a la presentación de la del mes en ejercicio. Su función es garantizar que toda persona que se incorpore a la empresa a laborar, esté convenientemente empadronada.
Formulario que permite al patrono reportar nuevos trabajadores e incluirlos dentro de la protección del seguro de riesgos del trabajo.
Siglas en inglés para “International Commercial Terms”, que significan Términos de Comercio Internacional. Éstos son los que permiten definir las responsabilidades entres las dos partes que intervienen en el comercio internacional. Conjunto de normas internacionales que sirven para interpretar los términos más utilizados en el comercio.
Acción y efecto de indemnizar. Resarcir un daño o perjuicio. Cantidad que cobra el asegurado una vez ocurrido el siniestro.
Cifra o coeficiente que refleja el promedio del número de siniestros que el titular de una póliza de seguros tiene durante un año completo o el promedio de siniestros por año de todo un conjunto o cartera de pólizas.
Cifra que refleja el costo promedio de los siniestros producidos respecto a un asegurado o conjunto de asegurados o con relación a una determinada cartera de pólizas.
Es la relación proporcional existente entre las indemnizaciones netas pagadas por el Instituto Nacional de Seguros bajo cualquier cobertura y las primas netas pagadas bajo cualquier cobertura, durante un período determinado.
Condición de indisputable. Que no admite disputa. En algunos contratos de seguros (vida, por ejemplo)se establece esta cláusula después de un número definido de años (2 o 3) a partir de la emisión del seguro. Define que el asegurador no establecerá querella en relación con los acuerdos del seguro, aduciendo carencia de buena fe ejercida cuando se hizo el contrato.
Artículo de las condiciones generales que especifica los hechos o acciones que provocan la nulidad del contrato y por ende liberan al Instituto Nacional de Seguros de la obligación del pago de un reclamo.
Se produce cuando el asegurado ha mentido o ha omitido algún dato esencial para la definición real del riesgo asegurado en las declaraciones presentadas a la entidad aseguradora o en la reclamación.
Acto doloso de tipo penal con ánimo de lucro, cometido en perjuicio económico del asegurado por uno o más de sus empleados, conforme a los términos del contrato de seguro.
Fase de un ciclo económico que se caracteriza por precios anormalmente altos, disminución del poder adquisitivo del dinero y creciente de costos y salarios.
Reporte que debe entregar el inspector acerca del riesgo o evento. Ayuda en la decisión sobre la aceptación del contrato o indemnización.
Todos los elementos o servicios necesarios para la creación y funcionamiento de una empresa.
Situación que se origina cuando el valor que el asegurado atribuido al objeto garantizado en una póliza, es inferior al que realmente tiene. Ante este hecho, en caso de producirse un siniestro, el asegurador tiene derecho a aplicar la regla proporcional. Se calcula en forma independiente para cada bien asegurado. Por ejemplo: una casa vale ¢1.000.000,00, pero se asegura contra el riesgo de incendio por un valor de ¢700.000,00; aquí se presenta infraseguro, al momento de calcular el monto en caso de siniestro donde se estime que el valor de pérdida es de ¢400.000,00, se pagaría solamente ¢280.000,00, según la siguiente fórmula proporcional: Monto Asegurado x Monto de la pérdida = Monto a indemnizar Valor Real del bien
Bien material, que por su propia naturaleza no puede ser trasladado de un lugar a otro. En este sentido es lo contrario a mueble.
Siglas utilizadas para designar al Instituto Nacional de Seguros.
Derecho del asegurador para constatar los datos descritos en la solicitud de un seguro.
Es la evaluación del riesgo escrito de forma física con la visita y observación del riesgo o con la revisión de documentación del cliente.
Equipos o aditamentos fijos a los edificios que suministran los servicios complementarios para su utilización. No se consideran como parte de las instalaciones maquinaria o equipo que funcione, o las instalaciones especiales que se requieran para un fin determinado.
Nombre con el que se identifica al Instituto Nacional de Seguros en los contratos de seguros y en el lenguaje común de sus funcionarios.
Asociación privada sin fines de lucro, reconocida por el Gobierno de Costa Rica como el ente nacional de normalización y como una organización de interés público, cuya misión es fomentar y desarrollar actividades de normalización, así como de apoyo que permita asegurar con credibilidad que las entidades objeto de evaluación de conformidad satisfagan las exigencias y necesidades de los agentes económicos y sociales.
Entidad estatal autónoma que tiene a su cargo la administración, con carácter de monopolio, de los seguros en Costa Rica. Fundado en 1924 bajo la administración del presidente Ricardo Jiménez Oreamuno. Su ministro de hacienda, Tomás Soley Güell, consideró conveniente que el Estado tuviera el dominio de los seguros comerciales e impulsó la restauración del monopolio mediante una disposición legislativa. Se creó, así el INS quien atendió, en primera instancia el Seguro de Riesgos Profesionales, ya existente y, luego, los otros, con excepción de los seguros sociales. Privó en los legisladores que elevaron la creación del monopolio la tesis de que la actividad aseguradora debería ser algo más que una empresa que se produce beneficios máximos, para significar un soporte a la economía y desarrollo del país. El seguro colocado en nuestro país por agentes de empresas extranjeras se dirigía hacia las líneas de seguros más rentables y hacia grupos de fuerte poder económico. No existía el interés por las líneas de beneficio social. Los fondos que mantenían las empresas de seguros, por otra parte, debían ser invertidos en beneficio del país en donde se originaron. Una entidad nacional usaría sus reservas en inversiones que acrecentarían la economía del país y, sobre todo, resolvería problemas de sentido social. Un mercado pequeño, apuntaron además los legisladores, sería mejor atendido por una única compañía, si ella era bien organizada y tenía controles eficientes emanados del mismo Estado. De sus utilidades un porcentaje se usa para reforzar la reserva para contingencias del Seguro de Cosechas – antes en la construcción de caminos y carreteras -. El Instituto atiende el Seguro Obligatorio de Automóviles y otros de carácter solidario, como el de Riesgos Profesionales (actualmente Riesgos del Trabajo). Atiende el costo del Cuerpo de Bomberos, e invierte sus excedentes en valores que mejoran la economía nacional.
Siglas utilizadas para designar al Instituto de Normas Técnicas de Costa Rica.
El interés asegurable es la relación de naturaleza económica entre una persona (asegurado) y un bien (mueble o inmueble), que está expuesto a ser afectada por un riesgo, de tal manera que la conservación del bien le sea beneficiosa y su deterioro o pérdida le cause un detrimento patrimonial. Esta relación adquiere en el contrato de seguro una importancia extraordinaria, ya que constituye el objeto del contrato; su existencia es esencial para legitimar la póliza de seguro e impedir que degenere en una apuesta. Tres elementos configuran el interés asegurable: un bien, la relación jurídica con éste y su exposición a un riesgo determinado, entendiendo que lo que se asegura, es decir, el objeto del contrato, no es la cosa amenazada por un riesgo, sino el interés del asegurado en que el daño no se produzca. El interés asegurable, debe estar presente al momento de celebrar el contrato, y debe permanecer durante la vigencia del seguro o al menos estar presente al momento de la ocurrencia del siniestro, ya que su ausencia hará inexistente cualquier derecho a una indemnización. El suscriptor del contrato no necesariamente debe ser el titular del derecho (propietario registral) sobre la cosa asegurada. La Ley de Seguros, en su artículo 3, establece con claridad que cualquier persona que tenga un interés real en la conservación de un bien puede suscribir un contrato de seguro, sin que sea absolutamente necesario que ostente la calidad de titular del mismo, pero sí será indispensable que la ocurrencia de un siniestro le signifique una pérdida económica o patrimonial en términos reales. Por ello, en la tramitación de los Seguros Generales se respetará el interés asegurable de todas las personas mencionadas en el artículo 3 de la Ley de Seguros; no obstante, en todas las suscripciones donde el solicitante sea persona distinta al propietario del bien, deberá explicar y presentar la documentación idónea que demuestre el interés asegurable que posea sobre el bien o bienes asegurados.
En muchos casos, tal como ocurre en el caso de los cálculos en el seguro de vida, el interés ganado se dejará acumulado al principal original para ganar intereses en forma conjunta. Cuando los intereses no se distribuyen pero se utilizan para ganar fondos adicionales, el interés ganado se conoce como interés compuesto.
El interés que se acredita o se paga solo al monto principal original se describe como interés simple.
Consiste en la interrupción del proceso productivo de la empresa como resultado de un evento que produce pérdidas dentro de los predios del complejo. La pérdida por interrupción de negocios equivale a la merma en los ingresos más el incremento en los gastos que necesariamente deben continuar durante el lapso de paralización de actividades.
Es una cobertura de pérdida consecuencial. Cubre las pérdidas en las ganancias netas de una empresa asegurada, si la empresa que es proveedora, subcontratista, cliente clave o fabricante con el que realiza negocios no puede continuar sus operaciones, como consecuencia de daños o destrucción.
Acción y efecto de intimidar. Causar o infundir miedo.
Efecto directo de la acción de las aguas de lluvias, de deshielo, o de los ríos, de los lagos, diques, represas, embalses y otros depósitos semejantes, causado por el desborde de sus cauces.
Situación en la cual la persona queda imposibilitada, físicamente, para realizar sus actividades diarias a consecuencia de una enfermedad o de un accidente. Es por tanto sinónimo de incapacidad.
Incursión en un territorio haciendo uso de la violencia o medios agresivos, e ilegítimos, con intención de ocuparlo.
Lista detalla de un patrimonio o parte del mismo. // Suele utilizarse como sinónimo de mercancías.
En los seguros personales, cálculo del valor actual de las obligaciones asumidas por el asegurador, disminuidas del valor actual de las obligaciones asumidas por los asegurados.
Siglas utilizadas para Instituto Parauniversitario de Estudios en Seguros y Afines. Es un Instituto encargado de capacitar en seguros y en la carrera de bomberos a cargo del Instituto Nacional de Seguros.
Falta de certidumbre, duda. Estado en que existe riesgo.
Trámite establecido para incorporar a los trabajadores (as) que ingresan a la empresa posterior a la última planilla presentada del mes inmediatamente anterior y previo a la presentación de la del mes en ejercicio. Su función es garantizar que toda persona que se incorpore a la empresa a laborar, esté convenientemente empadronada.
Sinónimo de proceso.
Territorio en que un juez ejerce sus facultades.
Principios que se fundan en las decisiones o fallos de las autoridades gubernativas o judiciales. Norma que se funda en las prácticas seguidas en situaciones análogas o semejantes.
Todo establecimiento autorizado por el Colegio de Microbiólogos y Químicos de Costa Rica para realizar exámenes bioquímicos, hematológicos, de excreciones y secreciones corporales, realizados por un microbiólogo o técnico en microbiología debidamente autorizado por el colegio respectivo.
Siglas que significan libre de avería particular, (véase este término) su homólogo en inglés es F.P.A., “Free Particular Average”.
Daños corporales o mentales, enfermedades o afecciones. Se incluye el cuidado, pérdida o disminución de la capacidad corporal o mental y la mente resultante.
Es un documento emitido por una entidad financiera para garantizar a una tercera persona el cobro efectivo y seguro de un compromiso comercial contraído. Usualmente se emite debido a la distancia que hay entre las dos partes de una transacción comercial y la necesidad de garantizar el cobro efectivo en la misma en una relación donde normalmente se tienen diferentes legislaciones, monedas, controles, etc.
Postulado científico, formulado por el francés Poisson, que establece que los fenómenos eventuales, circunstancialmente manifestados al examinar en forma continua un mismo acontecimiento, tienden a regularizarse hasta adquirir una constante, en la medida en que aumenta el número de veces en que la observación se hace, o se extiende la experiencia en la masa de fenómenos. Es una base fundamental de la técnica actuarial para el cálculo y la determinación concreta de las primas.
Es una cobertura que además de la pérdida total reconoce los gastos por salvamento y avería gruesa. También permite adicionar la cobertura de robo y falta de entrega de bultos enteros sin que pierda su contexto básico.
Suma máxima por la cual el Instituto asume responsabilidad y otorga cobertura durante el período de la póliza suscrita. Es complementario del límite único combinado.
Monto autorizado a cada nivel jerárquico para aceptar la emisión de riesgos por seguro y zona de fuego.
Sinónimo de edad límite.
En las pólizas de responsabilidad civil del tipo “umbrella”, es la suma en exceso de la cual se amparan todos aquellos eventos que, siendo susceptibles de cobertura en una póliza con cobertura de responsabilidad civil según el clausulado respectivo, por cualquier circunstancia no se disponga de dicha póliza.
Sinónimo de suma asegurada. En el Seguro Marítimo es el límite máximo por viaje o embarque.
Es el monto máximo protegido en cada trasiego o evento. En el seguro marítimo, está referido a la concentración de dos o más embarques en un punto o locación intermedia del trayecto asegurado.
Modalidad de aseguramiento, normalmente otorgado en las pólizas con cobertura de responsabilidad civil, que ampara las sumas que el asegurado se vea obligado legalmente a reconocer por concepto de responsabilidad civil por daños y perjuicios causados a terceros en sus personas o sus bienes, sin que en conjunto superen el límite estipulado en las condiciones particulares del contrato, menos el deducible estipulado por evento.
Intersección del plano de nivel del agua con la superficie exterior del casco.
Retención del asegurador (por cuenta propia), en reaseguros proporcionales.
Acto de evaluar la procedencia del reclamo, conociendo las circunstancias del hecho, su encuadre en la cobertura de la póliza, el monto del daño y el importe a indemnizar según la medida de la prestación y el límite de suma asegurada convenida.
Realizar el ajuste final de un reclamo, o de la prima por el contrato en declaraciones.
Expresión mediante la que se quiere significar la posibilidad de conversión inmediata en metálico de una serie de bienes o derechos.
Calidad de literal. Conforme a la letra del texto, o el sentido exacto y propio de las palabras.
Bolsa de seguros compuesta por diversos sindicatos cada uno especializado en riesgos muy particulares. Además de proveer cobertura primaria sobre los riesgos, también participa en el reaseguro y retrocesión. La membresía a un sindicato está limitada de forma individual con una gran red mundial y cada miembro puede pertenecer a uno o más sindicatos.
Grupo de suscriptores que se especializan en riesgos muy particulares y cuya participación en cada seguro es a través del Lloyd’s de Londres.
Escapes de agua de receptáculos y conductos. Desagüe accidental, derrame o desbordamiento de agua del sistema de plomería y de los tanques, entrada de agua a través de ventanas, tragaluces, derrumbe o caída de tanques de agua.
Sitio en donde se desarrollan las actividades del asegurado, indistintamente si posee varios locales para tales fines, incluyendo bóvedas de seguridad, oficinas, bodegas y similares, siempre que tales locales se encuentren declarados en la póliza.
Ganancia, provecho.
Pérdida de ganancias a consecuencia de una determinada interrupción. Existen coberturas específicas de seguros para algunas situaciones. Ej. interrupción de la explotación a consecuencia de incendio e interrupción de la explotación por rotura de maquinarias. En general lo que se ha dejado de ganar por culpa de quién ha ocasionado el hecho (reclamo por responsabilidad civil).
Documento guía que debe ser completado de forma igual. Algunas veces sólo se deben llenar los espacios en blanco.
Actitud fraudulenta o de engaño por parte de quien conviene un acuerdo, con ánimo de perjudicar al otro contratante. En seguros la mala fe puede corresponder al asegurado por declaración de riesgos o siniestros de forma inexacta o con intención de esconder los hechos reales y de parte del asegurador al redactar las condiciones contractuales sin consideración de beneficiar al asegurado.
Paredes que dividen internamente los compartimientos de una embarcación.
Contar con una concentración de alcohol en la sangre superior a 50 miligramos por cada 100 miligramos de sangre (0.05%).
Es el ancho del buque y se define como la medida máxima en la parte más ancha del buque y que comúnmente es el centro.
Tromba, fenómeno similar al tornado, pero menos violento.
Tubo (flexible o semirrígido) provisto en sus extremos de conectores que permitan acoplarlo a la válvula o a otra manguera, para la prevención de riesgos o trasiego de líquidos.
Documento detallando la mercancía que se halla a bordo de un buque o medio de transporte.
Oportunidad y rapidez con que deben efectuarse las reparaciones.
Se hace según experiencia y un rol definido, para evitar fallas por uso y desgaste de ciertas partes de la maquinaria, susceptible de deterioros paulatinos.
Instrumento previamente establecido, ordenado considerando la clasificación y agrupación del riesgo por el sector o compañía de seguro, basado en estadísticas de comportamiento siniestral del riesgo.
Se aplica a los montos asegurados en las pólizas de riesgos del trabajo que se aseguran por primera vez. Considera la codificación adoptada por el Ministerio de Planificación, basado en el Código Internacional Industrial Uniforme de todas las actividades económicas, define la exposición al riesgo de cada una de ellas. Incluye la tarifa anual y las recargadas para las formas de pago semestral y trimestral.
Libros útiles en el seguro de vida, que contienen una clasificación internacional de padecimientos y enfermedades con los recargos aplicables a la prima básica y beneficios adicionales. También indica los riesgos no asegurables.
Equipo utilizado y necesario para el giro del negocio, el cual debe componerse de tres aspectos: motor, transmisión y ser utilizada como herramienta o para desarrollar el trabajo. Puede ser mecánico o electromecánico.
Es una ola o serie de olas que se producen en una masa de agua al ser empujada violentamente por una fuerza que la desplaza verticalmente.
Toda clase de materias propias y necesarias al giro del negocio en el estado en que se adquieren para su transformación.
Condición que particulariza para efectos distintivos a un vehículo, sea vehículo automotor terrestre, aeronaves o embarcaciones.
Profesional en medicina, capacitado para practicar legalmente la medicina y la cirugía, con título académico extendido por una Universidad reconocida y debidamente incorporado al Colegio Profesional de Médicos del país respectivo.
Profesional autorizado legalmente para ejercer en el campo de la odontología.
Para el seguro de robo, son las condiciones físicas de seguridad que debe reunir la construcción que alberga los bienes objeto de seguro. Se clasifica en seguridad mínima, seguridad mediana y seguridad máxima.
Son aquellas que se agregan a un inmueble, que no son partes esenciales y que pueden asegurarse en forma separada.
Muebles particulares que permiten la convivencia de una persona dentro de su casa de habitación o apartamento, tales como ajuares de sala, comedor y recámara, ropa, objetos de arte y fantasía (pero no joyas o alhajas, cosméticos ni dinero), espejos, cuadros, cortinas, alfombras, candiles, libreros e instrumentos musicales, aparados eléctricos, objetos de loza, cristalería, enseres de comedor, batería de cocina y en general, cualquier tipo de mobiliario de habitación particular del asegurado, sus familiares y servidumbre.
Conjunto de actividades empresariales tendientes a orientar el flujo de los productos o servicios desde las empresas hasta los clientes. Estudio constante de los clientes, sus necesidades, gustos, preferencias.
Toda clase de productos terminados, en proceso o materias primas, propios y necesarios al giro del negocio para su venta.
Se refiere a la acción de pérdida natural, tanto de peso como de volumen de algunos productos.
Muebles, útiles y enseres incluyendo aparadores, mostradores, anaqueles, estantería y equipo en general propios y necesarios para el giro del negocio asegurado.
Sinónimo de tipo de seguro.
Método de operación.
Situación del mercado en la sólo existe un vendedor y numerosos compradores.
Constituye el monto máximo protegido durante el período póliza, de tal manera que de darse varios eventos independientes, amparados bajo una misma cobertura en el transcurso de la vigencia del seguro, la compañía de seguros será responsable en conjunto hasta por el monto indicado.
Es la estimación del total de los salarios a pagar por el patrono durante el año de vigencia de la póliza a suscribir o a renovar del seguro de riesgos del trabajo, más un 10% de incremento por aumentos salariales en el año póliza.
Término utilizado en el seguro de accidentes y salud e indica que el contrato se presenta con dos o más opciones de monto guardando relación entre sí, de acuerdo a criterios técnicos establecidos.
Término utilizado en el seguro de accidentes y salud e indica que se tendrá la misma suma para cada uno de los asegurados incluidos en dentro de un contrato, no puede ser diferentes sumas.
Retraso o dilación injustificada en el cumplimiento de una obligación. Es nulo el convenio que exonere al asegurador de la responsabilidad por su mora. El asegurador incurre en mora por el sólo vencimiento de los plazos.
Movimiento desordenado de una muchedumbre que actúa contra el Asegurado de una manera tumultuosa, bulliciosa o violenta y en desafío de la autoridad constituida, o con infracción a sus disposiciones.
Construcción hecha en la orilla del mar o río para permitir el atraque de los barcos y efectuar las operaciones de carga y descarga.
Terminación de la vida. Es el riesgo cubierto en el seguro de vida.
Es aquel construido de piedra, concreto reforzado u otro material resistentes al fuego cuando menos por dos horas.
Aquel que sirve para confiar o retener el terreno sobre el que se ha construido algún edificio o alguna otra construcción, así como el que se encuentran protegiendo a las edificaciones del nivel del terreno circundante. No se considera muro de retención aquel que es parte del edificio y que está bajo el nivel del piso accesible más bajo, por considerarse cimentación.
Estructuras que rodean o respaldan una construcción, pueden ser de diferentes materiales tales como piedra, ladrillo, bloques de concreto reforzado y no deberán presentar aberturas. Sin embargo, éstas últimas podrán admitirse cuando estén protegidas por puertas o portones con una resistencia mínima al fuego de dos horas, o estén construidas por secciones de bloques de vidrio o cualquier otro material que satisfaga la anterior condición. En ningún caso, estas aberturas podrán exceder de 12 metros cuadrados
Principio del seguro en el que todos participan equitativamente en el riesgo.
Es la cualidad que determina el vínculo que une a una cosa o persona, física o jurídica, con una Nación determinada al cual pertenece.
Pérdida de un buque por hundimiento, varada u otra causa análoga. Riesgo propio del seguro marítimo.
Descuido u omisión, imprudencia, impericia, falta de diligencia o falla en el ejercicio del grado o estándar de cuido legalmente requerido (a una persona prudente) para proteger a otros bajo las mismas circunstancias, de un riesgo irrazonable de peligro, daño o perjuicio.
Se refiere a la actividad económica del asegurado declarada en la póliza.
Relación existente entre el daño originado y el hecho que lo ha producido, necesario para determinar las responsabilidades de su autor.
Siglas en inglés utilizadas para designar a la “National Fire Protection Association”, que significa Asociación Nacional de Protección del Fuego. Esta asociación está ubicada en Estados Unidos, es sin fines de lucro, desarrolla y regula códigos de seguridad y estándares relacionados con la protección de personas y propiedad contra el fuego. Su financiamiento es percibido de los honorarios recibidos de los manuales técnicos y otros materiales que publican. Costa Rica se apega a estas normas de seguridad y guía al asegurado con el fin de que cumpla con las recomendaciones que esta asociación promulga, para la protección de vidas y bienes.
Espacio utilizable comprendido entre dos elementos constructivos (piso y techo), con una altura mínima de 2 metros.
Monto permitido a cada escalafón jerárquico para la suscripción de seguros.
Lista de trabajadores de una empresa con la indicación del monto de su salario mensual.
Son documentos técnicos de referencia que establecen requisitos en el campo de la salud ocupacional, aplicables a procesos, servicios, actividades, personas y sistemas. Su utilización ayuda a reducir costos, mejorar la prevención y son un complemento de las normas relacionadas con la calidad y el ambiente.
Documento final donde se establecen las normas, entiéndase términos y condiciones- que rigen para un reaseguro obligatorio – facultativo o automático.
Circunstancia que determina la anulación o rescisión de un contrato. La principal consecuencia de un contrato nulo estriba en que no pueden producirse los efectos previstos, los cuáles, en el caso de una póliza de seguro, son fundamentalmente el pago de primas por parte del asegurado y la liquidación de indemnizaciones por parte del asegurador.
Siglas para la Organización de Aviación Civil Internacional. Esta endidad fue creada el 4 de abril de 1947, con el fin de lograr el crecimiento seguro y ordenado de la aviación civil internacional, apoyar el desarrollo de redes aéreas, aeropuertos e instalaciones y servicios de navegación para satisfacer la necesidad del público de contar con un sistema de transporte aéreo seguro, regular, eficiente y económico. Para lograr esos objetivos, la O.A.C.I. instrumenta normas que regulan el desempeño de los pilotos y tripulación de las aeronaves, los controladores del tránsito aéreo y las cuadrillas terrestres y de mantenimiento. Asimismo, regula el transporte de mercaderías peligrosas en aviones comerciales y la prohibición del transporte aéreo de drogas ilícitas. La Organización facilita el movimiento de aeronaves, pasajeros, tripulantes, equipaje, carga y correspondencia a estados miembros.
Es la compensación del perjuicio económico sufrido por el patrimonio a consecuencia de un siniestro.
Consiste en la propiedad mueble o inmueble del asegurado o en las que tenga interés pecuniario, pudiendo incluirse en algunos productos de seguro, títulos valores, dinero en efectivo y cheques propiedad del asegurado o que se encuentren bajo su custodia.
Consiste en la propiedad mueble o inmueble del asegurado o en las que tenga interés pecuniario, pudiendo incluirse en algunos productos de seguro, títulos valores, dinero en efectivo y cheques propiedad del asegurado o que se encuentren bajo su custodia.
Artículo poco común o extraño, con un valor monetario especialmente pactado.
Sección externa del casco que va desde la línea de flotación hasta la línea de puntal, o canto inferior de la cubierta.
Sección externa del casco que se localiza desde la línea de base (generalmente el casto de la quilla) hasta la línea de flotación. Es la parte que normalmente está sumergida.
Esculturas, pinturas y dibujos que cumplen con técnicas precisas y cuyo objetivo es reflejar aspectos de la realidad entendida estéticamente, así como colecciones de cualquier clase.
Ocultación. Acción de ocultar: esconder, reservar algún dato.
Se refiere al uso que tiene la propiedad asegurada. Por ejemplo la ocupación puede ser casa de habitación, bodegas, local comercial, oficinas, etc.
Término en inglés que se refiere al principio de la ocurrencia del hecho dañoso, sobre la cual funciona el seguro de responsabilidad civil. Consiste en que el hecho dañoso se produzca u ocurra dentro del período de vigencia del seguro y que los daños causados sean a consecuencia de la entrega del producto dentro de la vigencia del seguro.
Edificio principal del Instituto Nacional de Seguros que alberga tanto los departamentos de administración de las diferentes líneas de seguro, como aquellos que son de apoyo administrativo y soporte para la actividad primordial. Está ubicado entre calle 7 y 9, ave 9 y 11 San José.
Característica legal del contrato de seguro. Existe una prestación económica de por medio. De parte del asegurado pagar la prima, de parte del asegurador pagar la indemnización cuando se produce el evento previsto.
Sociedad que tiene por objeto la gestión y administración de un Plan de Pensiones.
Formulario que permite al trabajador ser atendido por concepto de accidente laboral.
Cuando una propiedad está cubierta por más de un contrato de seguros. La cláusula de otros seguros procura garantizar el principio de indemnización.
Principal obligación del asegurador consistente en la reparación del daño o pago de la cantidad en que se valore el mismo. Dicha cantidad deberá pagarse una vez producido y aceptado el siniestro. La cuantía será establecida ya sea por acuerdo entre las partes, por la actuación de un perito o la establecida en litigio, no obstante habrá de estarse, como tope máximo, al valor asegurado que figure en el contrato.
Tipo de fuente de recaudación del seguro obligatorio automotor que consta en el servicio de cobro que se realiza a través de Internet.
Cuando no existe cobertura o no se cuenta con una póliza emitida a tiempo antes de la ocurrencia del evento.
Cuando una cláusula defensiva del contrato de seguro impide la indemnización del evento ocurrido
Interrupción del ejercicio o explotación a la que se dedica el asegurado –empresario o patrono-, por causa legal en contraposición a la huelga de operarios.
Sinónimo de estacionamiento.
Porcentaje que se aplica en algunos contratos de seguros, para algún riesgo específico y que se aplica adicional al deducible.
Item disponible en el contrato de seguro para asegurar los bienes. Están establecidos de conformidad con los principios de contabilidad generalmente aceptados, tales como: mobiliario y equipo, maquinaria, mejoras en edificio, edificio; además se agregan mercadería, pérdida de beneficios, menaje, otros rubros, rubros adicionales I, rubros adicionales II y rubros Adicionales III.
Toda persona que, aparte del conductor, ocupa un lugar dentro de un vehículo.
Siglas para porcentaje contra la inflación.
Persona que transita a pie.
Es el perjuicio económico sufrido por el asegurado en el bien asegurado, a consecuencia de un accidente.
Pérdidas de baja frecuencia y alta severidad que no son predecibles y que afectan muchas unidades de riesgos expuestas y gran expansión geográfica.
Pérdida financiera que ocurre como consecuencia de alguna otra pérdida de daño directo a la propiedad. También es conocida como pérdida indirecta.
Se refiere a un estimado de la pérdida más grande que puede ocurrir respecto a un riesgo cubierto, considera las medidas de protección que tenga el riesgo.
Se refiere a la peor pérdida que puede ser esperada en condiciones normales. Es la pérdida más grande que el suscriptor considera probable, basado en su propia experiencia o juicio. Es la que se puede anticipar si ninguno de los medios de protección opera adecuadamente. La pérdida máxima probable es la pérdida que se puede prever bajo condiciones razonablemente adversas, tomando en consideración las dimensiones y ubicación de la propiedad, construcción, giro de negocio, separaciones, protecciones, posibilidades de explosión, susceptibilidad hacia materias externas, exposición, protecciones internas y otros factores similares de acuerdo con la inspección que efectúen los ingenieros especializados.
Pérdidas de alta frecuencia y baja severidad que pueden afectar una o varias unidades de riesgos expuestas.
La resultante del hurto o desfalco realizado por más de un empleado infiel actuando conjuntamente.
Cuando ante la ocurrencia de una pérdida el costo y los gastos para reparar, reconstruir y reacondicionar el bien dañado exceden el valor real efectivo del mismo.
Es todo daño cuyo valor sea el 100% del valor real efectivo del bien asegurado.
Período de tiempo comprendido entre la fecha de formalización de una póliza, y la fecha posterior, predeterminada, de entrada en vigor de determinadas garantías previstas.
Período después del vencimiento de la póliza durante el cual la prima puede ser pagada sin el cobro de intereses o recargo. El contrato mantiene los derechos del asegurado, menos en el seguro de gastos médicos.
Persona que posee conocimientos amplios en determinada materia.
Persona que posee conocimientos amplios en todo lo relacionado con seguros.
Persona que, como consecuencia de un siniestro, sufre un daño o perjuicio.
Pérdida económica producida como consecuencia indirecta de un siniestro. Se utiliza este concepto para distinguirlo de daño, originado este como consecuencia directa del accidente. Ejemplo: En una fabrica el daño será la destrucción del edificio, maquinaria, materia prima, etc, el perjuicio puede ser la pérdida de beneficios por parte del propietario como consecuencia de la paralización de sus ventas.
Tonelaje total del vehículo, resultante de la suma de su peso más el de la carga útil que pueda transportar, considerando las especificaciones de fábrica.
Sinónimo de Capacidad de Carga.
Son aquellas construidas dentro o fuera del edificio, que no están ligadas a la estructura y no reciben ninguna carga directa del mismo, utilizadas para el almacenamiento de líquidos o para contener el derrame de líquidos contenidos en tanques aéreos.
Suelo de un edificio. División entre un piso y otro.
Institución de previsión voluntaria y libre por la que los que lo constituyen recibirán prestaciones en forma de capital en concepto de jubilación, supervivencia, viudedad, orfandad o invalidez. Éstas podrán ser complementarias a las de la Seguridad Social, pero, en ningún caso, podrán sustituirlas.
Es el reporte mensual que debe realizar el patrono, en donde indica la lista de nombres de los trabajadores y sus salarios.
Tiempo que se concede para el cumplimiento de una obligación.
Período con que cuenta el asegurador, una vez que se le ha propuesto la cobertura de un riesgo, para decidir si lo acepta o no.
Período en que cualquiera de las partes involucradas en el contrato de seguro puede comunicar la rescisión del mismo, a partir de cierta fecha futura.
Un determinado número de veces de la cantidad retenida. También se conoce como líneas. El pleno o línea es igual a una retención, o sea, son equivalentes.
Capacidad máxima de retención. Suma máxima de riesgo retenido por el asegurador.
Es la que mide el resultado de un evento referido a un fenómeno social, económico, histórico, entre otros, con información basada en un confiable registro de datos de su comportamiento.
Instrucción que establece el administrador de la línea de seguro para ser acatada de forma homogénea por todos los que tiene relación en el desarrollo de la operación de seguro.
Documento que recoge los acuerdos del contrato de seguro. La constituyen las condiciones generales, la solicitud del seguro, los cuestionarios anexos a ésta, las condiciones particulares, especiales y los addenda que se agreguen.
Sinónimo de póliza de declaraciones.
Se toma por una sola vez para el embarque que específicamente desee asegurar; su vigencia concluye cuando el producto asegurado llega o es descargado en el lugar final de destino.
Para distinguirla de la póliza individual, es aquella en la que existen varias personas aseguradas simultáneamente.
Tipo de seguro de incendio y de marítimo que ampara exclusivamente existencias de mercaderías depositadas en bodegas, en tránsito y/o almacenes de mayoreo, así como existencias en materias primas, mercancías en proceso de elaboración o elaboradas en general. El monto de las mercaderías es fluctuante, o sea, que varía cada mes.
Sinónimo de seguro de fidelidad abierto.
Es una póliza de carácter temporal, las cuales se expiden para una condición determinada y por un período fijo menor a un año. Los tipos que existen en esta modalidad son: para construcción, producción y otras actividades.
Véase riesgo nombrado.
Es aquella en que, con respecto al objeto asegurado, se garantizan conjunta y simultáneamente todos los riesgos que le puedan afectar menos lo que específicamente se excluye.
Seguro de riesgos del trabajo que se extiende para amparar a las empresas que cuentan con uno o más trabajadores. Se emite considerando la actividad económica, a efecto de aplicar la tasa definida en el manual de tarifas. Se regula por las disposiciones del Código de Trabajo y por la Norma Técnica.
Es aquella en la que sólo existe una persona asegurada.
Se otorga para empresas transportistas que desconocen el monto de las mercancías que portan durante un viaje, el monto del seguro es un “límite máximo por embarque”.
Es un contrato de seguros por un período corto de tiempo.
Pasajeros ilegales en naves marítimas.
Conjunto de reaseguros asociados para la cobertura de riesgos determinados, caracterizados por su gran volumen o peligrosidad.
Parte trasera del buque.
Cláusula dentro de los contratos de Hogar Seguro 2000 y Hogar Comprensivo que pretende mantener actualizado el valor de la propiedad en la misma proporción de incremento que indique el Índice de la Construcción o el Índice de precios de la construcción del Instituto Nacional de Estadística, según corresponda la partida por asegurar.
Carga útil que transporta un vehículo.
Corresponde al puesto que ejecuta un empleado dentro de una empresa, conforme a funciones inherentes a la naturaleza del mismo.
Sitio o lugar previamente declarado por el asegurado en la solicitud, en el que se ubicarán los valores asegurados.
Contrato por el cual el deudor de una obligación garantiza a su acreedor con un bien mueble, en seguridad de que la obligación ha de ser cumplida. Si el deudor incumple la obligación, el acreedor puede sacar a remate ese bien prendado y hacerse pago de su crédito con el dinero que produzca.
Modo por el cual se adquiere un derecho(prescripción positiva) o se libera de una obligación (prescripción negativa) por el transcurso del tiempo.
Se denomina así en el sector seguro al conjunto de obligaciones que tiene el asegurador respecto al asegurado en caso de siniestro, singularmente en el aspecto económico.
Reconocimiento monetario por Incapacidad temporal, incapacidad menor permanente, incapacidad parcial permanente, incapacidad total permanente, gran invalidez, muerte, renta mínima de los beneficiarios, renta adicional en diciembre, gastos de funeral, gastos de traslados y reconocimiento de los gastos por pago de hospedaje y alimentación.
Servicios médicos, quirúrgicos y hospitalarios.
En el seguro de vida es facilitarle dinero, al asegurado sobre sus valores en efectivo que acumula el contrato a cierto tiempo de continuo pago de primas. Esta facilidad implica el cobro de intereses por el préstamo.
Acción de tomar las medidas necesarias para que no ocurra un incendio.
Conjunto de medidas destinadas a evitar o dificultar la ocurrencia de un siniestro y a conseguir que, si el accidente se produce, las consecuencias del daño sean las mínimas posibles.
Acción de disponer lo conveniente para atender a contingencias o necesidades previsibles.
Serie de medidas precautorias adecuadas y necesarias para evitar la ocurrencia de siniestros. Se aplica en especial a los riesgos industriales.
Es el precio pactado por el seguro contratado. Aportación económica que debe satisfacer el contratante o asegurado a la entidad aseguradora en concepto de contraprestación a la garantía que el asegurador otorga mediante el contrato de seguro.
Cálculo de la prima de conformidad con la tabla de corto plazo, la cual considera un recargo por no ser la prima completa de la vigencia. Este procedimiento tiene como objetivo desestimular la cancelación de las pólizas sin causa justificada.
Cálculo de la prima en forma proporcional al tiempo. Por ejemplo la prima anual de un seguro es de ¢9.000,00, pero la vigencia no va a ser por el año completo, sino que por 72 días, entonces se divide la prima anual entre 365 días y se multiplica por 72, sea una prima de ¢1.775,34.
Es la que se satisface anticipadamente para la cobertura de un riesgo por un plazo de 12 meses.
Sinónimo de prima comercial.
Es la prima neta establecida por el reasegurador más los cargos por comisión de la compañía cedente e impuestos.
Porción de la prima del seguro que debe trasladarse al reasegurador por su participación en el negocio.
Es la prima bruta, resulta de tener en cuenta una serie de factores como son la prima pura, los recargos para gastos generales de gestión y administración, gastos comerciales o de adquisición, gastos para el cobro de las primas, gastos de liquidación de siniestros y el coeficiente de seguridad y beneficio industrial. Es, por tanto, aquella que el asegurador aplica a un riesgo y a una cobertura determinados.
Es la que satisface el asegurado con carácter provisional, hasta tanto no se determine el monto real que debe pagarse por la cobertura del seguro.
Parte de la prima provisional que se “consumió” durante un período determinado de tiempo.
Sistema utilizado que permite, en casos especiales, el pago de la prima en cuotas periódicas.
Prima menor que puede cobrarse por un contrato de seguro, no obstante que la aplicación de la tarifa origine una cantidad inferior. Se refiere también a la porción de la prima pagada que se da por totalmente devengada en ese acto. // En reaseguros este término se utiliza en los contratos de exceso de pérdida la cual debe pagar una prima mínima o depósito al inicio del contrato que será reajustada una vez concluida la vigencia del contrato.
En los contratos de reaseguro facultativo se refiere a la prima que establece el reasegurador sin considerar la comisión e impuestos que le son cargados a la cedente.
Aquella obtenida de aplicar el valor actual de un colón de la prima única a una tasa de descuento.
Es una prima uniforme e invariable cobrada durante un cierto número de años y, que se calcula basándose en promedios y nivelaciones, recibiéndose en los primeros años una prima mayor a la del riesgo de mortalidad que representa el asegurado, la cual se acumula para hacerle frente, en los últimos años a la prima que resulta insuficiente por el costo de mortalidad anual creciente. Es una técnica utilizada en el seguro de vida.
La prima no ha sido devengada mientras no haya transcurrido todo el tiempo de vigencia de la cobertura que se suscribió, de manera que, ubicados en una fecha, la compañía no puede disponer de ese primaje sobre la cual los asegurados retienen un derecho de decisión acerca de si continúan o no asegurados.
Sinónimo de prima de depósito. Es también la suma que paga el asegurado a cuenta, liquidable cuando se tenga el monto de prima realmente devengada.
Estimación en términos económicos de la probabilidad estadística de pérdida, la protección en que cada cual está amenazado por el peligro así debe tributar al fondo común. Por consiguiente no contempla los costos de administración del seguro, ni descuentos por la inversión de la prima recibida.
En el Seguro de Riesgos del Trabajo es el monto pagado al inicio del período póliza, devengada en su totalidad al final del mismo, o que califica como tal, según las disposiciones técnicas para el manejo del seguro.// En los seguros de daños, se refiere a la prima por el monto de la pérdida cuando ocurre un siniestro, se rebaja el monto asegurado por el siniestro y la prima se da por pagada (en caso de que ya estuviera cancelada) o se cobra (si falta por pagar alguna cuota).
Proporción de la prima efectivamente devengada por el asegurador, en consideración al tiempo transcurrido desde la emisión del seguro hasta una fecha determinada.
Primas ganadas más primas devengadas.
Corresponden al monto total de primas que paga el asegurado al momento de emitirse el seguro.
Modalidad de seguro en donde el monto se fija normalmente, tomando en cuenta el valor máximo por riesgo que la póliza protege o la pérdida máxima probable que pueda ocurrir, agregando cierto margen de seguridad sobre todo cuando se trata de riesgos en una misma ubicación.
Modalidad de seguro en la que se fija una relación entre el valor exacto de los bienes asegurados y el monto asegurado a primer riesgo. Bajo este régimen, se aplica la regla proporcional en caso de que, al momento del siniestro, se compruebe que la relación mínima estipulada no fue respetada.
Propiedad de flotación de todo buque, barco, embarcación o bote. El peso de un cuerpo en el agua es igual al peso del agua que éste desplaza o desaloja al ser sumergido. Por lo anterior se da el hecho de que si el peso del cuerpo que se sumerge es mayor al agua que desplaza, el cuerpo se hundirá, y en caso contrario podrá flotar.
Orienta la protección a todas las facetas de la integridad humana, esto es desde antes de nacer y hasta su muerte.
Es el rompimiento de las fronteras nacionales por parte de los regímenes de la Seguridad Social.
Es la financiación de los regímenes por parte de la comunidad de forma solidaria cuyo aporte sea en la medida de sus posibilidades. Este principio busca que la previsión y el costo de los infortunios recaiga proporcionalmente sobre todos los miembros de la sociedad.
Busca que las prestaciones por concepto de Seguridad Social que se otorgan a los ciudadanos, sean suficientes, oportunas y adecuadas.
Es la orientación de todos los factores, elementos e instituciones que actúan en la seguridad social, sujetos o en arreglo a un programa de planificación integral.
Extiende la protección del seguro a toda la población objeto de seguro por igual.
Son el fundamento a la filosofía de seguridad social. Ellos son universalidad, integridad, unidad, solidaridad, sustancialidad e internacionalidad.
Es la cantidad o cargo de la compañía aseguradora por todos los siniestros que procedan de un mismo acontecimiento, por lo tanto, solamente opera por evento y generalmente se establece como un monto superior al de la retención por cada riesgo, de tal forma que únicamente se verá excedida si dos o más riesgos se ven involucrados en el mismo siniestro.
Parte delantera del buque, conformada por una pieza o viga vertical que se levanta perpendicular o ligeramente inclinada hacia adelante.
Es aquella que para conocer una probabilidad no requiere de una experiencia previa.
Es el establecimiento por escrito de pasos o métodos para realizar registros de una operación en el campo de los seguros, sea esta emisión, variación, cotización, cancelación, indemnización, entre otros.
Conjunto de actos regulados por la ley, que se realizan con el fin de aplicar el derecho objetivo.
En términos generales recibe este nombre el volumen de pólizas o primas conseguidas por los agentes, así como el conjunto de actividades destinadas a la obtención de dichas pólizas.
Contrato de seguro o plan de seguro que se ofrece a un segmento particular del mercado para en línea de seguro.
Toda clase de materia prima que haya sufrido alguna transformación voluntaria dentro de la empresa para obtener el producto terminado, pero sin llegar a serlo.
Son aquellas sustancias en cualquier estado (sólido, líquido o gaseoso), resultado de una mezcla o reacción de otros productos.
Toda clase de productos elaborados por la empresa, listos para ser empacados, embarcados, vendidos o entregados.
Persona encargada de impulsar un determinado producto en el mercado.
Es el sinónimo en inglés para seguro de bienes o propiedades, seguros patrimoniales o seguro de incendio.
Bienes que están excluidos dentro de la cobertura del seguro, pero que a solicitud expresa del asegurado y mediante el pago de prima puede ser objeto de seguro.// Artículo de las condiciones generales que indica los bienes que no son objeto de seguro a menos que explícitamente se especifique en las condiciones particulares por el asegurado.
Bienes que por sus características no son objeto de seguro.// Artículo de las condiciones generales que especifica los bienes que no pueden incluirse dentro del amparo del contrato.
Sinónimo de menaje.
Proporción. Cuota o porción que corresponde, en proporción al costo o valor. // Determinación de la cuota que corresponde a cada asegurador, en el caso de que un riesgo se distribuya.
Renovación de las garantías de la póliza por un periodo de tiempo posterior al fijado previamente en el seguro y en condiciones similares a las que anteriormente tenían vigencia. Normalmente la prórroga de los seguros se produce en reaseguros.
En el seguro de accidentes se refiere a cualquier persona física o jurídica autorizados legalmente por la compañía de seguros para brindar bienes o servicios de salud.
Proveedor de servicios médicos en accidentes y salud que ha aceptado expresamente efectuar el cobro directamente a la compañía de seguros, de los bienes o servicios de salud suministrados a los Asegurados.
Proveedor de servicios médicos en accidentes y salud que no ha solicitado efectuar el cobro directamente a la compañía de seguros, de los bienes o servicios de salud suministrados a los asegurados.
Puerta que cumple con el reglamento respectivo y cuyo objetivo es evitar el paso del fuego entre dos áreas separadas. Su resistencia al fuego debe ser por lo menos de dos horas
Es la altura del casco medida desde la cubierta más baja (o la quilla en el caso de buques sin doble fondo), hasta la cubierta más alta del casco (principal).
Es la temperatura mínima a la que una sustancia puede emitir suficiente cantidad de gases para producir una mezcla susceptible de inflarse en presencia de un foco de ignición.
Acción penal ejercitada a instancia del fiscal o de parte del que se solicita las pruebas pertinentes así como la adopción de las pertinentes medidas cautelares.
Situación de insolvencia declarada por el desequilibrio entre fondos y deudas con intervención judicial.
La que es resultado de la adversidad de los negocios, por actos de imprudencia, negligencia e impericia.
Es la que se produce con engaño y falsedad, con propósito de denotar insolvencia.
Pieza larga y robusta longitudinal que corre de proa a popa que conforma la parte estructural baja del barco.
Mecanismo de transmisión de calor mediante un movimiento ondulatorio que se propaga en todas direcciones.
Desintegración espontánea de los núcleos atómicos de ciertos elementos, acompañada de emisión de partículas o de radiaciones electromagnéticas.
Modalidad o modalidades relativas a riesgos homogéneos asumidos por el asegurador, tales como ramo de vida, de automóviles, de incendio, etc.
Descarga eléctrica de gran intensidad que se produce entre nubes, o entre éstas y la tierra.
Resultado de la comparación entre dos términos de la misma especie para establecer un cociente porcentual.
Se obtiene sumando la razón de gasto más la razón de pérdida. Se utiliza como índice para analizar las operaciones de la actividad de seguros. La razón combinada se considera favorable cuando es menor al 100% y desfavorable si resulta superior a esa cifra.
Es un índice que relaciona el nivel de gastos incurridos respecto a las primas suscritas. La proporción de cada unidad de prima suscrita, que se destina a cubrir los costos de operación del seguro. La fórmula o ecuación es la siguiente:
Es un índice que relaciona el nivel de reclamos incurridos respecto a las primas ganadas. Es la proporción de cada unidad de prima ganada por la compañía, que se destina al pago de indemnizaciones. La fórmula o ecuación es la siguiente:
Coeficiente entre utilidad o déficit y primas ganadas
Nombre con el que figura inscrita en el registro público una empresa.
Contrato por medio del cual una compañía de seguros transfiere los seguros de fianzas a otra conocida como reafianzador, una parte o la totalidad de los contratos de fianzas que ha emitido o emitirá en el futuro.
Es la empresa que da o acepta una cobertura de reaseguro.
Es el acto de transferir parte de su riesgo a una reaseguradora.
Contrato por medio del cual una compañía de seguros transfiere a otra conocida como "reasegurador", una parte o la totalidad de algunos riesgos que ha emitido o que emitirá en el futuro. La compañía aseguradora es conocida también como, "compañía primaria", "compañía cedente", “cedente” o “reasegurado”. Los hay del tipo proporcional: donde participan al reasegurador en la misma proporción en que se parte la suma asegurada, así se repartirá la prima y se recuperarán (repartirán) los eventuales siniestros que ocurran a un riesgo en particular; y del tipo no proporcional: en donde el reasegurador participa a partir de la suma fija estipulada de previo. Las clases de reaseguro pueden dividirse considerando la obligatoriedad en: 1. Contrato de reaseguro automático: Se refieren a un acuerdo preestablecido antes de entrar en vigencia, en donde la compañía cedente, acuerda ceder y el reasegurador acuerda aceptar todos los riesgos ofrecidos dentro de los límites estipulados en el contrato. Normalmente se suscriben para proteger una cartera de riesgos determinada, es decir por línea de seguro. 2. Contrato de reaseguro facultativo: Es aquel en el que el asegurador tiene la facultad de ofrecer o no un riesgo a un determinado reasegurador, quién a su vez también tiene la potestad o facultad de aceptar, negociar modificaciones a las condiciones ofrecidas o rechazar el otorgamiento de la cobertura. Usualmente se negocian riesgos individuales y no se renuevan de forma automática. Si se clasifica el contrato de reaseguro en razón de su contenido, entonces se encuentran los siguientes: 1. Reaseguro cuota parte: Acuerdo entre la cedente y el reasegurador, donde uno cede y el otro acepta, con base en un porcentaje fijo e igual para todos los negocios de un mismo ramo de seguros. Aún los negocios más pequeños están sujetos al reaseguro. El término inglés con que se conoce es Quota Share Reinsurance. 2. Reaseguro de excedentes: Es aquel en que el reasegurador participa en una proporción variable en todos los riesgos que sean asumidos por la cedente en determinado ramo de seguro. Esta variabilidad depende de los plenos y la capacidad del contrato. El término en inglés con que se conoce es “Surplus Share Reinsurance”. Considerando los siniestros, las clases de reaseguro son: 1. Reaseguro de exceso de pérdida: es una forma de reaseguro, en que la compañía aseguradora decide un límite monetario que está preparada a perder conocido como prioridad, como resultado de un siniestro, y por medio de este mecanismo que es el reaseguro, es relevada de todo aquel monto que sobrepasa dicha cantidad establecida hasta un límite superior acordado. Protege a las compañías aseguradoras amparando los riesgos retenidos por éstas. El término en inglés con que se conoce es “Excess of Loss Reinsurance” (XLS). 2. Reaseguro de exceso de siniestralidad: bajo este contrato la cedente fija el porcentaje máximo de siniestralidad global que está dispuesta a soportar en determinado ramo, el reasegurado asumirá los pagos en exceso que se produzcan de ese porcentaje. El término en inglés con que se conoce es “Stop Loss Reinsurance”. 3. Reaseguro de exceso de pérdida operativo: es un contrato por medio del cual, el reasegurador se compromete a reembolsar a la compañía aseguradora, por cualquier pérdida o parte éstas, que sobrepase el límite previamente acordado, para determinado ramo de seguro. Se utiliza para amparar pérdidas individuales, o sea en toda aquella pérdida que afecte a un solo riesgo o siniestro y exceda la prioridad. Es conocida también por su denominación en inglés “Working Cover” (WXL)
Actuación de una o más personas que desobedecen violentamente el orden, la disciplina y la jerarquía legalmente establecida.
Recargo porcentual que se adiciona a la prima de conformidad con el fraccionamiento del pago de la vigencia completa.
Conjunto de gravámenes que se aplican a una prima.
Documento acreditativo del pago de la prima correspondiente a un determinado riesgo y período que contiene, además, los recargos e impuestos de legal aplicación.
Suma de los reclamos efectivamente pagados más aquellos que forman parte de la reserva de siniestros pendientes, pagaderos en un futuro.
Suma estimada de los reclamos que aún no han sido ajustados, ni pagados.
Acción y efecto de minorar cuantitativa y/o cualitativamente la posibilidad de acaecimiento de un siniestro y/o sus consecuencias económicas.
Capacidad total del barco.
Aquel donde se hace constar por las autoridades competentes los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás hechos relativos al estado civil de las personas.
Donde se inscriben todos los bienes inmuebles de su partido judicial, con expresión de sus dueños, y se hacen constar los cambios y limitaciones de derecho que experimentan dichos bienes.
Capacidad de carga del buque.
Son publicaciones de prestigiadas instituciones internacionales, las cuales garantizan que las embarcaciones incluidas en dichas publicaciones cumplen con los requisitos necesarios para el transporte normal y seguro de las mercancías.
Es el principio por el cual, ante la ocurrencia de un siniestro en una situación de infraseguro, la entidad aseguradora solo deberá indemnizar el daño causado, en la misma proporción en la cual la suma asegurada cubre el bien asegurado.
Es cualquier norma escrita emanada por la administración de la compañía de seguros y tiene carácter general a ella.
Habilitar de nuevo el contrato. Volver a otorgar cobertura.
En los reaseguros no proporcionales, se establece que mediante el pago de una prima adicional por parte de la cedente, se repone la cuantía de la cobertura consumida por un siniestro.
Restaurar el monto asegurado sin el cobro de extra prima una vez que se produce un siniestro, hasta un máximo de lo estipulado en el contrato. Si el monto de la pérdida supera esa suma se deberá rebajar todo el monto del seguro y para optar por cobertura nuevamente deberá pagar la prima correspondiente. No obstante, en los contratos de reaseguros de exceso de pérdida siempre existe el cobro de prima por la reinstalación.
Sinónimo de devolución de prima.
Suscripción automática del siguiente año de seguro mediante el pago de la prima correspondiente, aceptando las condiciones otorgadas durante el último año, salvo pacto expreso en contrario.
Compensación monetaria periódica que se fija en favor de un perjudicado en un accidente, o de sus causahabientes.
El asegurador se compromete a pagar al pensionista una suma determinada, la renta o pensión, periódicamente mientras viva, quedando entendido que la suma acreditada al pensionista se considera liquidada al fallecimiento del beneficiario de los pagos.
El asegurador se compromete a pagar una renta periódica, después de haber mantenido la prima única o serie de aportes recibidos, por más de un período de pago determinada renta al pensionista, mientras éste viva ó hasta una fecha previamente acordada.
El asegurador se compromete a pagar en el siguiente período contratado (mensual, trimestral, anual, etc) después de recibida la prima única y, mientras el rentista se mantenga con vida ó hasta una fecha previamente acordada, una renta.
Persona que percibe una renta.
Recomposición de una cosa que fue dañada.
Acción de regresar o hacer regresar a alguna persona o cosa a su país de origen.
Informe periódico del movimiento de los bienes asegurados.
En reaseguros es un reporte que recoge los resultados de la actividad de un contrato automático de reaseguros para un período previamente acordado. En el Instituto Nacional de Seguros esos períodos por lo general son de 3 a 6 meses. Este reporte muestra tanto los ingresos como los gatos del reasegurador y refleja al final el saldo, suma que se paga o cobra al reasegurador por ese período.
Determina la retribución que otorga el reasegurador a la cedente sobre las utilidades que el primero obtenga del contrato en el cual está participando. Se calcula al finalizar el período del contrato, una vez calculada la última cuenta técnica del período.
La conferida por la ley a determinadas personas que por razón de su cargo u oficio o de su posición familiar, actúan en nombre de otras que no tienen capacidad para obrar por sí mismas. También es conocido como apoderado.
Son los datos y documentos que debe presentar quién desea suscribir un seguro. Cada producto tiene su lista particular de requerimientos. La presentación de estos requisitos es indispensable para que el aceptador analice el riesgo y acepto o no la emisión del contrato.
Acción de dejar sin efecto un contrato válidamente celebrado, de forma legítima.
Parte del excedente que se separa para fines concretos. No es obligación, sino una previsión. Es una acumulación de recursos encaminada a prever eventuales necesidades futuras, que se entienden como posibles. Pueden ser obligatorias o voluntarias. Las primeras por exigencia de una ley. Las otras para contingencias imprevisibles.
Es para financiar obras de infraestructura. Por ejemplo: edificio, comunicación e informática.
Se constituye para proteger a la compañía contra los eventos de tipo catastrófico. Se reserva un porcentaje de la prima y dependiendo de la cobertura puede ser de un 2% hasta el 100%. Se establece con el fin de hacerle frente a los eventos de carácter catastrófico.
Representa la totalidad de primas no ganadas respecto a todas las pólizas en un momento determinado. Se presenta como una deuda por la circunstancia de que las primas de seguro se pagan por adelantado.
Representa los montos que adeuda la Compañía de Seguros respecto a reclamos que debe pagar en algún momento en el futuro. Es un pasivo porque es una estimación de cuánto pagará como indemnización al amparo de un reclamo en algún momento futuro.
Se aplica en el Seguro de Vida y tiene como base el criterio de la prima nivelada. Es la que se forma por los pagos excedentes recibidos de las primas niveladas y con la cual una aseguradora hará frente para pagar todas las reclamaciones por muerte.
Establecida para responder el pago de los dividendos del seguro de vida, una vez que se determinen las utilidades del asegurador.
Artículo 21 Ley Constitutiva – Ley de Monopolios y del Instituto Nacional de Seguros (N°12 del 30 de octubre de 1924). “Para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones de asegurador, el Instituto establecerá reservas técnicas (matemáticas, primas no devengadas, siniestros pendientes, pólizas vencidas, dividendos a asegurados y contingencias) que ejecutará anualmente de acuerdo con su cartera, e invertirá en las mejores condiciones de rentabilidad y liquidez, en consideración a la naturaleza de aquellas obligaciones”.
Son en sí todas las reservas que tiene que constituir la aseguradora y que son las reservas, matemáticas, las de riesgos en curso de pago y las reservas para pagos pendientes.
Características de un elemento de construcción, componente, equipo o estructura, de conservar durante un mínimo de dos horas la estabilidad, el aislamiento térmico requerido y la no emisión de gases inflamables.
Necesidad de responder pecuniariamente por actos realizados que ocasionen perjuicios a terceros.
Responsabilidad legal asumida por las partes que intervienen en un contrato, sea éste escrito u oral.
Responsabilidad que nace en general en virtud de la ley, sin que sea precisa la existencia de un contrato entre las partes afectadas.
Cobertura de este ramo que ampara la responsabilidad civil incurrida por el ejercicio de una determinada profesión. Por ejemplo: responsabilidad civil médica, del arte de la construcción, etc.
Responsabilidad por dolo o culpa por la ocurrencia de un acto antijurídico considerado por la ley como delito, que entraña la aplicación de sanciones.
Existen diferentes maneras para tratar o atender un riesgo. Ellas son: retención o contención, que es la asunción consciente que hace el propietario de un bien sobre cualquier pérdida eventual, la eliminación del riesgo o la reducción de la causa de la posibilidad de una pérdida, la cesión o transferencia, que es el traslado del riesgo a otra persona, o a un conjunto, la cual se hace cargo de la pérdida, el seguro, que se diferencia de la transferencia por su carácter estadístico.
Diferencia entre las primas recaudadas y la suma de los gastos por siniestros pagados o pendientes de pago. El resultado técnico tiene su origen en la actividad aseguradora exclusivamente y no toma en cuenta otros ingresos o gastos de la empresa, ajenos a la actividad aseguradora.
Es el importe que la compañía de seguros está dispuesta y en capacidad de comprometer por sí misma, a la hora de asumir un riesgo o conjunto de ellos.
Sinónimo de apropiación. Véase definición de apropiación.
Acción de traspasar la cartera cedida de un reasegurador a otro.
Reasegurador que transfiere el riesgo.
Identifica la transferencia de riesgos entre reaseguradores.
Se refiere al reasegurador a quien se transfiere el riesgo. En algunos casos una compañía de seguros también opera como reasegurador, consecuentemente podría actuar bajo esta figura.
Alteración violenta de las instituciones políticas o de los poderes de un gobierno o país.
Se define como la posibilidad de que ocurra un evento cuyo resultado es distinto al esperado por el individuo y que puede o no causar una pérdida económica, dentro de un tiempo estipulado. Es un indicador de causas de pérdidas como son: incendio, explosión, muerte prematura, entre otros. Se refiere también al bien u objeto de seguro, sean propiedades o personas.
Riesgo normal al que se le incorpora, después de haber sido aceptado por el Instituto, elementos negativos.
Se utiliza en el seguro de riesgos del trabajo donde el riesgo procede a desarrollar acciones que mantengan bajo control factores de riego presentes en las principales actividades que realiza la empresa. Orientación sobre el grado de peligrosidad: mayor 300 menor o igual a 100.
Sinónimo de teoría del riesgo creado.
Se considera en el seguro de vida como el tipo de riesgo que no puede ser reconsiderado nunca, pues existen elementos de riesgo que muestran una extramortalidad muy alta y que sobrepasa los límites internacionales de aceptación, pues la probabilidad de muerte prematura se aproxima al entero 1, convirtiéndose prácticamente en certeza de cualquier momento.
El suceso puede producir tanto pérdida como ganancia.
En riesgos del trabajo se refiere a riesgos cuya evaluación demuestre ausencia de factores de seguridad, en tal sentido puede generar consecuencias importantes para los trabajadores. Orientación sobre el grado de peligrosidad: mayor a 300 menor o igual a 450.
El que se puede asegurar. Tiene forma y puede verse.
Es el que lleva consigo un signo catastrófico, pues se origina por la acción de elementos impersonales. Las pérdidas que propicia tienen su fundamento en hechos no producidos por un individuo determinado identificable. Ejemplo son los terremotos, inundaciones o fenómenos de la naturaleza. Así mismo los hechos impersonales como las guerras, epidemias, crisis económicas, riesgos profesionales, la desocupación, entre otros.
Calificación en el seguro de riesgos del trabajo donde el riesgo presenta características que lo hacen requerir de un nivel de atención donde la participación de equipos técnicos proponen medidas oportunas por cuanto puede generar efectos importantes en lesiones para los trabajadores. Orientación sobre el grado de peligrosidad: mayor 100 menor o igual 200.
Aquel que, frente al riesgo asegurable carece de alguno de los elementos o caracteres del riesgo impiden su aseguramiento.
Calificación en el seguro de riesgos del trabajo para aquellos riesgos cuyas consecuencias, afectan a los trabajadores en forma importante, no admiten retrazo en las acciones para su atención. Orientación sobre el grado de peligrosidad: mayor de 450.
Aumento en la probabilidad de pérdida debido al comportamientos de las personas. Este riesgo se identifica en aspectos financieros, hábitos, costumbres, pasatiempos, relaciones entre suma asegurada y prima, pagador de primas y beneficiario, etc. O sea será todo aquello que se pueda intuir traerá un agravamiento del riesgo asegurado.
Contrario a la acción dolosa, el riesgo moral no intencional nace de actitudes negligentes o descuidadas del propietario de un bien, cuando no toma las previsiones necesarias para evitar o minimizar las pérdidas.
Modalidad de seguro donde se cubre sólo contra los riesgos descritos en la póliza. Por lo que cada cobertura debe especificar los amparos y exclusiones.
Referencia en el seguro de incendio cuando por medio de una evaluación se determina que la exposición al riesgo está controlada y que no hay una combinación desfavorable entre el proceso, las instalaciones físicas y las medidas de seguridad que operan, tanto pasivas como activas.
Puede definirse como la diferencia relativa entre la estimación y el resultado real obtenido para una situación particular. Esta estimación se fundamenta en datos estadísticos o experiencias acumuladas por el analista, que le permite hacer cálculos sobre eventos futuros con cierto grado de precisión.
Tiene su origen en un hecho individual identificable. Es decir, el agente que lo propicia tiene individualidad, no es abstracto. Afecta en forma directa a la persona o familia en lugar de a un grupo.
Aquel que no puede ser aceptado en el momento de analizar la solicitud de seguro, pero que es posible reconsiderar dentro de cierto tiempo, cuando se hayan eliminado los agravantes temporales de riesgo.
Es aquel que responde estrictamente al criterio o apreciación personal del analista, por lo tanto, en estos casos no existe ninguna medición o valoración científica.
Se presenta en el seguro de incendio y es el riesgo que presenta algunas características físicas, de proceso, o de seguridad que deben ser modificadas o controladas.
Es aquel que tiene la particularidad de ser uno sólo o a lo sumo en número de 2 o 3 en el país.
Son aquellos producidos por fenómenos de la naturaleza, tales como fenómenos atmosféricos de elevada gravedad, movimientos sísmicos.
En el seguro de incendio son todos los negocios que su actividad principal sea: bodega, expendio, restaurante, oficinas, consultorios médicos, hospitales, escuelas (no correccionales), edificios desocupados, edificio en construcción y empresas de servicio en general.
Entre ellos se destacan el uso y desgaste natural del equipo, daños por falta de mantenimiento y similares.
Califican pérdidas originadas por cambios en los precios, cambios en las modas, gustos de los consumidores, competencia, aspectos tecnológicos.
Corresponden a hechos tales como mal funcionamiento de los equipos, falta de materia prima u otros recursos, falla de los proveedores.
La posibilidad de que un bien puede ser destruido o robado. Los riesgos de propiedades involucran dos tipos: las pérdidas directas y las pérdidas indirectas o consecuenciales.
Son los accidentes y enfermedades que ocurran a los trabajadores, con ocasión o por consecuencia del trabajo que desempeñen en forma subordinada y remunerada, así como la agravación o reagravación que resulte como consecuencia directa, inmediata e indudable de esos accidentes y enfermedades.
Son aquellos que resultan de cambios en la economía, tales como variaciones en el nivel de precios, cambios en los gustos de los consumidores, cambios en el nivel de ingresos, cambios tecnológicos, etc. que causan pérdidas económicas a los miembros de la sociedad.
Todas aquellas situaciones donde existe tanto la posibilidad de ganar como de perder.
Son aquellas pérdidas que se producen aún cuando no ocurran cambios en la economía. Los riesgos estáticos involucran la destrucción de los bienes o propiedades por riesgos de la naturaleza u errores humanos o por un cambio en la posesión de los mismos por deshonestidad de otros individuos. Contrario a los riesgos dinámicos, éstos no causan ningún beneficio a la sociedad.
Involucran pérdidas que son impersonales en su origen y en sus consecuencias. En general, se califican como riesgos de grupos, causados en su mayor parte, por fenómenos económicos, sociales y políticos, aunque pueden resultar también de eventos físicos de la naturaleza. Los riesgos fundamentales afectan a grandes segmentos de una población o toda la comunidad. Algunos ejemplos son: desempleo, guerra, inflación, terremoto, huracán, inundaciones son todos, riesgos fundamentales.
En el seguro de incendio serán todos aquellos negocios que efectúen proceso de fabricación, transformación o reparación.
Afectan directamente a las personas y tienen que ver con la posibilidad de reducción en los ingresos o patrimonio, ante la imposibilidad de trabajar y ganar dinero. En general, esta limitación se relaciona con cuatro hechos. Pueden ocurrir por: muerte prematura, estado de vejez, accidente o enfermedad y desempleo.
Se refieren a eventos que tengan relación con las acciones del Estado, tales como derrocamiento del Gobierno, guerra, restricciones al libre comercio, impuestos.
Aquellas situaciones donde sólo existe la posibilidad de pérdida; en otras palabras, las únicas opciones son "perder" o "no perder" y son los de interés para las compañías de seguros.
Es el hecho por medio del cual uno o varios individuos se apoderan ilegítimamente del bien asegurado, con violencia o intimidación en las personas, o fuerza sobre las cosas.
Aparato diseñado para esparcir agua, dotado de un dispositivo termosensible que actúa automáticamente a una temperatura determinada y que, instalado adecuadamente, puede controlar o sofocar un incendio.
Es toda fractura, quebradura o rajadura que sufran los artículos o parte del edificio, fabricada de cristal, vidrio o similar.
Siglas designadas para Beneficio de pago de renta temporal por incapacidad total y permanente del asegurado. Véase definición para este beneficio.
Sinónimo de partida asegurada.
Término inglés que hace referencia al seguimiento en el tiempo de los resultados y la siniestralidad de un contrato o cartera cancelados.
Acto voluntario, premeditado y sin ánimo de lucro que tiene como finalidad interrumpir la producción. Puede ser llevado a cabo por personas internas o externas a la empresa.
Remuneración en dinero y en especie, cualquiera que sea su forma o denominación, que percibe una persona por jornada diaria de trabajo.
