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Somos la instancia de atención y defensa a la persona consumidora

Queremos mejorar su experiencia, permítanos conocer su opinión y brindar un mejor servicio.

La Defensoría de Cliente Corporativa es la instancia de atención a la persona consumidora de seguros. Si considera se ha violentado algún derecho como consumidor(a) o esta disconforme con alguna situación de índole contractual no dude en contactarnos para la revisión de lo actuado por la Institución.
Actuamos como mecanismo alternativo para resolver conflictos, velamos por sus derechos, verificando que lo resuelto se encuentre acorde a la normativa de seguros.

Recuerde que usted tiene derechos como persona consumidora de seguros, permítanos analizar su caso.

Adjuntamos para su información la Carta de Derechos de los Consumidores de Seguros publicada por la SUGESE, misma que permite conocer los derechos de las personas frente a las entidades aseguradoras (Oficio SGS-DES-A-031-2014).

¿Cómo presentar sus quejas, comentarios o sugerencias?

Las quejas, comentarios o sugerencias pueden presentarse de varias maneras:

En caso de quejas o reclamaciones (por posible violación de derechos del consumidor o normativa de seguros) su escrito debe contener la siguiente información para agilizar el trámite:

  • nombre completo
  • Cédula de identidad
  • Telefono
  • Correo electrónico para notificaciones.
  • Número de póliza o reclamación de seguros.
  • Hechos que motivan la queja o reclamación.
  • Pretensión.

Luego de presentada la información requerida para la atención, la defensoría tiene:

  • Para las quejas de tramitación sencilla: 10 días naturales para su respuesta.
  • Para la atención de quejas de tramitación compleja (derechos como consumidor) y reclamaciones: 30 días naturales para su respuesta.

  • Ley Reguladora del Mercado de Seguros (Ley N 8653).

  • Ley Reguladora del Contrato de Seguros (Ley N 89569).

  • Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor (Ley N 7472).

  • Reglamento de Defensa y Protección del Consumidor de Seguros (Acuerdo SUGESE 06-13).

1. Inicio: Admitida la denuncia se solicita descargo a la(s) dependencia(s) responsable(s) o superior jerárquico, se solicita el expediente de la póliza o reclamo.

2. Resolución: Analizada la información recabada, confrontándose el proceso de la normativa respectiva, se dicta la resolución debidamente motivada.

3. SUGERENCIA: Si Habiéndose dictado la resolución, el consumidor no está conforme, puede acudir ante la Superintendencia General de Seguros.

  1. Prescripción.

  2. Falta de requisitos que se solicitan subsanar.

  3. Cuando respecto a los mismos hechos se esté sustancialmente haciendo proceso judicial, administrativo o procedimiento de resolución alternativa de conflictos.

  4. Cuando la denuncia verso sobre asuntos que no se refieran o tenga relación el INS.

  5. Cuando se formulen denuncias que ya han sido atendidas en esta oficina, presentado por el mismo consumidor.

  6. Cuando verso sobre controversias del monto de indemnización.

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