Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo
Es el seguro que ofrece el INS a los patronos para proteger a sus trabajadores ante los riesgos de trabajo que puedan sufrir a consecuencia de la labor realizada.
Coberturas
Médicas
Económicas
Modalidades del Seguro
RT Adolescente
Esta modalidad es diseñada para asegurar a personas físicas entre 15 años y menores de 18 años de edad.
RT Agrícola
Esta modalidad es diseñada para los micro y pequeños productores de fincas agrícolas.
RT Cosechas
Esta modalidad es diseñada para asegurar tanto a las personas trabajadoras como a la persona empleadora en la actividad de recolección de cosechas.
RT Especial Formación Técnica Dual
Esta modalidad es diseñada para que las empresas o centros de formación para la empleabilidad, que forman parte del convenio de educación o formación en la modalidad dual.
RT General
Esta modalidad de aseguramiento puede ser suscrita de forma permanente o periodo corto.
RT Hogar
Esta modalidad es diseñada para trabajadoras que contraten de forma permanente y ocasional, para realizar actividades domésticas, de servicios o de mantenimiento en las casas de habitación declaradas por la persona tomadora del seguro.
RT Ocasional
Esta modalidad es diseñada para asegurar a las personas trabajadoras que contraten ocasionalmente, para realizar actividades de mantenimiento.
Formularios de Riesgos del Trabajo
Ponemos a su disposición los formularios para las distintas solicitudes relacionadas al Seguro Obligatorio de Riesgos del Trabajo:
Formulario de solicitud de reapertura
Formulario perfil de puesto para posturas forzadas RSS
Formulario perfil de puesto para manipulación de cargas RSS
Formulario perfil de puesto exposición a químicos RSS
Formulario perfil estudio de riesgo biológico RSS
Formulario perfil de puesto ergonómico RSS
Formulario perfil para puestos con exposición a vibraciones RSS
Formulario perfil de puesto por exposición ocupacional a ruido RSS
Formulario información del patrono - Caso Seguro Obligatorio Automotor
Preguntas Frecuentes
Según lo dispuesto en el artículo 194 del Código de Trabajo, estarán excluidos de las disposiciones de este Título:
Requisitos:
Si la solicitud la realiza la persona interesada:
Si la persona interesada autoriza a otra para presentar la solicitud a su nombre:
A efecto de verificar la actividad económica a exonerar, deberá presentar en original o fotocopia, alguno de los documentos que se citan:
En caso de aplicar por la validación, cualquier evento que ocurra al solicitante será referido a otros regímenes de seguridad social.
Art. 195: Los accidentes y las enfermedades que ocurran a los trabajadores, con ocasión o por consecuencia del trabajo que desempeñen en forma subordinada y remunerada, así como la agravación o reagravación de estos riesgos.
Art. 197: Se denomina enfermedad del trabajo a todo estado patológico, que resulte de la acción continuada de una causa, que tiene su origen o motivo en el propio trabajo o en el medio y condiciones en que el trabajador labora.
Art. 196: Se denomina accidente de trabajo a todo accidente que suceda al trabajador como causa de la labor que ejecuta o como consecuencia de ésta, durante el tiempo que permanece bajo la dirección y dependencia del patrono o sus representantes.
Los accidentes ocurridos en el cumplimiento de órdenes del patrono, o en la prestación de un servicio bajo su autoridad, aunque el accidente ocurra fuera del lugar de trabajo o fuera de la jornada laboral.
Los accidentes en el trayecto usual de su domicilio al trabajo y viceversa, cuando:
El patrono proporcione directamente o pague el transporte.
En el acceso al centro de trabajo deban afrontarse peligros de naturaleza especial, que se consideren inherentes al trabajo.
El recorrido que efectúe el trabajador no haya sido interrumpido o variado por interés personal de éste.
Art. 199: No constituyen riesgos del trabajo los ocurridos bajo cualquiera de las siguientes circunstancias:
a.Los provocados intencionalmente, o a consecuencia de un hecho doloso del trabajador.
b.Los debidos a embriaguez del trabajador o al uso de drogas, narcóticos, tranquilizantes o excitantes.
Requisitos para trabajador asalariado con varios patronos o nuevo patrono:
*Este requisito se debe de presentar por cada periodo de extensión de incapacidad.
Requisitos para la persona tomadora (independiente):
El pago de las incapacidades otorgadas se realizará por periodo vencido.
Nota: En caso de presentar un documento con firma digital de forma impresa, se debe remitir el archivo original para la validación correspondiente de la firma al correo:
grp_unidad_incapacidades_temporales_inssalud@grupoins.com
Los requisitos anteriores quedarán sujetos a revisión y análisis. En caso de requerirse mayor información, el INS se la va a estar solicitando.
¿Qué se requiere para el pago de incapacidades, pasajes y viáticos?
Ejemplo:
En caso de que no se haya efectuado el pago de mis prestaciones económicas, de haber presentado los requisitos en el tiempo estipulado, ¿Qué debo gestionar antes de realizar el reclamo correspondiente?
Debo validar que:
Conozca la Norma Técnica del Seguro de Riesgos del Trabajo dando click al siguiente texto:
¿Desea más información?
Descargue el siguiente archivo para obtener más información de este Seguro.
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