En seguros es el dato que resulta de las operaciones de pago de las cuotas de la prima completa. // En materia de reaseguro facultativo se refiere a la diferencia entre la prima cedida y la comisión de gastos; representa la suma neta que se le debe girar al reasegurador por concepto de participación en el negocio; para el reaseguro de contratos automáticos también considera los aspectos de siniestros, reserva de primas retenidas y devueltas y los intereses.
Parte de un medio o vía de evacuación que permite la salida al exterior del local o el acceso a un lugar suficientemente seguro.
Conjunto de factores que concurren en la realización segura del trabajo. Se ocupa de promover y mantener el más alto nivel de bienestar físico, mental y social del trabajador en general.
Es el valor de rescate o residuo de la propiedad asegurada que quedare después del accidente. Conjunto de operaciones encaminadas a rescatar personas o bienes materiales durante o tras la ocurrencia de un evento. Con este término se alude tanto al hecho de procurar evitar los daños a los objetos que durante o después del evento han resultado indemnes.
Apoderamiento con violencia de artículos, posterior a un evento, de un lugar determinado.
Aquel de una economía nacional en el que la iniciativa económica está en manos de los particulares y no del estado, siguiendo las leyes de una economía de mercado.
Actividades económicas, de una economía nacional, que están parcial o totalmente en manos del Estado.
Expresión inglesa, sinónimo de solvencia, que se utiliza para significar la garantía económica que ofrece un reasegurador para atender los compromisos económicos derivados de los contratos de reaseguro por él asumidos.
Proporcionar a todo individuo los servicios médicos, hospitalarios y preventivos que necesite.
Conjunto de medidas y medios destinados a la prevención, protección y lucha contra incendios.
Donde todos los individuos alcancen el bienestar individual y familiar.
Es la garantía del debido proceso.
Respeto del derecho de todos los trabajadores a mantener o incluso mejorar sus condiciones de vida.
Clasificación en el seguro de robo de los riesgos para tarifar, se refiere a un edificio de construcción sólida, con todas las aberturas protegidas por cortinas o rejas metálicas y sistema de alarma, el cual debe mantenerse en perfecto estado de funcionamiento.
Se utiliza en el seguro de robo para clasificar la construcción; corresponde a un edificio de construcción sólida con todas las aberturas protegidas por cortinas o rejas de hierro.
Clasificación en el seguro de robo de los riesgos para tarifar, se refiere a un edificio de construcción sólida, en el cual no se pueda entrar sin hacer uso de violencia, utilizando herramientas, explosivos, etc.; con rejas y llavines dobles en las puertas con acceso a calle, así como en la puerta trasera. No da lugar a la aplicación de descuentos tarifarios.
Límite que se encuentra donde principia el derecho de los demás.
Conjunto de medidas adoptadas por el Estado para proteger a los individuos contra aquellos riesgos individuales que nunca dejarán de presentarse por óptima que sea la situación del conjunto de la sociedad en que se vive. Es la garantía al pleno disfrute de los bienes de la civilización creados para beneficio de todos los seres humanos. Tiene objetivos más vastos que los de prevenir o aliviar la probreza. Constituye la respuesta a una aspiración de seguridad en un sentido más amplio. Su propósito fundamental es dar a los individuos y a las familias la tranquilidad de saber que el nivel y la calidad de vida no será significativamente menoscabada por ninguna circunstancia económica y social. Para ello no es solo menester satisfacer las necesidades a medida que aparecen, sino igualmente comenzar a prevenir riesgos
Instrumento de previsión personal, mediante la transferencia de las consecuencias económicas que sean susceptibles de producirse con ocasión del acaecimiento de un evento que, de suceder, puede originar un daño en las personas o en las cosas. Actividad de servicios financieros por la que alguien se obliga mediante el cobro de una prima y para el caso que se produzca un evento determinado, a indemnizar a otro el daño producido. Es también una técnica de transferencia del riesgo.
Acuerdo que establece una suma asegurada menor del valor total del bien. Se determina considerando la pérdida máxima probable en un solo evento. En esta modalidad de asegurar un valor determinado hasta el cual queda cubierto el riesgo el asegurador renuncia a aplicar la regla proporcional que pudiera derivarse en el caso de infraseguro.
Parte del principio de un monto declarado por el asegurado, que acepta el asegurador sin comprobarlo. La declaración cobija el valor total de un conjunto de bienes.// Modalidad que exige que la suma asegurada cubra totalmente el valor de los bienes asegurados.
Sinónimo de seguro de cosechas.
Es un seguro anual renovable que está dirigido a cubrir las pérdidas económicas que pueda sufrir un asegurado a consecuencia de un accidente amparado por el seguro, durante las 24 horas del día, por 365 días y en cualquier parte del mundo mientras se encuentre realizando tanto sus funciones de trabajo como en su vida particular.
Modalidad de seguro por el cual queda cubierto, en un solo contrato, un conjunto de riesgos que conforman un grupo homogéneo.
Modalidad de seguro en adición de uno principal, tal es el caso del seguro complementario de pensiones.
Es un plan del seguro de vida diseñado para atender las necesidades de protección por el riesgo de muerte, pero le permiten al asegurado invertir parte de la prima ó parte de ésta a tasas de interés de mercado para disfrutarlas con el tiempo.
Sinónimo de seguro de riesgos del trabajo.
El que tiene como fin la prestación de indemnizaciones en el caso de accidentes que produzcan la muerte o la incapacidad del asegurado, como consecuencia de las actividades aseguradas.
El que tiene como fin la prestación de indemnizaciones en el caso de accidentes automovilísticos, que produzcan daño por lesión o muerte de personas, daños a la propiedad ajena y al propio vehículo asegurado.
El que tiene como fin la prestación de indemnizaciones surgidas de accidentes de aeronaves, que produzcan daño por lesión o muerte de pasajeros, responsabilidad civil por daños a terceros, daños producidos en las mercancías que se transportan y los propios de la aeronave que propicia el accidente (casco).
Sinónimo de seguro de explosión de calderas.
Seguro para el transporte de mercancías, el cual contempla las indemnizaciones por pérdidas o daños de las mercancías que surjan durante el transporte.
Ampara las pérdidas por el daño directo a la embarcación a consecuencia de un accidente y la responsabilidad que ella asume en relación con terceros. También puede contratarse para aeronaves.
El que tiene como fin la prestación de indemnizaciones en el evento de la pérdida total o parcial de las cosechas (cultivos) mientras las plantas se encuentren arraigadas en el suelo y sus frutos no hayan sido desprendidos, producida por hechos no imputables al hombre, derivados de sequía, exceso de humedad, inundación, enfermedades o plagas, vientos huracanados, incendio, helada, granizo, erupción volcánica y otros desastres naturales.
El que tiene como fin la prestación de una garantía a una persona sobre créditos a su favor, si se produjere la insolvencia de sus deudores.
El que tiene como fin garantizar al exportador una indemnización de un porcentaje de la pérdida neta que sufra por el no cobro de créditos otorgados a compradores extranjeros, siempre que el evento surja como consecuencia de los riesgos comprendidos en el seguro. Los riesgos usualmente cubiertos son: insolvencia legal, insolvencia de hecho, e insolvencia presunta.
El que tiene como fin indemnizar las pérdidas por rotura, quebradura o rajadura de cristales, vidrios, espejos o rótulos, producidas por un riesgo asegurado.
El que tiene como fin indemnizar las pérdidas sufridas por el patrimonio. Bajo esta denominación se contemplan todos los seguros que tienden a ese objetivo. Se divide en dos ramas: seguro de cosas y seguro de responsabilidad civil.
El que tiene como fin indemnizar las pérdidas resultantes del daño o riesgo de los valores y dineros transportados, mientras el transporte lo haga el propio asegurado o empleados suyos a su nombre. El tránsito debe efectuarse de manera directa, sin escalas intermedias, desde el lugar de entrega de los valores protegidos hasta el sitio donde fueren destinados.
El que tiene como fin la prestación de indemnizaciones surgidas de accidentes de navíos o buques o embarcaciones, que produzcan lesión o muerte de pasajeros, daños a la propiedad de terceros, daños que surjan en las mercancías que se transportan y las pérdidas o daños propios del navío o embarcación que propicia el accidente.
Es el que tiene como fin indemnizar las pérdidas resultantes de responsabilidad civil del asegurado por lesión y muerte de personas y daños a terceros, así como los daños que sufra el propio equipo asegurado.
El que tiene como fin la prestación de indemnizaciones por accidentes en que sufren daños los equipos. Se refiere a la protección contra todo riesgo de daños materiales en las instalaciones, los gastos adicionales cuando ocurren daños materiales y los daños materiales a los datos. Se extiende a instalaciones de procesamiento electrónico de datos (computadoras), a instalaciones y equipos de medicina, a las instalaciones de telecomunicaciones (telex, centrales y equipos electrónicos, etc,) y otras instalaciones como televisoras, semáforos, calculadoras, copiadoras, proyectores de microfilme, etc,).
Modalidad de seguro de responsabilidad civil que ampara el costo por los daños o perjuicios en caso de demanda sobre las personas en el ejercicio de la actividad en la empresa.
El que tiene como fin la indemnización en el caso de accidentes originados como consecuencia directa, indudable y exclusiva de explosión de la caldera. Comprende daños a la caldera y responsabilidad civil por lesión o muerte de personas y por daños a la propiedad ajena.
Es el que tiene como fin indemnizar las pérdidas que sufra un tercero, llamado acreedor, por las responsabilidades pecuniarias en que pueda incurrir el asegurado (llamado fiado) en un puesto que desempeña bajo su dirección y gobierno, por dolo o culpa.
Llamado también de fidelidad de posiciones, es el que tiene como fin indemnizar a un empleador (llamado asegurado), contra cualquier pérdida de dinero u otra propiedad mueble o inmueble que le pertenezca, o en la que tenga un interés pecuniario, o por la cual sea responsable, causada por robo, hurto, pillaje, fraude, estafa, sustracción, u otros actos fraudulentos o dolosos que cometa uno o más de sus empleados, directamente o en convivencia con otros, durante un período determinado (vigencia).
El que tiene como fin indemnizar la ocurrencia de los riesgos de muerte, enfermedad, robo, etc, del ganado.
El que tiene como fin indemnizar las pérdidas producidas por incendio causal o rayo. El objetivo principal es el resarcimiento de los daños sufridos por el asegurado como consecuencia del fuego, pero puede cobijar otras protecciones complementarias, como por ejemplo daños por temblor y terremoto, inundación y huracanes, entre otros.
Sinónimo de seguro de pérdida de beneficios.
Es una cobertura aliada del seguro de incendio y tiene como fin las prestaciones de indemnizaciones en el caso de pérdidas producidas por lluvia o por derrames de agua u otros líquidos de almacenamiento del Asegurado.
Llamado también seguro de todo riesgo de montaje, denominado en inglés como “erection all risk” (E.A.R.) tiene como fin la prestación de indemnizaciones en el caso de accidentes durante el montaje de una maquinaria, sea ella de carácter individual o formando parte de un complejo.
Es una cobertura aliada del seguro de incendio. Tiene como fin indemnizar las pérdidas resultantes de la paralización de las actividades propias del negocio comercial, originada por el riesgo de incendio, así como los gastos necesarios hasta que se pueda restablecer las actividades comerciales.
Indemniza al asegurado del daño que pueda sufrir su patrimonio por reclamaciones de terceros, originadas por la responsabilidad en que haya incurrido, tanto el propio asegurado como las personas que dependan de él (sus trabajadores). Existen diversas divisiones de este seguro. Entre ellas: seguro de responsabilidad civil para contratistas y fabricantes, seguro de responsabilidad civil de propietarios y arrendatarios, seguro de responsabilidad civil de productos. En el seguro de transportes ampara las pérdidas derivadas de la responsabilidad civil contractuales generadas del uso, propiedad o mantenimiento de la embarcación.
Este contrato requiere que se especifiquen en forma expresa, los riesgos que se van a cubrir y los que se van a excluir. En este caso, la carga de la prueba corresponde al asegurado. Esto significa que al momento de un siniestro, el asegurado debe comprobar que el daño fue causado por un riesgo descrito en la póliza.
Seguro de riesgos del trabajo
Sinónimo de seguro de riesgos del trabajo.
Indemniza los daños sufridos, como consecuencia de la desaparición, destrucción o deterioro de objetos, originados por el robo o la tentativa de robo. Se suele dividir en seguro de robo comercial y seguro de robo de casas de habitación, por razones de medición del riesgo, prima, inspecciones, etc,
Su finalidad es la prestación de indemnizaciones en el caso de accidentes que propicien la rotura de una máquina.
Provee cobertura para pérdidas de daño físico a la propiedad cubierta y se define una lista de exclusiones o limitaciones de cobertura. No es necesario describir cada uno de los riesgos, sino que la póliza cubre todas las propiedades contra riesgos de daño físico directo, salvo aquellos que expresamente están excluidos o limitados en la póliza. Por ejemplo: si el contrato no indica que se excluyen los daños por huracanes, entonces se indemnizan las pérdidas que ocasione la ocurrencia del mismo.
Se refiere a los riesgos derivados de obras civiles de construcción y su ámbito se extiende hacia la obra en sí como la maquinaria y equipo y las responsabilidades civiles derivadas de los trabajos.
Es aquel seguro cuyo ámbito operativo se relaciona con la actividad del transporte, sea de personas o de cosas. Normalmente se incluye no solo los medios de transporte, sino las cosas a transportar y en algunos casos los beneficios que generan los servicios.
Protege al industrial de la pérdida de utilidades en artículos terminados, por cuanto el seguro de interrupción de negocios se ocupa de la producción y deja al margen el riesgo de pérdidas en existencias. Protege al comisionista, también, por las pérdidas de sus comisiones sobre mercaderías en inventario, vendidas o no vendidas.
Seguro no renovable que ofrece cobertura, contra las pérdidas económicas, por lesiones corporales que pueda sufrir el asegurado a causa de un accidente, mientras el seguro este vigente y no sólo en un transporte aéreo regular, especial o por contrato en líneas aéreas comerciales sujetas a itinerarios fijos y que estén autorizadas para tales efectos, sino también en las actividades propias mientras el asegurado ostente la calidad de turista, estudiante o ejecutivo.
Seguro de personas, que garantiza el pago de una suma, por parte del asegurador, si ocurre el fallecimiento o supervivencia del asegurado, en un plazo que se determina.
Seguro de vida que ofrece protección por muerte durante un período establecido y si el asegurado sobrevive a éste, recibe el valor nominal de la póliza.
Este tipo de seguro brinda protección por toda la vida del asegurado.
Aquel que presenta flexibilidad en el pago de primas, inclusión o exclusión de beneficios por muerte y adicionales, además otorga tasas de interés de mercado por los valores acumulados.
Plan del seguro de vida temporal indexado con parámetros de crecimiento anual, exponenciales que pueden ser al 5%, 10% ó 15%, actualizando automáticamente la suma asegurada hasta los 45 ó 50 años de edad según lo defina el asegurado al inicio.
Este tipo de seguro de vida proporciona actualización automática de la suma asegurada, con base en un parámetro exponencial de crecimiento y mediante el cual todos los beneficios incluidos en el seguro funcionan de acuerdo con la suma asegurada alcanzada.
Seguro de vida vitalicio que combina para el beneficio básico de muerte, una tarifa de bajo costo, similar a la de un seguro temporal por los primeros 5 años y a partir del sexto se duplica por única vez, manteniendo invariable la suma asegurada contratada en la emisión.
Plan del seguro de vida que brinda cobertura vitalicia, mientras el asegurado pague la prima correspondiente.
Plan del seguro de vida con cobertura vitalicia, pero de pago de primas limitados a 20, 25 ó 30 años.
Es un tipo de seguro de vida, que brinda protección solamente dentro de un período establecido y consecuentemente el pago de la suma asegurada está condicionada al fallecimiento del asegurado dentro de ese período.
Plan del seguro de vida que ofrece cobertura temporal por 5, 10, 15 años ó hasta la edad de 65 años del asegurado.
Plan del seguro de vida flexible que combina protección con inversión a largo plazo, obtenido por la capitalización mensual del 92% de cada colón prima en conjunto con el valor acumulado del mes anterior.
Tipo de seguro de vida flexible diseñado en dólares americanos que combina protección con inversión a largo plazo, obtenido por la capitalización mensual del 92% de cada colón prima en conjunto con el valor acumulado del mes anterior.
Indemniza las pérdidas producidas en el mar. En general se refiere a los riesgos de navegación, e incluye tanto a la mercancía transportada como al buque que la transporta. Particularmente se divide en: seguro de carga y seguro de casco.
Seguro que, como su nombre lo indica no se renueva, se suscribe por corto tiempo, no requiere selección de riesgos y sólo se debe llenar el documento póliza y pagar la prima. Especialmente se ofrece en las líneas de accidentes y salud y riesgos del trabajo.
Es aquel cuya obligación de asegurar viene impuesta por el Estado a los propietarios de fuentes de riesgos. En el caso de riesgos del trabajo, se regula por el Código de Trabajo, en donde normalmente se define la cuantía y límite de las prestaciones, tarifas y primas. El seguro obligatorio automotor está impuesto por la Ley.
Brinda protección a los lesionados de un accidente de tránsito, o bien satisfacer las indemnizaciones que se deben realizar como producto de la muerte de una víctima de un accidente de circulación.
Es un seguro de riesgos del trabajo para los trabajadores adolescentes con edad entre 15 y menos de 18 años que laboran por cuenta propia o en una actividad económica familiar.
Seguro de riesgos del trabajo que ampara las labores propias de empleadas domésticas. Además, cubre labores ocasionales, como limpieza de jardín y reparaciones menores en la casa de habitación, o sea, labores caracterizadas como eventuales y casuales, siempre y cuando su ejecución sea realizada por no más de un trabajador y no demore más de dos días durante el mes.
Seguro de riesgos del trabajo que se emite para aquellas empresas que tienen contratado únicamente a un trabajador.
Se contrapone al seguro privado por la intervención estatal, quien regula las bases del seguro y asume, total o parcialmente, el riesgo.
Responden a las necesidades del desarrollo propiciado por la tecnología. Se establece dos categorías: a. Relacionada con trabajos de ingeniería civil o mecánica y de fábrica, desde el inicio de la construcción o montaje y hasta la entrega del trabajo terminado, Por ejemplo todo riesgo de construcción, montaje e instalación y montaje de maquinaria. b. Relacionada con la maquinaria y aparatos, después del montaje, sea en su funcionamiento. Por ejemplo rotura o avería de maquinaria, pérdida de beneficios por causa de avería de maquinaria, explosión de calderas.
Nombre genérico para los seguros contratados por un período de tiempo concreto. No contempla renovaciones, extensiones o prórrogas
Sinónimo de seguros técnicos.
Los que protegen al patrimonio económico en forma total, en relación con los egresos que pudieren afectarlo.
Los que garantizan a la persona contra los riesgos que amenacen su vida, su integridad y su salud.
Son operaciones de tipo mercantil y en el tanto que se presta un servicio busca márgenes de utilidad en la gestión empresarial.
Son aquellos que buscan prever los mecanismos de protección para enfrentarlos a contingencias sociales. Por ejemplo: riesgos del trabajo y seguro obligatorio automotor.
Comprenden la amplia línea histórica de los seguros de vida, desde sus orígenes y caracterizados primordialmente por ofrecer protección para el riesgo de muerte, con sumas rígidas y en determinados seguros un pequeño “ahorro técnico” por la aplicación de primas niveladas. Por ejemplo: el seguro de vida temporal.
Representa todos los factores, conscientes o inconscientes de quienes participan en el proceso de aseguramiento y que inciden de manera negativa en la selección del riesgo. Situación que induce al asegurador a aceptar riesgos con una mayor propensión a pérdidas. Por ejemplo: asegurar una persona con una enfermedad grave es una selección adversa.
Escogimiento mediante el cual se procura la aceptación de riesgos que, por sus características propias, prometen no originar resultados negativos. Su base de selección parte del promedio en una determinada categoría.
Zona más baja del buque a donde escurren las aguas o líquidos que por cualquier causa penetran en el casco.
Se refiere al monto o valor de las pérdidas que ocurren durante un período de tiempo determinado, generalmente un año. Algunos siniestros son de baja severidad y otros de alta severidad.
Extensión de la pérdida causada por los accidentes. Es usada en la predicción del colón prima de las pérdidas, factor que influye en el establecimiento de la prima.
Característica demográfica, se utiliza en los seguros de vida como un factor más a considerar para el establecimiento de la prima del seguro.
Siglas con las que se conoce al Sistema Integrado de Administración de Seguros. Opera en el Instituto Nacional de Seguros con el propósito de integrar todas las líneas de seguro. Contempla los seguros de automóviles, incendio, vida y accidentes y salud, en el caso de los seguros diversos se encuentra en proceso de migración.
Siglas para definir el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida. Enfermedad que ataca el sistema inmunológico humano y para la que no se ha descubierto cura.
Organización formada para la defensa de intereses económicos o políticos, comunes a todos los miembros.
Sinónimo de razón de pérdida.
Es la manifestación concreta del riesgo asegurado. Suele utilizarse este término para referirse a los términos accidente y reclamos como sinónimo.
Conjunto de programas instalados y equipo de computo que soporta el ejercicio de la actividad de la compañía de seguros.
Es aquel sistema que forma parte de la edificación asegurada, destinado a la evacuación de aguas provenientes de las diferentes piezas sanitarias (lavatorios, inodoros, fregaderos, pilas y similares), y en la industria incluye todas aquellas tuberías que forman parte del edificio, mediante las cuales se evacuan las aguas que se desechan del proceso.
Medio de pago diseñado para que empleados del Gobierno Central, instituciones autónomas y empresas particulares paguen las primas por el contrato póliza, mediante la deducción de su salario, de forma automática y cada mes por el Patrono.
Es aquel que establece que la responsabilidad de los reaseguradores participantes en el contrato automático, se extinguirá hasta que expiren todas las pólizas que se hallaban en vigor al finalizar el contrato; así como la liquidación de todos los reclamos pendientes de resolución presentados durante la vigencia de las pólizas amparadas en dicho momento de finalización contractual.
Paquete de cómputo que administra el cálculo y reservas de los reclamos, se utiliza en el seguro de incendio.
Se realiza cuando se concluye la relación cedente/reasegurador en la misma fecha en que expira el contrato.
Sistema utilizado para ajustar adecuadamente ciertos riesgos subnormales en el seguro de vida, por enfermedad, que presentan factores agravantes y elementos favorables que se suman y restan para indicar la extramortalidad resultante.
Término inglés que significa nota. Es el documento inicial en que se anotan determinados datos descriptivos de un riesgo y en el que cada asegurador o reasegurador hace constar la parte del riesgo que acepta.
Siglas con las que se designa al seguro obligatorio automotor.
Aquella que en determinado momento de la vigencia de la póliza fue pagada de más, por lo que debe ser devuelta al Asegurado al final del período.
Situación que se origina cuando el monto indicado en el seguro es mayor al valor del bien asegurado. El contrato no obliga al asegurador a reconocer las cantidades que exceden el valor del bien.
Cuando un asegurado logra superar los efectos de un siniestro y logra reiniciar las operaciones. Sobrevivir un incendio.
Véase rociador automático de agua.
Exceso de siniestralidad. Es un tipo de contrato automático de reaseguro no proporcional mediante el cual el reasegurador se hace responsable por cualquier pérdida que sufra el asegurador cuando su índice de siniestralidad en el período establecido sobrepase una siniestralidad pactada, a partir de la cual el reasegurador pagará todas las pérdidas hasta el límite de su responsabilidad acordado.
Es un límite dentro de uno mayor que impone un monto menor para determinado tipo de propiedades o tipo de pérdidas y representan el pago máximo que hará la compañía de seguros para tales coberturas o pérdidas. El sublímite no incrementa el monto asegurado.
Situación jurídica en virtud del cual, el asegurador sustituye al asegurado en el ejercicio de acciones o derechos que tendría éste contra los terceros causantes del accidente o siniestro, a fin de poder recuperar de ellos la cantidad por la que civilmente deberían responder, y que de acuerdo con el contrato de seguro, ha corrido inicialmente a cargo de la entidad aseguradora.
Acción de sustituir o colocar a una persona o cosa en lugar de otra.
Prestación económica que se brinda en carácter de auxilio extraordinario.
Oficina descentralizada del Instituto Nacional de Seguros, encargada de la administración de los seguros por zona de atracción.
Palabras inglesas que significan cláusula de gastos de salvamento. Véase este término.
Acto por el cual una persona da fin, voluntariamente, a su propia vida.
Es el monto máximo de responsabilidad de la compañía de seguros dentro del período de vigencia de este contrato por uno o varios eventos conforme a las condiciones contratadas, que ocurran en el período inscrito. Es el monto de seguro y debe ser estipulado por el asegurado
Monto límite de pago, por lo que un cantidad más allá el Instituto no asumirá responsabilidad ni cobertura, por los accidentes que se originen dentro de la vigencia del seguro.
Sinónimo de beneficio.
Elementos adicionales de un barco, normalmente sobre la cubierta principal del buque.
Órgano que ejerce el control de la actividad asegurada en el país.
Persona que tiene a cargo o supervisa otros agentes de seguros por zona de atracción según clasificación de la dirección de mercadeo del Instituto Nacional de Seguros.
Técnico en seguros que analiza los riesgos para su aceptación o rechazo. También es conocido como aceptador.
Sustancias en estado sólido, líquido o gaseoso, con punto de inflamabilidad menor de 93 grados centígrados.
Término que se refiere a la fuerza que mantiene en el aire a los aviones y otras aeronaves.
Registro estadístico de sobrevivientes de una determinada colectividad social, representada por la sucesión numérica de personas que, a una edad x de años enteros, se encuentran con vida y por defecto mostrará las tasas o incidencia de muerte por edad, de dicho grupo.
Local donde se realizan operaciones mecánicas de arreglo y/o mantenimiento de automóviles propiedad de terceras personas.
Porcentaje o suma fija que se aplica al monto asegurado, previo análisis de las características, de cada riesgo en la que se ubica el objeto de seguro. // Tabla o catálogo de precios, derecho o impuestos.// Es el precio cobrado por cada unidad de seguro o de exposición de riesgo.
Método de cálculo de tarifa individual, favorece aquellas situaciones donde no existen referencias estadísticas, o bien, los riesgos son tan disímiles, que técnicamente resulta imposible construir una clase.
Método de cálculo de tarifa individual; el asegurador aplica sobre una tarifa base, créditos y débitos para determinar la tarifa adecuada para de unidad individual de riesgo. Se utiliza en el Seguro de Vida
Se utiliza cuando las características de las unidades de riesgos a asegurar son tan variadas que impide aplicar una tarifa por clase.
Se refiere al proceso de calcular un precio por unidad de seguro que aplica a todos los clientes o asegurados que posean un conjunto determinado de características.
Es el ajuste que se cobra expirado el período contratado de la póliza, en virtud de que el asegurador cobró una prima provisional de depósito al momento de la emisión, para reflejar las actuales pérdidas incurridas. Se conoce el costo del seguro hasta al final del período de vigencia.
Método de cálculo de tarifa individual, se fundamenta en el sistema de tarifa por clase y se ajusta la tarifa del asegurado hacia arriba o hacia abajo, dependiendo de la desviación que exista, al comparar las pérdidas durante el período póliza del asegurado que se trate, respecto al resultado promedio de la clase.
Aplicación de la tarifa que corresponde a un riesgo, de acuerdo con la tabla.
Determinación de los porcentajes o sumas de tarifa, con base en los datos técnicos y estadísticos acumulados.
Documento que sustituye el dinero físico, aceptado como medio de pago en el proceso de compra de bienes y servicios.
