Seguro de carga
Transporte Interior Contenedores
Un seguro para empresas que se dedican al transporte de mercancías, mediante la utilización de contenedores (es una unidad de transporte. Un recipiente total o parcialmente cerrado, diseñado y/o acondicionado especialmente para estibar y permitir el transporte de mercancías, sin que sea necesaria su manipulación durante el trayecto) que les ampara las pérdidas por daño directo que estos puedan experimentar.
Modalidades de aseguramiento:
Este seguro puede ser contratado en dólares o en colones y bajo las siguientes modalidades:
Póliza Cerrada:
Cubre un solo traslado.
Póliza Abierta de Declaraciones:
Protege todos los transportes que el asegurado realiza, durante la vigencia anual del seguro.
Póliza Abierta de Declaraciones:
Esta modalidad de aseguramiento permite que el monto máximo a asegurar sea el 80% del Valor Real Efectivo (Valor de reposición (costo que exige la compra, reconstrucción, reemplazo o reparación de un bien nuevo de la misma clase y capacidad, incluyendo el costo de transporte, impuestos, montaje y derechos de aduanas si los hubiese) del bien menos la depreciación real acumulada a la fecha del siniestro. La depreciación a utilizar estará en función de la edad, desgaste y estado del bien) del contenedor, al momento de suscribir el seguro.
COBERTURAS BÁSICAS:
COBERTURA H: Riesgos del Medio de Transporte
Pérdidas que se den durante el trayecto a causa de:
COBERTURA M: Caída, Colisión o Vuelco de Contenedores
Cubre la pérdida que tenga el Contenedor (Recipiente total o parcialmente cerrado, que permite el transporte de mercancías) durante el trayecto, causada por:
COBERTURAS ADICIONALES:
COBERTURA I: Robo y/o Asalto
COBERTURA J: Maniobras de Carga y Descarga
Cubre la pérdida de la mercancía que se transporta por culpa de las maniobras de carga y descarga que haga el asegurado.
COBERTURA N: Caída del Contenedor en Predios
Esta cobertura opera siempre y cuando el contenedor se encuentre debidamente sujetado a un chasis, cureña o plataforma. Para efectos de esta cobertura, la utilización de cadenas no se considera sujeción debida. El período máximo de cobertura será de 3 (tres) días naturales contados a partir del momento en que los contenedores asegurados ingresen en esos lugares.
COBERTURA O: Extraterritorialidad (fuera del territorio nacional)
Protege de los riesgos cubiertos por las demás coberturas, mientras el contenedor asegurado se transporte por Centroamérica.
COBERTURA Q: RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DEL CONTENEDOR ASEGURADO.
El Instituto se compromete a indemnizar aquellas sumas por las que el Asegurado, a título de Responsabilidad Civil, sea declarado legalmente responsable, por los daños y / o perjuicios que sufran terceras personas, causados por el contenedor asegurado dentro del territorio de Costa Rica, derivado de un acontecimiento que ocurra durante la vigencia de la póliza de forma repentina, accidental e imprevista.
No aplica para la cobertura O de Extraterritorialidad.
La Responsabilidad Civil comprende:
Al momento en que sucede un accidente con el contenedor transportado, el Asegurado o su Representante (conductor de la cisterna) deberán:
Cuando corresponda, se deberá denunciar la pérdida ante el Organismo de Investigación Judicial tan pronto se entere, especificando, en caso de existir sospechas sobre el culpable del delito, el nombre y cualquier otro detalle que permita resolver el caso. Asimismo, se solicitará la inspección al Organismo de Investigación Judicial en caso de pérdidas o daños causados por robo.
- Fotocopia de la factura proforma de los costos de reparación o del costo del contenedor.
- Parte de Tránsito o acta de la autoridad local.
- Fotocopia de la cédula de identidad y licencia vigente del conductor.
- Declaración escrita del conductor del vehículo en el que se transportaba el combustible en el momento del accidente, con detalle de lo sucedido.
No realizar reparaciones hasta que no se haga la inspección
Para conocer los términos y condiciones, ingrese al siguiente enlace: