RESPONSABILIDADES ESPECÍFICAS - Planificar, coordinar y ejecutar de las acciones necesarias para la prevención, detección y gestión de riesgos relacionados con la Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM), en cumplimiento de la Ley N.° 7786 "Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo", sus reformas, reglamentos y normativa conexa. - Coordinar con la Dirección de Cumplimiento Normativo para asegurar la integración de esta materia al marco general de cumplimiento de la organización. - Ser enlace directo entre el sujeto obligado y el órgano supervisor correspondiente, así como, con cualquier otra autoridad competente. - Elaborar y actualizar anualmente, las Políticas, Reglamento, Procedimientos y cualquier documento relacionado en materia de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo. - Elaborar un Plan Anual de Trabajo que debe ser aprobado por la Junta Directiva u órgano colegiado equivalente, basado en las políticas, programas, normas y procedimientos internos. - Vigilar porque existan registros adecuados de los clientes del sujeto obligado, de acuerdo con lo establecido en la Ley N°7786 "Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo", en cuanto a la Clasificación de Riesgos de los Clientes e Identificación del Cliente. - Realizar un monitoreo constante de las operaciones de los clientes, tendiente a identificar transacciones sin fundamento económico o legal evidente, o que se salen de los patrones habituales establecidos por el sujeto obligado, con el fin de prevenir que se efectúen transacciones con fines ilícitos. - Elaborar y presentar al menos cada tres meses, informes al Comité de Cumplimiento y Gerencia General del INS sobre: Las operaciones inusuales analizadas y a partir de ahí indicar cuáles casos fueron objeto de reporte, seguimiento o fueron desestimados, de tal forma que para cada acción se indique la justificación respectiva y detalle de los clientes que han sufrido movimientos ascendentes o descendentes en su clasificación de riesgo, así como, un resumen de las operaciones sospechosas reportadas en dicho período.