Se puede definir como el precio que se paga por el uso del dinero o el porcentaje de interés que se espera de la vigencia total de la póliza, en el Seguro de Vida, y se establece de acuerdo a la experiencia de la compañía en ese ramo, la situación del mercado de dinero, pago de siniestros y de los gastos de gestión.
Es una tasa de interés conservadora que aplica la compañía de seguros para descontar la prima pura del asegurado.
Toda acción de conducir una aeronave en tierra propulsada por sus propios medios, ya sea para movilizarla entre varios puntos o hasta el punto de inicio de la carrera de despegue.
Placas de materiales aglutinados resistentes al fuego cuando menos por una hora, todo sobre estructura metálica o de concreto reforzado.
Ciencia que estudia los principios básicos y de estructura en seguros. Contempla los aspectos financieros, matemáticos, estadísticos. El fin del estudio es obtener el equilibrio en los resultados.
Se refiere a los profesionales y técnicos de diversas disciplinas con conocimientos en seguridad e higiene ocupacional, aseguramiento y gestión preventiva, capacitados para homologar la tarifa de acuerdo con la organización preventiva y los indicadores establecidos para evaluar la ejecución de la empresa en materia de salud ocupacional y gestión del seguro. En general, es la persona que actúa como auditor en prevención.
Sacudimiento de tierra en una gran extensión.
Es la conducta omisiva o condescendiente que muestra un empleado o empleados en su relación con un superior jerárquico, debilitando con tal conducta el control interno del asegurado y por tanto, facilitando la infidelidad. //Según el artículo 1045 del Código Civil de Costa Rica es todo aquel que por dolo, falta, negligencia o imprudencia, causa a otro un daño, está obligado a repararlo junto con los perjuicios.
Inclinación hacia algo.
Teoría de la responsabilidad en donde ante un accidente laboral el trabajador debía demostrar la culpa del patrono, casi nunca procedía la indemnización.
Conjunto de conocimientos que permiten medir la probabilidad de que un evento ocurra, y hacer predicciones sobre la base de esas probabilidades.
También es conocida como la teoría de la responsabilidad contractual. Es la teoría de la responsabilidad en donde el patrono está obligado a demostrar su “inocencia” para eximirse de la responsabilidad en caso de accidente de un trabajador, aunque siempre se mantuvo abierta la posibilidad de no indemnizar al afectado.
Teoría de la responsabilidad en donde se indica que la actividad laboral es de por sí una generadora de riesgos, y la responsabilidad del patrono se origina entonces en la existencia misma de la empresa, dado que a través de ella él obtiene beneficios de la actividad de los trabajadores. Es una responsabilidad patronal el indemnizar los daños y perjuicios que sufran los trabajadores a su cargo, derivados de la labor que desempeñan.
Teoría de la responsabilidad donde el patrono es concebido como deudor de la seguridad social en tanto que actúa como intermediario de pago y se convierte en responsable del aporte de las cotizaciones al régimen. Es decir, la responsabilidad no se encuentra fundamentada en la peligrosidad potencial de una determinada profesión u oficio, sino en la subordinación jurídica que el contrato o relación de trabajo impone al trabajador con respecto al patrono. Comprende los accidentes de trabajo y las enfermedades, como también a los riesgos que sufren los trabajadores fuera del trabajo (in itínere).
Es el fundamento histórico sobre la responsabilidad de los accidentes a que está expuesto el ser humano. Son 4: Teoría de la culpa, teoría del riesgo creado, teoría del riesgo profesional y teoría del riesgo social.
Es toda persona que no sea el Asegurado, sus familiares hasta tercer grado de afinidad o consanguinidad o las personas que estén a su servicio, sean remunerados o no; socios, encargados, empleados y dependientes del Asegurado, en su actuación profesional, remunerada o subordinada, al servicio de éste.
Sacudida de la corteza terrestre que se produce a cierta profundidad.
Acción violenta que se realiza contra el fin de desestabilizar el sistema político o causar temor e inseguridad en la sociedad.
Local donde se venden artículos al público.
Sinónimo de Huracán.
Superficie de forma plana o hidrodinámica, movible, soportada en el codaste y la zapata que sirve para maniobrar un barco.
Es la cantidad de unidades de la moneda nacional requeridas para adquirir otra unidad de moneda de un país extranjero.
Se refiere a los materiales con que se ha construido el objeto de seguro, sea material combustible o no, por ejemplo: concreto, madera, etc.
Un mismo producto (contrato de seguro) que puede otorgarse de formas diversas. Ejemplo de forma individual, sea a una persona física o jurídica, de forma colectiva, a nombre de una persona jurídica con la intención de proteger un grupo homogéneo de riesgos.
Documentos de naturaleza mercantil, respaldados por la ley, que contienen el derecho de legítimo poseedor a una prestación de dinero o en mercancías, y en general, cualquier documento válido, negociable en las bolsas de valores autorizadas por las leyes costarricenses.
Modalidad de seguro que cubre todas las propiedades y riesgos, salvo aquellos que estén expresamente excluidos del contrato. El Seguro de Todo Riesgo se aplica a los contratos de incendio y otros de carácter técnico como Todo Riesgo Construcción o Todo Riesgo de Montaje.
Es la persona física o jurídica que interviene como parte en la formación del contrato, o sea es la contraparte del asegurador. Es la persona que por cuenta propia o ajena traslada los riesgos a la compañía de seguros. En general, normalmente el tomador del seguro también es el asegurado.
100 pies cúbicos de volumen ó 2.83 metros cúbicos de volumen del buque.
Es la capacidad total del buque.
Es la capacidad de volumen neto del buque, resultante de restarle al tonelaje bruto las exenciones permitidas por cada Gobierno donde esté registrado el mismo.
Tempestad en el mar. Agitación violenta del aire acompañada de lluvia, truenos, relámpagos.
Viento impetuoso y giratorio.
Operaciones de esfuerzo que realiza el ser humano para producir riqueza.
Trabajos que implican la producción de llamas o chispas, capaces de producir una ignición.
Operación por la que se transfiere el dinero de una cuenta a otra.
Todo aquel mecanismo que comunica el movimiento del objeto mismo a otro por medio de bandas, cadenas y fechas, asimilándose a estas definiciones las tuberías conductoras de combustibles, electricidad, aire, agua y vapor.
Actividad realizada para trasladar objetos o personas de un lugar a otro, utilizando cualquier medio de locomoción.
Servicio privado de transporte del paciente asegurado para efectos de hospitalización en vehículos debidamente equipados para atender enfermos.
Sinónimo de retiro de cartera.
Es el recorrido normal que se utiliza para trasegar los valores, sin que exista desvío o interrupción no previsto dentro de tal recorrido, por razones propias del interés del que transporta, ajenas al interés de resguardar y cuidar los valores trasegados.
Se refiere al conjunto de personas dedicadas al servicio de un buque o una aeronave.
Sinónimo de maremoto.
Siglas que se usan para designar la Unidad Central de Cobros. (véase definición)
Seguro “sombrilla”. Brinda protección en exceso de las coberturas de responsabilidad civil básicas, tales como: calderas, equipo de contratistas, automóviles, general, cobertura de productos, las correspondientes a Seguros Técnicos, entre otros. Por tanto si los límites asegurados de las pólizas básicas de Responsabilidad Civil se agotan, entran a operar inmediatamente la "umbrella" hasta su límite máximo establecido. También opera en caso de que no se otorgue la cobertura de un riesgo en el contrato básico de Responsabilidad Civil.
Oficina del Instituto Nacional de Seguros, encargada del aseguramiento y cobro del Seguro Obligatorio Automotor.
Es la Unidad de Asistencia del INS en el exterior, a la cual el asegurado debe acudir en caso de ocurrir algún evento cubierto por los seguros de Gastos Médicos y Viajeros. Sus servicios son de uso personal e intransferible.
En el programa de cómputo de administración de lo seguros se refiere a cada zona de fuego o riesgo que contenga un contrato de seguros, incluido en dicho sistema.
Acto jurídico en donde las obligaciones son impuestas por una de las partes.
Condición del Seguro de Riesgos del Trabajo que brinda protección para todos en cualquier circunstancia y contingencia.
Siglas utilizadas para identificar a la organización de la Unión del Personal del Instituto Nacional de Seguros. // Sindicato de trabajadores del INS.
Es el uso que dará el asegurado al bien objeto de seguro así declarado en la solicitud del seguro.
Es el mal uso del bien objeto de seguro por una persona que lo tiene en su poder o custodia.
Persona que uso de un producto. // En el lenguaje informático, es la identificación de la persona que utiliza los sistemas de cómputo.
Derecho de usar o beneficiarse de una cosa cuya propiedad pertenece a otro.
Es la ventaja económica que deriva el empresario de seguros, quien ha comprometido capital en este tipo de negocio en busca de rendimientos adecuados.
Costo histórico de un activo, menos la depreciación contable acumulada atribuible a la proporción de la vida útil del bien que haya sido consumida, de acuerdo con el estándar de depreciación generalmente aceptado para la esencia del activo.
Valor único y fijo establecido de previo entre las partes (asegurado – asegurador) para indemnizar un determinado artículo de difícil valoración en caso de siniestro. Se evita de esta forma, la aplicación del infraseguro.
Precio en que un bien puede adquirirse o venderse en el mercado particular donde se comercia.
Es el valor de reposición de un bien.
Costo de reemplazar la propiedad dañada con propiedades similares o de la misma clase y calidad que se tenía al momento de la pérdida, incluyendo el costo de transporte, montaje y derechos de aduana si los hay.
Precio que el asegurado estima vale su bien, y lo ha declarado en la solicitud del seguro.
Lo que vale el bien al momento del siniestro.
Corresponde al valor de reposición menos la depreciación acumulada. Se entiende entonces que es el valor del bien objeto de seguro considerando su estado de conservación, uso, y transcurrir del tiempo. Los porcentajes de depreciación a utilizar estarán en función de edad, desgaste y estado del bien.
Determinar el valor de la pérdida, se lleva a cabo mediante Peritaje.
Todos aquellos títulos valores que previamente hayan sido declarados en la solicitud de seguro, que puedan ser aceptados o rechazados por el Instituto, que se convierten en dinero en efectivo, tales como: el dinero en sí, o cuasidinero como por ejemplo cheques, bonos, certificados de depósito a plazo, letras y otros.
Encallar una embarcación en la costa.// Sacar el barco a la playa y poner a secar.
Sinónimo de expiración del contrato.
Destino específico reservado, el cual debe comenzar y terminar dentro del período establecido
Defecto interno de un objeto, no distinguible a primera vista, del que el asegurador no es responsable.
Mala calidad defecto o desperfecto físico inherente a la naturaleza propia de los bienes o cosas aseguradas. Se presenta sin que nadie lo cause externa o fortuitamente, sino que son consecuencia de la composición misma de los bienes. El asegurador no indemnizará los daños o pérdidas producidos por vicio propio de la cosa, salvo pacto en contrario.
Vientos que se desplazan con capacidad destructiva en razón de sus altas velocidades, que afectan extensas zonas geográficas y que científicamente permiten ser declarados como huracanes, tifones, tornados, ciclones o tormenta tropical.
Vientos que sin alcanzar el grado destructivo ni expansivo geográfico de los vientos huracanados, provocan daños a la propiedad asegurada.
Desde cuando y hasta cuando se extiende la garantía de la póliza.
Fuerza extremada, abuso de la fuerza. Actuar sin el consentimiento de una persona para obligarla a hacer lo que no quiere.
Se entiende que hay violencia, cuando ha mediado intimidación o cuando se ha ejercido sobre ellas la fuerza física, o la de cualquier instrumento que sirva como arma, o se usen medios hipnóticos o de narcóticos, con el mismo propósito.
Suma total de las primas recaudadas por la compañía de seguros, referida a un período de tiempo determinado.
Acción de dar vuelta el vehículo, de tal forma que requiera ayuda con algún equipo para continuar la trayectoria.
Abreviatura del ingles para expresar with average,que significa: con avería particular (véase esta definición
Término en Inglés que significa contrato de exceso de pérdida operativo. (véase esta definición)
Barco de recreo de velas o con motor
Término en inglés que significa reglas de York Amberes. Estas reglas consisten en un tratado que ha sido adoptado por una gran mayoría de países para determinar el ajuste de averías en el Seguro Marítimo
Es aquella área que puede contener una o más instalaciones, debe estar separada de otra por una distancia tal que impide que un incendio desarrollado en una zona, pueda transmitirse y origine daños en otra zona de fuego. En términos generales puede asumirse que una separación mínima de 10 metros, en caso de construcción maciza y de materiales incombustibles, o de 15 metros en caso de construcción no maciza y de materiales combustibles o que contengan, manejen, procesen o almacenen sustancias inflamables, es suficiente para considerar zonas de fuego independientes. Todas estas distancias pueden variar ya que están en función de las condiciones de viento particulares de una región y de la cantidad y combustibilidad de los contenidos, por lo que en último caso, deberá evaluarse la cantidad y el grado de peligrosidad de éstas para determinar si se trata de una zona de fuego o de varias.
Se utiliza en el Seguro de Robo y cuya área puede contener uno o más instalaciones. Puede ser como : Locales contiguos: Cuando un inmueble tenga dos o más locales contiguos y comunicados, ocupados por el mismo Asegurado, todos se consideran como un solo local. Locales Conexos: Cuando los bienes asegurados se encuentran en varios inmuebles dentro de un mismo predio, debidamente cerrado y con vigilancia permanente, formando un conjunto de edificios dedicados a un mismo fin o fines que le sean conexos o complementarios, dicho conjunto se considerará como un solo local. Ö Locales Dispersos: Cuando los bienes asegurados se encuentran en varios inmuebles ubicados en diferentes predios, dicho conjunto se considerará como locales separados.
Es un régimen que permite a quiénes se les concede la oportunidad de operar ya sea como depositarios o como productores sin que las mercancías devenguen derechos arancelarios hasta su nacionalización o exportación.
Es el espacio comprendido entre la línea de un bajamar hasta la línea de pleamar ( el límite donde alcanzan las olas en los mayores temporales )