Seguro accidentes de tránsito

 

Opera en los accidentes que pudieran ocurrirle al Asegurado en condición de:

 

  • Peatón.
  • Ciclista cuando se utilice la bicicleta como medio de transporte, trabajo o recreación.
  • Conductor de un vehículo que no preste servicio de transporte público.
  • Pasajero de un vehículo de transporte público o privado autorizado, incluyendo ferrocarriles.
  • Pasajero de un avión comercial sujeto a itinerarios fijos y que estén autorizados para tales efectos.
  • Pasajero de embarcaciones comerciales sujetas a itinerarios fijos y que estén autorizadas para tales efectos.

 

Brinda una indemnización en caso de fallecimiento del asegurado como consecuencia de un accidente de tránsito, aviación, ferroviario, o marítimo, además de contar con una cobertura de renta hospitalaria diaria por accidente, en la cual se paga un monto asegurado si como consecuencia de un accidente cubierto es internado en un hospital o clínica público o privado, duplicando dicha renta en caso de un internamiento en UCI, hasta un máximo de cuarenta y cinco (45) días por evento.

Adicionalmente posee una cobertura de gastos médicos por accidente de tránsito, con un deducible y cobertura máxima por año póliza que se especifica claramente en la Oferta de Seguro.

Coberturas del Seguro

Muerte Accidental

Muerte Accidental

Indemnización Adicional por Muerte Accidental a causa de Accidente de tránsito, aviación, ferroviario o marítimo

Indemnización Adicional por Muerte Accidental a causa de Accidente de tránsito, aviación, ferroviario o marítimo

Rentas Mensuales por Muerte Accidental

Rentas Mensuales por Muerte Accidental

Cobertura Funeraria

Cobertura Funeraria

Cobertura de Desamparo Súbito Familiar

Cobertura de Desamparo Súbito Familiar

Muerte Accidental
Indemnización Adicional por Muerte Accidental a causa de Accidente de tránsito, aviación, ferroviario o marítimo
Rentas Mensuales por Muerte Accidental
Cobertura Funeraria
Cobertura de Desamparo Súbito Familiar
1 año contado a partir de la fecha de suscripción

Vigencia

 

1 año contado a partir de la fecha de suscripción

Forma de pago

 

Mensual o Quincenal

Monedas

 

dólares y colones

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