Aumentar o disminuir texto

¿Cuándo debo presentar la inclusión provisional?

 

La inclusión provisional se aplica en varias situaciones clave para asegurar que las personas trabajadoras estén protegidas desde el inicio de sus labores. Específicamente, se utiliza cuando:

 

  • Contratación de Nuevos Trabajadores: Cuando el Tomador del seguro contrata a un nuevo trabajador, debe informarlo al INS antes de que el trabajador comience sus labores. Esto se hace utilizando el formulario electrónico “Inclusión de nuevos asegurados” en el sistema RT- Virtual, conforme a lo dispuesto en el artículo 216 del Código de Trabajo.

 

  • Emisión o Rehabilitación de la Póliza: En casos donde se emite o rehabilita una póliza, y el Tomador del seguro debe aplicar el mismo procedimiento de inclusión provisional para asegurar que los trabajadores estén cubiertos.

¿Si reporto al trabajador en inclusión provisional debo reportar también en planilla?

 

Si reportas a un trabajador bajo inclusión provisional, es necesario registrarlo en la planilla con la cantidad de días, horas y salario que realmente devengó el trabajador. En caso de no registrarlo, el Instituto Nacional de Seguros (INS) lo incluirá de oficio, utilizando el salario declarado en la inclusión provisional y los días acumulados desde el inicio del aseguramiento hasta el último día del período de planilla.

Si desea conocer más de nuestro Seguro lo invitamos a visitar el siguiente link. https://www.grupoins.com/seguros-para-personas/riesgos-del-trabajo/ 
    Icono de flecha, indica cerrar.
    Contactenos

    Canales de contacto